Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2013 (07/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Martes 7 de MORDAZA de 2013

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Proyectos de Inversion en la Municipalidad Distrital de San Borja. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Por Decreto de Alcaldia se establecera el procedimiento para la tramitacion y evaluacion de Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversion en la Municipalidad Distrital de San Borja. Segunda.- Las disposiciones complementarias destinadas a regular el funcionamiento del FOMPRI San MORDAZA, se aprobaran por Decreto de Alcaldia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINAL Unica.- Deroguense las Ordenanzas N° 041-97CDSB-C y N° 058-97-CDSB-C. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 933531-1

Articulo Segundo.- Instancia Tecnica del Organismo Promotor de la Inversion Privada Designar a la Gerencia Municipal, como instancia tecnica del Organismo Promotor de la Inversion Privada de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA ­ OPI San MORDAZA, para la conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion privada en el MORDAZA de la legislacion vigente en la materia. La OPI San MORDAZA informara semestralmente al Concejo Municipal el estado situacional de los procesos de promocion de la inversion privada a que se refiere la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Acciones del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada El MORDAZA de promocion de la inversion privada comprende, la identificacion de oportunidades de inversion e inversionistas, la evaluacion de las iniciativas privadas, la conduccion de ofertas publicas, la gestion documentaria contractual y las que resulten necesarias para garantizar la efectiva promocion de la inversion privada. Articulo Cuarto.- Creacion de CEPRIS Mediante Resolucion de Alcaldia se formalizara la creacion del o los Comites Especiales de Promocion de la Inversion Privada - CEPRI que se requieran; y asimismo en el mismo resolutivo, se designara a sus integrantes a propuesta de la instancia tecnica del OPI San Borja. Los CEPRIS San MORDAZA, son organos de caracter temporal que se constituiran en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Promocion a la Inversion Privada, su reglamento y la MORDAZA Municipal Metropolitana que regulan la Promocion de la Inversion Privada. Articulo Quinto.- Funciones de los CEPRIS Sin perjuicio de las funciones que establecen las normas vigentes en Materia de Promocion de la Inversion Privada, los Comites Especiales de Promocion de la Inversion Privada ejercen las siguientes: a. Elaborar y proponer el Plan de Promocion de la Inversion Privada y las Bases para ejecutar los procedimientos vinculados a la aplicacion de las modalidades de participacion de la inversion privada. b. Determinar el plazo y cronograma de los procedimientos vinculados a la aplicacion de las modalidades de participacion de la inversion privada, asi como los plazos generales relacionados con los Contratos. c. Conducir el o los procedimientos de seleccion destinados a la aplicacion de las modalidades de participacion de la inversion privada establecidas en la Ley, asi como efectuar todos los actos relacionados con el tramite de los mismos. d. Las demas que le correspondan segun las Normas Vigentes en Materia de Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana. Articulo Sexto.- Apoyo de las Gerencias Las Gerencias de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA deben brindar informacion y asesoramiento a la instancia tecnica del OPI San Borja. Articulo Setimo.- FOMPRI San MORDAZA Constituyase el Fondo Municipal de Promocion de la Inversion Privada de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA - FOMPRI San Borja. Los recursos del FROMPI San MORDAZA, se destinan a financiar directa o indirectamente, al MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo del Organo Tecnico. La Gerencia Municipal y la Gerencia de Planificacion Estrategica velaran el otorgamiento de recursos para los gastos en que incurra la instancia tecnica del OPI San MORDAZA y los CEPRIS, por la ejecucion de los proyectos de promocion de la inversion privada, verificando su reembolso con los recursos propios que genere el FOMPRI San Borja. Articulo Octavo.- Normas Reglamentarias Por Decreto de Alcaldia se establecera el procedimiento para la tramitacion y evaluacion de Iniciativas Privadas en

Derogan la Ordenanza Nº 319-MSB y sus modificatorias
ORDENANZA Nº 502-MSB MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS; en la VIII-2013 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de MORDAZA de 2013, el Dictamen Nº 0242013-MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 009-2013-MSB-CER de la Comision de Economia y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades establece, que los gobiernos locales gozan de autonomia economica, administrativa y politica en los asuntos de su competencia, que radica en ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 55° de la precitada Ley Organica de Municipalidades, constituyen el patrimonio de las Municipalidades, los bienes, rentas y derechos. Su administracion es autonoma con las garantias y responsabilidades que la legislacion establece; Que, mediante Ordenanza N° 319-MSB de fecha 20 de diciembre de 2004, se aprobo el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones, siendo modificada por Ordenanzas N° 360-MSB, Nº 367-MSB, Nº 396-MSB y Nº 371-MSB; Que, el MORDAZA legal vigente respecto al registro, administracion y disposicion de los bienes del Estado estan regulados por Ley N° 29151 y su Reglamento, aprobado por D.S. N° 007-2008-VIVIENDA, en los que se dispone que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema, y por consiguiente, sus normas y disposiciones son de estricto cumplimiento para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, en efecto las normas postulan que el Sistema Nacional de Bienes Estatales - SNBE es el conjunto de organismos, garantias y normas que regulan integral y coherentemente los bienes estatales en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional o Local, cuya gestion moderna y descentralizada esta basada en los principios de eficiencia, transparencia y racionalidad del uso del patrimonio mobiliario e inmobiliario estatal; Que, en este contexto, corresponde la adecuacion de la MORDAZA distrital a las nuevas disposiciones, mandato expreso de la Primera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 29151, como lo ha recomendado la Gerencia de Asesoria Juridica en el Informe N° 102-2013-MSB-GM-GAJ y Nota Informativa N° 014-2013-MSB-GM-GAJ, correspondiendo derogar