Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2013 (27/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Martes 27 de agosto de 2013

501881

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Cesan por limite de edad a Juez Especializado Titular de Familia, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 079-2013-P-CE-PJ MORDAZA, 23 de agosto de 2013 VISTO: El Memorandum N° 005-2013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del doctor MORDAZA MORDAZA Lingan Alvitez, Juez Especializado Titular de Familia, Corte Superior de Justicia de Cajamarca. CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolucion Administrativa N° 306-2012-CNM, de fecha 23 de octubre de 2012, nombro al doctor MORDAZA MORDAZA Lingan Alvitez, como Juez Titular del Primer Juzgado Especializado de Familia, Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Segundo. Que el cargo de juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad limite de setenta anos, conforme lo establece el articulo 107°, numeral 9), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Memorandum N° 0052013-GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia del documento nacional de identidad y partida de nacimiento anexos, aparece que el mencionado juez nacio el 27 de agosto de 1943. Por consiguiente, el 27 de agosto del ano en curso cumplira setenta anos de edad; correspondiendo disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del dia 27 de agosto del ano en curso, al doctor MORDAZA MORDAZA Lingan Alvitez en el cargo de Juez Especializado Titular de Familia, Corte Superior de Justicia de Cajamarca; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 979992-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen disposiciones para la remision de expedientes civiles en tramite al Juzgado Civil Transitorio de Ate
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 770-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 16 de agosto del 2013 VISTO: La Resolucion Administrativa N° 140-2012-CE-PJ de fecha 24 de MORDAZA del ano en curso, Informe N° 054-2013AEPR-UPD-CSJLI/PJ de 01 de Agosto del presente ano y el Acta de sesion de trabajo de la Comision Distrital de Descarga Procesal de fecha 14 de Agosto de los corrientes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 1402013-CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del Juzgado Civil Transitorio de Ate hasta el 30 de Setiembre del 2013. Que, efectivamente, la MORDAZA de vista es MORDAZA en su articulo MORDAZA, al disponer que los organos a los cuales se les prorroga la continuidad, deberan de recibir de los organos permanentes, expedientes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado de modo que se pueda liquidar en su totalidad. Por ninguna razon podran conocer procesos nuevos, debiendo de priorizar los mas antiguos y/o menor complejidad a fin de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficios de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos. Que, la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tiene como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de dichos organos jurisdiccionales. En ese sentido, la Comision Distrital de MORDAZA en su sesion de trabajo del catorce de Agosto de los corrientes, acordo que el Juzgado Civil Transitorio de Ate recepcione expedientes en tramite de los Juzgados Permanentes a fin de que cuenten con la misma cantidad de expedientes en el mencionado estado, teniendo en cuenta determinadas consideraciones. Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha emitido el informe N° 054-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, el cual se expuso a la Comision en mencion y que fue aprobada en dicha sesion de trabajo las cantidades a redistribuir de la carga procesal de expedientes civiles que se encuentren en tramite ingresados hasta Diciembre del 2012 del Juzgado Civil Permanente del MORDAZA Este, del 1° y 2° Juzgado Mixtos de Ate y del Juzgado Mixto de Huaycan hasta una cantidad total de 722 expedientes hacia el Juzgado Civil Transitorio de Ate. Que, en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa. Que, la Resolucion Administrativa N° 031-2012-CEPJ de fecha el 02 de marzo del 2012, aprueba la Directiva