Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2012 (14/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de febrero de 2012

Que, a traves del Expediente Nº 2154308 del 29 de diciembre de 2011, la empresa Contugas S.A.C. solicito se extienda el plazo de duracion de la Comision Especial, toda vez que el MORDAZA de evaluacion y elaboracion de la Adenda en mencion aun no ha concluido; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 548-2011MEM/DM, de fecha 29 de diciembre de 2011, se dio por terminada la designacion del senor Erick Portuguez MORDAZA, como Director General de Hidrocarburos; Que, en ese sentido, se hace necesario prorrogar la duracion de la Comision Especial MORDAZA referida, hasta que tenga lugar la conclusion del MORDAZA de evaluacion y en su caso el de elaboracion de una Adenda al citado Contrato, asi como tambien corresponde modificar su conformacion; Que, de conformidad con el literal m) del articulo 9º del reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25962 ­ Ley Organica del Sector Energia y Minas y con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Renovar la duracion de la Comision Especial encargada de participar en la elaboracion de una Adenda al Contrato de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, suscrito con la empresa Contugas S.A.C., la cual posee naturaleza temporal, hasta la conclusion del MORDAZA de evaluacion y en su caso de elaboracion de dicha Adenda. Articulo 2º.- La Comision Especial a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion estara conformada por las siguientes personas: - El Director General de Hidrocarburos, quien la presidira; - Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Freyre, - Abog. MORDAZA MORDAZA Gazzolo, - Ing. MORDAZA Duenas Cardenas. Articulo 3º.- La Comision Especial podra solicitar el apoyo de asesores internos y externos al Ministerio de Energia y Minas, asi como de representantes de OSINERGMIN y de otras entidades vinculadas, con la finalidad de permitir el correcto cumplimiento de sus funciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 752472-1

PRODUCE
Aprueban modelo de Adenda al Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 217-2012-PRODUCE/DIGSECOVI MORDAZA 8 de febrero de 2012. VISTO: El Informe DIF Nº 386-2012-PRODUCE/Dif del 08 de febrero de 2012 de la Direccion de Inspeccion y Fiscalizacion de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003PRODUCE se creo el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; con el objeto de combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiologicos

contenidos en aguas jurisdiccionales y reforzar las medidas de control y vigilancia de las actividades pesqueras industriales que se practican en todo el litoral; Que, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE, se amplio el ambito de aplicacion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" a los establecimientos industriales pesqueros, que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado residual, a las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos y a aquellos establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado convencional o de alto contenido proteinico; Que, por Resolucion Ministerial N° 104-2011-PRODUCE se aprobo el modelo de Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", entre la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI) del Ministerio de la Produccion y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros o los titulares de las plantas, comprendidos en el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, MORDAZA por Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE; incluidos en los listados publicados mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 591-2008PRODUCE y 169-2010-PRODUCE; Que, segun lo establecio la Resolucion Ministerial Nº 276-2011-PRODUCE, se amplio hasta el 31 de enero de 2012, el plazo de vigencia del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones Contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; Que, de acuerdo con lo establecido en la Resolucion Ministerial N° 047-2012-PRODUCE, se amplio hasta el 31 de MORDAZA de 2012, el plazo de vigencia para la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", autorizandose a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia a suscribir las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el citado Programa; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el modelo de Adenda al Convenio MORDAZA citado, el cual tiene como finalidad ampliar el plazo de vigencia del citado Convenio durante el tiempo de vigencia del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, que crea el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; el Decreto Supremo Nº 002-2010PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0082010-PRODUCE, que amplio el ambito de aplicacion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el modelo de Adenda al Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", entre la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI) del Ministerio de la Produccion y los titulares de los establecimientos industriales pesqueros o los titulares de las plantas, comprendidos en el Decreto Supremo Nº 027-2003PRODUCE, MORDAZA por Decreto Supremo Nº 002-2010PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2010PRODUCE; incluidos en los listados publicados mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 591-2008-PRODUCE y 1692010-PRODUCE, que en Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2°.- Los titulares o representantes legales de los establecimientos industriales pesqueros y los titulares o representantes legales de las plantas deberan suscribir las correspondientes adendas a los convenios a que se refieren los articulos precedentes, en un plazo no mayor de diez (10) dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano,