Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2012 (14/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de febrero de 2012

fines de Renovacion MORDAZA en el ambito Metropolitano, dentro del MORDAZA de la Ley Nº 29415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion MORDAZA y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2010-VIVIENDA. Articulo 2º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto implementar las disposiciones establecidas en la Ley Nº 29415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovacion MORDAZA, en adelante "La Ley" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2010VIVIENDA en adelante "El Reglamento"; incorporando los procedimientos administrativos que las citadas normas preceptuan y estableciendo las disposiciones que permitan su aplicacion en un contexto integral; para tal fin se adoptaran las medidas que posibiliten la puesta en valor de los predios sujetos a Renovacion MORDAZA, garantizando la coexistencia armoniosa de actividades en dichas areas y minimizando los conflictos que puedan surgir en ellas. Articulo 3º.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad: a) Desarrollar los mecanismos que viabilicen al saneamiento legal y fisico de los predios tugurizados. b) Mejorar progresivamente las condiciones de habitabilidad y seguridad de los inmuebles tugurizados. c) Propiciar las condiciones que faciliten la inversion Publica y Privada en Proyectos de Vivienda, actividades turisticas y usos mixtos, conciliando los intereses de los inversionistas, de los propietarios y de los posesionarios de los inmuebles tugurizados, en concordancia con la zonificacion e indice de usos vigente. d) Promover la participacion de la poblacion y los procesos de concertacion en la formulacion, ejecucion y mantenimiento de proyectos con fines de destugurizacion de vivienda. Articulo 4º.- Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza es de aplicacion para el ambito jurisdiccional de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, correspondiendo a los Municipios Distritales la Identificacion y Declaracion de Area de Tratamiento en el ambito de su jurisdiccion. Articulo 5º.- Comision Tecnica de Zonas y Microzonas de Tratamiento por Renovacion MORDAZA Para la aplicacion de la presente Ordenanza, la Comision Tecnica de Zonas y Microzonas de Tratamiento para Renovacion MORDAZA, creada mediante Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA constituye un organo colegiado y como tal se rige por las disposiciones contenidas la Ley Nº 27444; teniendo las siguientes funciones: a. Evaluar y dictaminar la procedencia de la declaracion de areas de tratamiento en el ambito del Cercado de MORDAZA, de conformidad con lo establecido en la Ley, el Reglamento y la presente ordenanza. b. Evaluar y dictaminar el Anteproyecto de Renovacion MORDAZA, en el ambito del Cercado de Lima. c. Evaluar y dictaminar el Proyecto de Renovacion MORDAZA, en el ambito de MORDAZA Metropolitana. Se entiende por Anteproyecto de Renovacion MORDAZA a la propuesta de distribucion arquitectonica de edificaciones inmobiliarias, la cual debe contener estimados economicos que permitan hacer viable el proyecto; presentandose para su autorizacion previa al proyecto. La definicion de Proyecto de Renovacion MORDAZA se ajusta a lo establecido en el Articulo 98º del Reglamento. Articulo 6°.- Conformacion de la Comision Esta conformada por los miembros siguientes: 6.1 Para la Declaracion de Area de Tratamiento: a) Dos (02) funcionarios representantes de la Subgerencia de Renovacion MORDAZA, uno de ellos la

presidira teniendo MORDAZA dirimente en caso de empate; el otro funcionario actuara como Secretario Tecnico. b) Un (01) funcionario representante de la Subgerencia de Defensa Civil, en calidad de miembro. c) Un (01) funcionario representante de la Subgerencia de Organizaciones Vecinales, en calidad de miembro. d) Un (01) funcionario representante de EMILIMA S.A, en calidad de miembro. Si el inmueble se encuentra dentro del Centro Historico, se debe contar como miembro Ad Hoc, a un (01) representante del Programa para la Recuperacion del Centro Historico de MORDAZA ­ PROLIMA. 6.2 Para la aprobacion del Anteproyecto de Renovacion Urbana: Se requiere ademas de los miembros detallados en el inciso a) del numeral 9.1, los siguientes: a) Un (01) representante designado por el Colegio de Arquitectos del Peru, el cual debe acreditar estudios y experiencia en renovacion MORDAZA y/o desarrollo inmobiliario. b) Un (01) representante de la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA, especialista en finanzas, y con experiencia en desarrollo de proyectos inmobiliarios, 6.3 Para la Aprobacion del Proyecto de Renovacion Urbana: Se requiere ademas de los miembros indicados en el numeral 9.2, los siguientes: a) Un (01) representante designado por el Colegio de Ingenieros del Peru, por cada especialidad: civil, sanitario, electrico. - Para el caso de aprobacion de Proyecto de Renovacion MORDAZA ubicado fuera del Cercado de Lima; corresponde la designacion de un (01) funcionario representante del municipio distrital donde se desarrolle el Anteproyecto. Los funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, seran designados mediante Resolucion de Alcaldia. Para la aprobacion del anteproyecto, en el caso que el inmueble este calificado como Monumento Historico, se encuentre dentro el Area MORDAZA Monumental o forme parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, se debe contar como miembro Ad Hoc, a un (01) representante del Ministerio de Cultura. Si el inmueble se encuentra dentro del Centro Historico, se debe contar como miembro Ad Hoc, a un (01) representante del Programa para la Recuperacion del Centro Historico de MORDAZA ­ PROLIMA. Articulo 7°.- Del funcionamiento de la Comision y de los Dictamenes La Comision sesionara por lo menos dos veces al mes y emitira los dictamenes de los proyectos evaluados en un plazo de cinco (05) dias habiles de recibido el expediente, devolviendolo a la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas para la continuacion del tramite pertinente. Los dictamenes son vinculantes para todos los organos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y tendran la calidad de actos administrativos, pudiendo ser objeto del Recurso Administrativo de Reconsideracion, que sera resuelto por la misma Comision y el de Apelacion sera resuelto por la Comision Tecnica Provincial. TITULO II ACCIONES PREVIAS AL SANEAMIENTO CAPITULO I DEL EMPADRONAMIENTO DE LOS MORADORES OCUPANTES DE LOS INMUEBLES SUJETOS A RENOVACION MORDAZA Y DECLARACION DE ESTADO DE TUGURIZACION Articulo 8º.- Empadronamiento La Gerencia de Participacion Vecinal, a traves de la Subgerencia de Organizaciones Vecinales, realizara a