Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2012 (27/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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viene tramitando a la fecha de entrada en funcionamiento de los nuevos organos jurisdiccionales. Octavo. Que, en esa misma linea de ideas, se ha considerado tambien la necesidad de crear un (1) Juzgado de la sub especialidad constitucional para que se encargue del tramite de los procesos de MORDAZA que se interpongan sobre asuntos tributarios y aduaneros donde sea parte el Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT), asi como el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Noveno. Que, en ese sentido, es menester autorizar a la Comision Nacional de Descarga Procesal para que, luego de distribuida la carga procesal entre los nuevos juzgados y MORDAZA superiores, proceda a realizar un estudio minucioso para decidir el mejor destino que se debe dar a los organos jurisdiccionales transitorios de la especialidad contenciosa administrativa, a fin de coadyuvar a la descarga procesal en otros distritos judiciales. Esta medida excluira al Primer y MORDAZA Juzgados Transitorios, por estar encargados del tramite exclusivo de procesos en materia previsional, carga que deberan de concluir dentro del mas breve plazo. Decimo. Que la instalacion de los nuevos organos jurisdiccionales estara sujeta a la asignacion de la partida presupuestal respectiva por parte del Ministerio de Economia y Finanzas, conforme a las coordinaciones que se han llevado a cabo, en las que se evaluo la necesidad de la creacion de organos jurisdiccionales sub especializados en las materia MORDAZA anotadas. Undecimo. Que las medidas adoptadas guardan coherencia con los fines de descarga procesal a los que se ha avocado este Poder del Estado, puesto que el objetivo perseguido es propender no solamente a la descarga procesal sino tambien a una mas eficiente administracion de justicia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 981-2012 de la quincuagesima MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 82°, inciso 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA los siguientes organos jurisdiccionales con caracter permanente: a) Los Juzgados Decimo Octavo, Decimo Noveno, Vigesimo, Vigesimo Primero, Vigesimo MORDAZA y Vigesimo Tercero Especializados en lo Contencioso Administrativo, con sub especialidad en temas tributarios y aduaneros donde MORDAZA parte el Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT). b) Los Juzgados Vigesimo MORDAZA, Vigesimo MORDAZA y Vigesimo MORDAZA Especializados en lo Contencioso Administrativo, con sub especialidad en temas donde sea parte el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). c) El Decimo Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional, con sub especialidad en temas tributarios y aduaneros donde MORDAZA parte el Tribunal Fiscal, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT), y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). d) La Sexta y Setima MORDAZA Superiores Especializadas en lo Contencioso Administrativo, con sub especialidad en temas tributarios y aduaneros, donde MORDAZA parte el Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria (SUNAT). e) La Octava Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo, con sub especialidad en temas donde sea parte el Instituto de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Articulo Segundo.- Disponer que los Juzgados Primero al Decimo Setimo Especializados en lo

Contencioso Administrativo permanentes, conoceran de todos aquellos procesos que no MORDAZA de competencia de los juzgados sub especializados creados en el articulo precedente. Articulo Tercero.- Establecer que los Juzgados Primero al Decimo Setimo permanentes, y Tercero al Decimo Juzgados transitorios de la referida especialidad, asi como las MORDAZA Superiores de la Especialidad Contenciosa Administrativa remitan, bajo responsabilidad, al Centro de Distribucion General de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, los expedientes en tramite, incluyendo los pendientes de sentenciar, que seran de competencia de los organos jurisdiccionales materia de creacion. El mismo procedimiento deberan de realizar los Juzgados Primero al Decimo de la Especialidad Constitucional, los que remitiran su carga al Undecimo Juzgado Especializado en lo Constitucional, con sub especialidad en temas tributarios y aduaneros. Del mismo modo, los expedientes en estado de ejecucion seguiran siendo conocidos por los organos jurisdiccionales que los tienen bajo cargo en la actualidad, hasta su archivamiento definitivo. La referida carga procesal sera distribuida aleatoria y equitativamente entre los nuevos juzgados y MORDAZA creadas dentro del plazo perentorio de quince (15) dias habiles, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Establecer que la presente resolucion se ejecutara una vez que el Ministerio de Economia y Fianzas MORDAZA asignado el presupuesto respectivo para el funcionamiento e implementacion de los nuevos organos jurisdiccionales, mientras tanto los actuales juzgados y MORDAZA superiores deberan seguir tramitando las causas bajo su cargo, sin perjuicio del inventario que deberan realizar para evitar demora al momento de la remision de dichos procesos a los organos competentes. La fecha de entrada en funcionamiento de los juzgados y MORDAZA, se fijara mediante resolucion expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Facultar a la Comision Nacional de Descarga Procesal para que, una vez hayan entrado en funcionamiento los nuevos organos jurisdiccionales, proceda a realizar un analisis situacional de todos los juzgados y MORDAZA transitorias de la especialidad contenciosa administrativa, para determinar su posible conversion y/o reubicacion en otros distritos judiciales del pais. Esta medida de conversion no incluira al Primer y MORDAZA Juzgados Transitorios, los cuales deberan de resolver los procesos bajo su cargo dentro del mas breve plazo. Articulo Sexto.- Disponer que la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura y la Gerencia de Informatica del Poder Judicial, velen por el cumplimiento de la presente resolucion, en lo que compete a sus atribuciones. Articulo Setimo.- Comunicar la presente resolucion al Ministerio de Economia y Finanzas, a efectos que proceda a asignar la partida presupuestaria respectiva para la puesta en funcionamiento de los organos jurisdiccionales creados. Articulo Octavo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 859501-1

Aceptan renuncia de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 211-2012-CE-PJ MORDAZA, 26 de octubre de 2012