Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2012 (20/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de noviembre de 2012

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Luricocha, provincia de Huanta, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 1053-A-2012-JNE Expediente N° J-2012-01238 MORDAZA, nueve de noviembre de dos mil doce VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Luricocha, provincia de Huanta, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidora del mencionado concejo distrital, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion extraordinaria, de fecha 27 de MORDAZA de 2012, el Concejo Distrital de Luricocha declaro la vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inasistir, sin justificacion, a las sesiones ordinarias de concejo, de fechas 21 y 29 de junio, y 13 y 20 de MORDAZA de 2012. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo N° 0152012-MDL-H/AYA. Posteriormente, mediante el Informe N° 012-2012-SGMDL-H/AYA, de fecha 14 de setiembre de 2012, se informo que el acuerdo de concejo que declaro la vacancia de la regidora afectada, ha quedado firme y consentido. CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 2. En el caso concreto, se ha respetado el debido procedimiento y se cumplio con notificar la citacion de la sesion extraordinaria y el acuerdo que declara la vacancia del cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Luricocha (fojas 14 y 20). Asimismo, no se ha presentado ningun recurso impugnatorio contra el acuerdo de concejo, de fecha 27 de MORDAZA de 2012 (foja 23). 3. En tal sentido, la ausencia prolongada de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a las sesiones ordinarias del Concejo Distrital de Luricocha perjudica el normal desarrollo del concejo municipal, en especial para la toma de decisiones, por lo cual, conforme al articulo 24 de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA Crespo MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 28595614, candidato no proclamado de la lista electoral del movimiento regional Movimiento Regional Musuq Nan, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del doctor MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo de concejo, de fecha 27 de MORDAZA de 2012, que declaro la vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de Luricocha, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA del cargo de regidora del Concejo Distrital de Luricocha, provincia de Huanta y departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010.

Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA Crespo MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 28595614, a fin de que asuma el cargo de regidor de dicho concejo distrital, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgara la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. AYVAR MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 868313-3

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Chalcos, provincia de Sucre, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 1054-A-2012-JNE Expediente N° J-2012-01377 MORDAZA, nueve de noviembre de dos mil doce VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de Chalcos, provincia de Sucre, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del mencionado concejo distrital, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En la sesion extraordinaria, de fecha 22 de junio de 2012, el Concejo Distrital de Chalcos declaro la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inasistir, sin justificacion, a las sesiones ordinarias de concejo, de fechas 9 de marzo, 20 de MORDAZA y 8 de junio, de 2012. Posteriormente, mediante Resolucion de Alcaldia N° 015-2012-MDCH/A, de fecha 20 de setiembre de 2012, se declaro consentido el acuerdo de concejo que declaro la vacancia del mencionado regidor. CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 2. En el caso concreto, se ha respetado el debido procedimiento y se cumplio con notificar el acuerdo de concejo que declara la vacancia del cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Chalcos (foja 9). Asimismo, no se ha presentado ningun recurso impugnatorio contra el acuerdo de fecha 22 de junio de 2012 (foja 3). 3. En tal sentido, la ausencia prolongada del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a las sesiones ordinarias del Concejo Distrital de Chalcos perjudica el normal desarrollo del concejo municipal, en especial para la toma de decisiones, por lo cual, conforme al articulo 24 de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA,