Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2013 (07/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y/o medios de comunicacion local de la jurisdiccion. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 933375-3

El Peruano Martes 7 de MORDAZA de 2013

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban MORDAZA Juridico para la Promocion de la Inversion Privada en el distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 500-MSB MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2013. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS; en la VIII-2013 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de MORDAZA de 2013, el Dictamen Nº 020-2013MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales, el Dictamen Nº 007-2013-MSB-CER de la Comision de Economia y Rentas y el Informe Nº 139-2013-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Articulos 194º y 195° de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economia local y prestan los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, mediante Ley N° 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, se establece el regimen juridico del Estado para la Promocion de la Inversion Privada, con alcance a los tres niveles de gobierno con la finalidad de lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region en alianza estrategica entre los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, la inversion privada y la sociedad civil; Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-2004-PCM, se aprobo el Reglamento de la Ley N° 28059, y mediante Decreto Supremo N° 013-2007-PCM, se dictaron normas especificas y complementarias para la mejor aplicacion de la precitada ley; Que, asimismo se dicto el Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico - Privadas para la Generacion de Empleo Productivo y dicta Normas de Agilizacion de los Procesos de Promocion de la Inversion Privada, con el objeto de establecer los principios, procesos y atribuciones del Sector Publico para la evaluacion, implementacion y operacion de infraestructura publica o la prestacion de servicios publicos, con participacion del sector privado; Que, asimismo el numeral 6.2 del Articulo 6° del Decreto Legislativo N° 1012, establece que en el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, las funciones del Organo Promotor de la Inversion Privada, se ejercen en forma directa a traves del organo del Gobierno Regional o Local designado para tales efectos y, que el organo

MORDAZA de estos Organismos Promotores de la Inversion Privada, es el respectivo Consejo Regional o Concejo Municipal; Que, es objetivo de la Ley Nº 28611, Ley General del Medio Ambiente, regular a traves de principios y normas basicas el aseguramiento efectivo del ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la MORDAZA, con la finalidad de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion y lograr el desarrollo sostenible del distrito; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza N° 867, aprobo el Reglamento para la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, MORDAZA legal provincial de observancia obligatoria por las Municipalidades Distritales que la conforman, cuya finalidad es desarrollar la normativa nacional y orientar el procedimiento y acciones para la promocion de la inversion privada, en materia de activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, en el ambito de competencia de los Gobiernos Locales. Se dispone, que el Organismo Promotor de la Inversion Privada es el Gobierno Local que directamente o a traves de una gerencia u organo de linea designado a tales efectos, ejerce las facultades de conduccion del MORDAZA de promocion; Que, asimismo se dispone, que para su aplicacion es necesario organizar y garantizar la efectividad en la conduccion de la promocion, siendo el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada ­ CEPRI el organo colegiado de caracter temporal creado por el Organismo Promotor de la Inversion Privada, que se encarga de la ejecucion de uno o mas procedimientos vinculados a la aplicacion de las modalidades de participacion de la inversion privada; Que, es politica de la presente gestion municipal, dotar a los vecinos de San MORDAZA de servicios publicos oportunos y de calidad, para lo cual debe desarrollar la infraestructura publica necesaria como ha expuesto la Gerencia de Planificacion Estrategica, al senalar que los gastos de inversion no son representativos para financiar Proyectos previstos en el Plan de Desarrollo Concertado, cuya ejecucion resulte necesaria, por consiguiente, es de interes para el distrito promover la inversion privada en materia de activos, empresas, proyectos, servicios, obras para la implementacion y operacion de infraestructura publica y la prestacion de servicios publicos; Que, mediante Ordenanzas N° 041-97-CDSB-C y N° 058-97-CDSB-C, se establecieron normas reglamentarias para la entrega en Concesion al Sector Privado de Obras Publicas de infraestructura y de servicios publicos de competencia Municipal, requiriendose la adecuacion a la normatividad vigente; Que, el Articulo 32° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que los servicios publicos locales pueden ser de gestion directa como indirecta, siempre que sea permitido por Ley, y que se asegure el interes de los vecinos, la eficiencia y eficacia del servicio y el adecuado control municipal; Que, estando a las consideraciones expuestas, el Concejo Municipal, en uso de las facultades otorgadas por el articulo 9° inciso 8) y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA MORDAZA JURIDICO PARA LA PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- Declaracion de interes Declarar de interes publico en el Distrito de San MORDAZA, la promocion de la inversion privada en materia de activos, empresas, proyectos, servicios, obras para la implementacion y operacion de infraestructura y la prestacion de servicios. Se entiende por obras publicas de infraestructura o de servicios publicos locales, en la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA, a todas aquellas que estan comprendidas como tales en la Ley Organica de Municipalidades.