Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2012 (20/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 20 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479003

VISTO: El Informe N° 156-GPSU/2012 de la Gerencia de Proteccion y Servicio al Usuario, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda disponer la ampliacion del plazo para comentarios al "Proyecto de Reglamento de Calidad de la Atencion a Usuarios por parte de las empresas operadoras de servicios de telefonia fija y servicios publicos moviles", y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 159-2012-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano el 31 de octubre de 2012, se dispuso la publicacion para comentarios del "Proyecto de Reglamento de Calidad de la Atencion a Usuarios por parte de las empresas operadoras de servicios de telefonia fija y servicios publicos moviles"; Que, el Articulo MORDAZA de la resolucion establecio un plazo de veinte (20) dias calendario contados a partir de la fecha de su publicacion, para que los interesados remitan sus comentarios respecto del referido proyecto normativo publicado; Que, conforme a lo senalado en el Informe N° 156GPSU/2012 de la Gerencia de Proteccion y Servicio al Usuario, diversas empresas operadoras que son objeto de aplicacion del referido proyecto normativo han solicitado la ampliacion del plazo para remitir comentarios; y, considerando que resulta de importancia que las empresas operadoras y demas interesados revisen a detalle el "Proyecto de Reglamento de Calidad de la Atencion a Usuarios por parte de las empresas operadoras

de servicios de telefonia fija y servicios publicos moviles" y formulen sus comentarios; corresponde que se disponga la ampliacion del plazo para remitir comentarios por un periodo adicional de treinta (30) dias calendario, a ser contado a partir del vencimiento del plazo inicialmente otorgado; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso p) del Articulo 25° y en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesion N° 483; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar por un plazo de treinta (30) dias calendario adicionales, el plazo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo N° 159-2012-CD/ OSIPTEL, para la remision de comentarios al "Proyecto de Reglamento de Calidad de la Atencion a Usuarios por parte de las empresas operadoras de servicios de telefonia fija y servicios publicos moviles"; de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Ordenar la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial El Peruano y en la pagina web institucional del OSIPTEL. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 868396-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Indices Unificados de Precios para las seis Areas Geograficas correspondientes al mes de octubre de 2012
RESOLUCION JEFATURAL N° 306-2012-INEI MORDAZA, 16 de noviembre de 2012

y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion; Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 02-10-2012/DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios para las Areas Geograficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Octubre de 2012 y que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la Aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion, por lo que resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural correspondiente, asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE:

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios (Base: MORDAZA 1992 = 100,0) para las seis (6) Areas Geograficas correspondientes al mes de Octubre de 2012, que se indican en el cuadro siguiente:

AREASGEOGRAFICAS Cod. 01 03 05 07 09 11 13 17 19 21 23 1 787,66 427,77 429,98 584,90 275,26 193,21 1697,48 535,22 674,07 438,98 368,10 2 787,66 427,77 216,21 584,90 275,26 193,21 1697,48 664,11 674,07 339,42 368,10 3 787,66 427,77 360,51 584,90 275,26 193,21 1697,48 725,10 674,07 354,74 368,10 4 787,66 427,77 610,17 584,90 275,26 193,21 1697,48 867,68 674,07 423,60 368,10 5 787,66 427,77 (*) 584,90 275,26 193,21 1697,48 562,76 674,07 354,74 368,10 6 787,66 427,77 600,82 584,90 275,26 193,21 1697,48 884,82 674,07 410,96 368,10 Cod. 02 04 06 08 10 12 14 16 18 20 22 1 432,20 491,39 811,58 788,92 353,69 282,67 267,68 352,48 272,22 2000,50 367,30 2 432,20 724,59 811,58 788,92 353,69 282,67 267,68 352,48 272,22 2000,50 367,30 3 432,20 904,39 811,58 788,92 353,69 282,67 267,68 352,48 272,22 2000,50 367,30 4 432,20 560,23 811,58 788,92 353,69 282,67 267,68 352,48 272,22 2000,50 367,30 5 432,20 261,36 811,58 788,92 353,69 282,67 267,68 352,48 272,22 2000,50 367,30 6 432,20 749,47 811,58 788,92 353,69 282,67 267,68 352,48 272,22 2000,50 367,30