Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2012 (01/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

473841

Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA de MORDAZA y acompanante a EE.UU. para recibir tratamiento medico altamente especializado
RESOLUCION SUPREMA N° 403-2012-DE/
MORDAZA, 30 de agosto de 2012 Vista, la Carta G.500-3411 del Secretario del Comandante General de la MORDAZA, de fecha 24 de agosto de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Junta Medica N° 313 del 26 de MORDAZA de 2012 de la Direccion de Salud y Centro Medico MORDAZA CM3T - Servicio de Oftalmologia, se ha determinado, luego de evaluacion correspondiente, que el MORDAZA MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta disminucion progresiva de la vision de ambos ojos, recomendando que sea evaluado en el Doheny Eye Institute en Los MORDAZA California; Que, asimismo, mediante Acta de Junta de Sanidad N° 821-12 del 14 de agosto de 2012, de la Direccion de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara" de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se recomienda que el referido MORDAZA sea evaluado en el Doheny Eye Institute en Los MORDAZA California. Que, la Direccion de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara" de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha efectuado las coordinaciones con el Doheny Eye Institute (Centro Hospitalario Especializado en Afecciones Oftalmologicas), de la MORDAZA de Los MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para la evaluacion, diagnostico oftalmologico y opciones terapeuticas, del MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, programando su viaje al extranjero, por Tratamiento Medico Altamente Especializado, del 4 al 7 de setiembre de 2012; Que, dicho viaje no se encuentra contemplado en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa del Ano Fiscal 2012, aprobado por Resolucion Suprema Nº 014-2012-DE de fecha 13 de enero de 2012, conforme a la modificacion aprobada con Resolucion Suprema Nº 284-2012-DE de fecha 21 de junio de 2012, y Resolucion Suprema N° 384-2012-DE de fecha 27 de agosto de 2012, al ser una condicion especial de Tratamiento Medico Altamente Especializado en el Extranjero que requiere el referido Oficial Subalterno; Que, el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG, de fecha 30 de junio de 2004, establece que el Personal Militar del Sector Defensa en Situacion Militar de Actividad que contraiga una enfermedad o lesion y no logre su total recuperacion por falta de tratamiento especializado en el MORDAZA, podra ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal; requiriendose previamente un peritaje medico; asi como, el informe de la Junta de Sanidad de la Institucion Armada respectiva; Que, asimismo, el Inciso (a) del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG, de fecha 30 de junio de 2004, establece que el Personal Militar en Situacion de Actividad del Sector Defensa que sea enviado al extranjero en Tratamiento Medico Altamente Especializado, le corresponde el pago de pasajes a un acompanante, de ida y vuelta en clase economica; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado del MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acompanado del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la evaluacion, diagnostico oftalmologico y opciones terapeuticas, en el Doheny Eye Institute (Centro Hospitalario Especializado en Afecciones Oftalmologicas), de la MORDAZA de Los MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 4 al 7 de setiembre de 2012;

De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado en los Estados Unidos de MORDAZA, del 4 al 7 de setiembre de 2012, del MORDAZA de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00077628, DNI. 45165041, acompanado del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, DNI. 06123930, para que sea sometido a una evaluacion, diagnostico oftalmologico y opciones terapeuticas, en el Doheny Eye Institute (Centro Hospitalario Especializado en Afecciones Oftalmologicas), de la MORDAZA de Los MORDAZA, Estados Unidos de America. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA ­ Los MORDAZA (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) ­ MORDAZA US$. 800.00 x 2 personas Viaticos: US$. 220.00 x 4 dias TOTAL A PAGAR: US$. US$. US$. 1,600.00 880.00 -----------2,480.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje. Articulo 4º.- El Oficial Subalterno comisionado, debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El mencionado Oficial Subalterno, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros y encargado del Despacho del Ministerio de Defensa

835168-4

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 587-2012-EF/43
MORDAZA, 29 de agosto de 2012