Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

483651

MORDAZA de legalidad, no procede la asociacion definitiva solo del PMCE del Norte ­ Centro o del Sur de forma independiente, sino unicamente de la totalidad, por cuanto es el unico medio a traves del cual se garantizara el cumplimiento del fin publico por el cual se establecio el MORDAZA MORDAZA regulatorio, que es reducir el esfuerzo pesquero considerando que el recurso anchoveta se encuentra en condicion de plenamente explotado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 011-2012PRODUCE/DGCHI de fecha 08 de noviembre de 2012, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE NORTE ­CENTRO y PMCE SUR)) de la embarcacion pesquera ZDENKA B de matricula CE-0216-PM a la embarcacion pesquera BAMAR VIII de matricula CO-19867-PM; Que, en virtud a la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE), aprobado en el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 011-2012-PRODUCE/DGCHI, el PMCE y LMCE de la embarcacion pesquera asociada BAMAR VIII de matricula CO-19867-PM, ha variado, tanto en la MORDAZA Norte-Centro, como en la MORDAZA Sur y segun lo indicado en el Informe Nº 525-2012-PRODUCE/DGCHI-Dechi, de fecha 14 de noviembre de 2012, es el siguiente:
Embarcacion Pesquera BAMAR VIII Capacidad MORDAZA Norte-Centro MORDAZA Sur de }Bodega PMCE (%) PMCE (%) LMCE TM 662.65 m³ 0.411870 0.174701 537.89

la presente Resolucion y consignarse en el MORDAZA Web del Ministerio de la Produccion, en la direccion electronica: www.produce.gob.pe Registrese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General (e) Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto 882649-6

Precisan el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE - NorteCentro correspondiente a la MORDAZA Temporada de Pesca 2012 de la MORDAZA Norte-Centro
RESOLUCION DIRECTORAL N° 016-2012-PRODUCE/DGCHI MORDAZA, 20 de noviembre del 2012 VISTO: La Resolucion Ministerial Nº 457-2012PRODUCE; la Resolucion Directoral Nº 015-2012PRODUCE/DGCHI de fecha 15 de noviembre del 2012; y el Informe Nº 003-2012-PRODUCE/DGCHI-Dechi, de fecha 20 de noviembre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su articulo 2º, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1084. El referido anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, el numeral 2 del articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 010-2009-PRODUCE, establece que se asignara un LMCE a las embarcaciones pesqueras que cuenten con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos en la fecha de entrada en vigencia de la Ley, y aquellas reconocidas por el Ministerio en virtud de resolucion administrativa o judicial firme. Se encuentran comprendidas en la asignacion dispuesta, las embarcaciones pesqueras que tengan el permiso de pesca temporalmente suspendidos, siendo que para dicho caso, el armador solo podra hacer uso del LMCE asignado, una vez que la suspension quede sin efecto; Que, el tercer parrafo del articulo 12º del Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, dispone que los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE de las embarcaciones con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta, incluyendo los recalculos de los LMCE, que pudieran originarse en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 11º del mismo cuerpo normativo, seran determinados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; Que, con Resolucion Directoral Nº 843-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 31 de diciembre del 2008, se

Matricula CO-19867-PM

Estando a lo informado por la Direccion de Extraccion Industrial Pesquera para Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto, mediante el Informe Nº 525-2012-PRODUCE/DGCHI-Dechi, de fecha 14 de noviembre de 2012; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias; el Decreto Legislativo No 1084- Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, y el articulo 70º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que en virtud a la incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE), aprobado por el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 011-2012-PRODUCE/DGCHI, el PMCE de la embarcacion pesquera asociada BAMAR VIII de matricula CO-19867-PM, en la MORDAZA Norte-Centro, asi como el PMCE y LMCE en la MORDAZA Sur, es como segun se detalla a continuacion:
Embarcacion Pesquera BAMAR VIII Capacidad MORDAZA Norte-Centro MORDAZA Sur de Bodega PMCE (%) PMCE (%) LMCE TM 662.65 m³ 0.411870 0.174701 537.89

Matricula CO-19867-PM

Articulo 2º.- Incorporar al Listado de Asignacion de Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE), aprobado por Resolucion Directoral Nº 8432008-PRODUCE/DGEPP y la Resolucion Directoral Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP, correspondiente a la MORDAZA Norte-Centro y MORDAZA Sur del litoral, a la embarcacion pesquera BAMAR VIII de matricula CO-19867-PM, conforme a lo aprobado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Excluir del Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE), aprobado por Resolucion Directoral Nº 8432008-PRODUCE/DGEPP y la Resolucion Directoral Nº 376-2009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion ZDENKA B de matricula CE-0216-PM. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Oficina General de Tecnologias de la Informacion del Ministerio de la Produccion, para que se sirva proceder a la incorporacion en el aplicativo de seguimiento del PMCE y LMCE, conforme se dispone en