Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO: Que, la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que en todos los compromisos contractuales que se celebren en el MORDAZA del articulo 11 de dicha Ley, se establecera un porcentaje no menor del 3%, para ser invertido por la Autoridad Portuaria Nacional en el Sistema Portuario Nacional, en funcion de los requerimientos del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, de los gastos operativos de la Autoridad Portuaria Nacional; y del Fondo de Compensacion del Desarrollo Portuario; asimismo, se dispone que otro porcentaje que sera definido en el reglamento, sera transferido a la Autoridad Maritima para el cumplimiento de sus respectivas competencias en la defensa, seguridad y proteccion ambiental en las aguas jurisdiccionales del pais; Que, el articulo 3 del Decreto Supremo N° 016-2006MTC, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo N° 049-2010-MTC, senala que los porcentajes a favor de la Autoridad Portuaria Nacional y de la Autoridad Maritima a que se refiere la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, se calcularan directamente de la retribucion que tuviera que pagar el sector privado al Estado, conforme a los compromisos contractuales que se suscriban al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 11 de la citada Ley, correspondiendo a la Autoridad Portuaria Nacional el 70% y a la Autoridad Maritima el 30% de dicha retribucion; Que, la Autoridad Portuaria Nacional ha recibido desde el ano 2010 al ano 2014, las retribuciones de los concesionarios DP World Callao S.R.L, APM Terminals Callao S.A. y Transportadora Callao S.A, conforme a los compromisos contractuales de las Concesiones: del MORDAZA Terminal de Contenedores en el Terminal Portuario del Callao-Zona Sur, del Terminal Norte Multiproposito en el Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque de concentrados minerales en el Terminal Portuario del Callao, respectivamente; habiendo depositado hasta el mes de diciembre de 2014 en la cuenta del Tesoro Publico, la suma total de SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 89/100 NUEVOS SOLES (S/. 71 927 342,89); Que, la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos de la Autoridad Portuaria Nacional mediante Informe N° 0272015-APN/DIPLA, informa que de acuerdo a lo senalado en el articulo 3 del Decreto Supremo N° 016-2006-MTC, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo N° 0492010-MTC, el 70% de las retribuciones de las concesiones portuarias por concepto de retribuciones economicas pagadas por los concesionarios, asciende a la suma de CINCUENTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y 02/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 349 140,02), recursos que se encuentran disponibles en la cuenta del Tesoro Publico; por lo que es necesario disponer la incorporacion de la suma de DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 481 657,00) destinado a gastos de funcionamiento y gasto de inversion que incluyen la ejecucion de estudios portuarios y estudios de pre inversion de proyectos portuarios, asi como la atencion de gasto de la supervision de diseno de proyectos portuarios concesionados; Que, el literal b) del articulo 6 de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que la incorporacion de recursos que provengan, entre otros, de los procesos de concesion se efectua mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a propuesta del Titular del Pliego; Que, en el MORDAZA de lo senalado en los considerandos precedentes, a traves del Oficio N° 430-2015-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha solicitado se autorice la incorporacion de recursos, via Credito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, a favor de la Autoridad Portuaria Nacional, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 481 657,00), para la atencion de gastos de funcionamiento y gastos de inversion destinados al desarrollo de las funciones de la Autoridad Portuaria Nacional;

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporacion de los citados recursos, via Credito Suplementario a favor de la Autoridad Portuaria Nacional, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 481 657,00); De conformidad con lo establecido en la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley N° 27943 y el literal b), del articulo 6 de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 481 657,00), para la atencion de gastos de funcionamiento y gastos de inversion destinados al desarrollo de las funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO (En Nuevos soles) 1 : Recursos Ordinarios

(Recursos de las retribuciones recibidas de los concesionarios del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao-Zona Sur, del Terminal Norte Multiproposito del Terminal Portuario del Callao y del Terminal de Embarque de concentrados minerales en el Terminal Portuario del Callao, en el MORDAZA de la Ley N° 27943 y el Decreto Supremo N° 049-2010MTC)
TOTAL INGRESOS EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

19 481 657,00 19 481 657,00 ============ (En Nuevos soles)

: Gobierno Central 214 : Autoridad Portuaria Nacional 001 : Autoridad Portuaria Nacional : Acciones Centrales

CATEGORIA PRESUPUESTARIA

ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 BIENES Y SERVICIOS 82 249,00 2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 193 063,00 ACTIVIDAD 5000002 : Conduccion y Orientacion Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 BIENES Y SERVICIOS 614 156,00 2.5 OTROS GASTOS 3 559,00 ACTIVIDAD 5000003 : Gestion Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 BIENES Y SERVICIOS 3 944 098,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 539 200,00

ACTIVIDAD 5000004 : Asesoramiento Tecnico y Juridico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 BIENES Y SERVICIOS 188 000,00