Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 196

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

Cuarta.- La Municipalidad determinara el numero de unidades vehiculares y paraderos para la prestacion del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el distrito, que sera sustentado en un Estudio Tecnico que se denominara: "Plan Regulador para el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de MORDAZA El Salvador", que debera ser actualizado periodicamente en el tiempo que establezca la Municipalidad. Para lo cual debera establecer en su Presupuesto Anual la partida pertinente para la realizacion del Estudio Tecnico MORDAZA referido, con la finalidad de permitir afrontar esta problematica de manera mas integral y objetiva. Quinta.- Los conductores integrantes de un Transportador Autorizado y Registrados en la Municipalidad, conforme al Articulo 13º, deberan portar un Carne de Identificacion de Conductor (Fotocheck) que sera expedido por el Transportador Autorizado que integra para el cual presta el servicio, que sera responsable de su elaboracion, emision y adecuado uso, en consecuencia asume responsabilidad solidaria, por todos los actos de sus conductores en relacion a la prestacion del servicio, documento que sera suscrito por su Representante Legal y visado por el Sub Gerente de Transporte y Seguridad Vial, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el Articulo 51º de la presente Ordenanza. El Carne de Identificacion del Conductor (Fotocheck) tendra una vigencia de Un (1) Ano y sera cancelado cuando el conductor MORDAZA sido retirado o dado de baja por el Transportador Autorizado, su costo no debera exceder de S/. 10.00. Sexta.- El Transportador autorizado es responsable ante la autoridad administrativa por el debido cumplimiento de las normas que corresponden al servicio especial a que se refiere el presente reglamento. TITULO XII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Persona Juridica que preste el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en zonas de trabajo de nuestra jurisdiccion y a la vez en zonas de trabajo colindantes con distritos contiguos debera obtener su Permiso de Operacion, Tarjeta de Habilitacion Vehicular y Distintivo de Identificacion Municipal (Sticker) de esta Municipalidad, mientras no se establezca el Regimen de Gestion Comun con los distritos colindantes. Segunda.- Los Permisos de Operacion vigentes y otorgados a la fecha mantienen su plena validez, debiendo la Persona Juridica, propietario de los vehiculos menores y conductores adecuarse a la presente Ordenanza para los efectos de su renovacion. Tercera.- Las Personas Juridicas que se encuentren en pleno MORDAZA de Renovacion del Permiso de Operacion deberan adecuarse a las disposiciones MORDAZA por la presente Ordenanza para proseguir con el tramite administrativo. Cuarta.- Los Transportadores Autorizados con Permiso de Operacion vigente deberan adecuarse a la presente Ordenanza en un plazo no mayor a Sesenta (60) dias calendarios, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Quinta.- Encarguese a la Gerencia de Administracion habilitar codigo para tramite de inscripcion y registro de vehiculos menores, de Tarjeta de Habilitacion vehicular, derecho de verificacion y evaluacion tecnica de paradero, asi como el pago por distintivo de identificacion vehicular y demas procedimientos que guarden conexion con la materia reglamentada. TITULO XIII DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.) aplicable, sera la vigente al momento de pagar la infraccion. Segunda.- La Gerencia de Desarrollo MORDAZA sera la encargada de Aprobar los Formularios de las Papeletas de Infraccion, de las Boletas de Internamiento y de las Ordenes de Liberacion mediante emision de la Resolucion Gerencial respectiva, considerando las especificaciones y caracteristicas pertinentes.

Tercera.- Se mantendra Suspendido Temporalmente el otorgamiento de Permisos de Operacion a nuevas Personas Juridicas, a fin de regular el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA hasta el 30 de Junio del 2013. Cuarta.- Incluyase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (T.U.P.A.), los procedimientos, requisitos y derechos administrativos establecidos en la presente Ordenanza. Quinta.- Incluyase en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S.) de la Entidad MORDAZA las Infracciones y Sanciones que se regula segun Anexos de la presente Ordenanza. Sexta.- Derogar el Decreto de Alcaldia Nº 014-2009ALC/MVES, la Ordenanza Municipal Nº 121-MVES, la Ordenanza Municipal Nº 188-MVES, y cualquier otra MORDAZA que se oponga a la presente. Septima.- Facultese al MORDAZA del distrito para que mediante Decreto de Alcaldia pueda dictar normas complementarias y/o reglamentarias. Octava.- Encargar a Unidad de Comunicaciones realice la difusion de la presente MORDAZA municipal. Novena.- Encargar a la Unidad de Administracion Documentaria y Atencion al Usuario, a la Gerencia Municipal en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion, Unidad de Finanzas, Unidad de Logistica, Unidad de Desarrollo Institucional Tecnologia de la Informacion y Estadistica, y Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial el cumplimiento de lo establecido en la presente norma. Decima.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 882516-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban regimen de Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2013
ORDENANZA N° 162/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 17 de diciembre de 2012. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO, EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; VISTO el Dictamen N° 009-2012/CARPP/MVMT, emitido por la Comision de Administracion, Rentas, Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades como organos de Gobierno Local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y precisamente son de competencia a tenor de lo previsto por el articulo 74 de la misma Carta fundamental, crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que la Ordenanza es el instrumento normativo para crear,