Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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disminuyendo sus metas para quedar desactivada a finales del ano 2012; Contando con el visto MORDAZA de la Direccion de Educacion Superior Pedagogica, la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional, la Unidad de Presupuesto, la Oficina General de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica, y; de conformidad con el Decreto Ley N° 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", modificado por Ley N° 26510, "Modifican articulo de la Ley Organica del Ministerio de Educacion" y los Decretos Supremos Nºs. 007-2007-ED, "Crean el Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente" y 006-2012-ED, "Aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion"; SE RESUELVE: Articulo 1.- FORMALIZAR la desactivacion de la Unidad Ejecutora 112: "Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente" en el Pliego 010 Ministerio de Educacion, a partir del 01 de enero de 2013. Articulo 2.- TRANSFERIR los activos, pasivos, recursos humanos y acervo documentario de la Unidad Ejecutora 112: "Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente" a la Unidad Ejecutora 026: Educacion Basica para Todos la misma que, a traves de la Direccion de Educacion Superior Pedagogica, gestionara la capacitacion, actualizacion y especializacion docente en el MORDAZA del Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente creado por Decreto Supremo N° 007-2007-ED, a partir del 01 de enero de 2013. Articulo 3.- DISPONER la constitucion de una Comision de Transferencia para el cumplimiento del articulo 2 de la presente Resolucion, la cual estara conformada por la Directora de Educacion Superior Pedagogica, el Jefe de la Oficina General de Administracion, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, el Jefe de la Unidad de Presupuesto, el Jefe de la Unidad de Programacion y el Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion, que por funcion se encuentran involucradas en este proceso. Articulo 4.- DISPONER que los organos involucrados inicien las acciones necesarias a efectos de dar cumplimiento a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 883847-2

ENERGIA Y MINAS
Disponen adecuar la conformacion del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 560-2012-MEM/DM MORDAZA, 27 de diciembre de 2012 VISTO: El Informe Tecnico Nº 002-2012-MEM-SEG/ DNS de fecha 22 de noviembre de 2012, elevado por la Directora de la Oficina de Defensa Nacional al Despacho de Secretaria General del Ministerio de Energia y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, y preparacion y atencion ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, para desarrollar sus componentes y procesos, asi como los roles de las entidades conformantes del sistema; Que, la referida Ley Nº 29664 en su Articulo 3º indica que la Gestion del Riesgo de Desastres (GRD) es un MORDAZA social cuyo fin ultimo es la prevencion y reduccion del riesgo y el control de los factores del riesgo de desastres en la sociedad; asi como, de la adecuada preparacion y respuesta a situaciones de desastres, considerando las politicas economica, ambiental, de seguridad, de defensa nacional y territorial de manera sostenible; Que, en el Numeral 1 del Articulo 16º de la misma Ley, se especifica que los Ministros son las maximas autoridades responsables de la implementacion de los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres (GRD) dentro de sus respectivos ambitos de competencia; Que, en el Numeral 2 del articulo mencionado en el considerando anterior, se establece que las entidades publicas constituyen grupos de trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres (GRD) integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad, siendo esta funcion indelegable; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 443-2011MEM/DM de fecha 03 de octubre de 2011 se constituyo el Grupo de Trabajo Sectorial para la Gestion de Riesgo de Desastres integrado por el Ministro de Energia y Minas, quien lo preside, Vice Ministro de Minas, Vice Ministro de Energia, Secretario General, Director General de Electrificacion Rural, Director General de Administracion y Director de Defensa Nacional; Que, con Resolucion Ministerial Nº 024-2012MEM/DM de fecha 18 de enero de 2012 se modifico la composicion del Grupo de Trabajo Sectorial para la Gestion de Riesgo de Desastres quedando conformado por el Ministro de Energia y Minas o su representante, quien lo preside, Director General de Electrificacion Rural o su representante, Director General de Administracion o su representante y Director de Defensa Nacional o su representante; Que, con fecha 25 de octubre de 2012, se publica la Resolucion Ministerial Nº 276-2012-PCM que aprueba la Directiva Nº 001-2012-PCM/SINAGERD "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", disponiendo en su MORDAZA Disposicion Complementaria, que las entidades publicas que tengan constituidos sus Grupos de Trabajo de Gestion de Riesgo de Desastres deben adecuar su constitucion a lo establecido en la Directiva en mencion; Que, resulta necesario se proceda a la adecuacion del Grupo de Trabajo de Gestion de Riesgo de Desastres del Ministerio de Energias y Minas, para la formulacion de normas y planes, evaluacion, organizacion y supervision, fiscalizacion y ejecucion de los procesos de gestion del riesgo de desastres dentro de su competencia; Que, asimismo, resulta necesario designar un miembro del Grupo de Trabajo de Gestion de Riesgo de Desastres del Ministerio de Energia y Minas, para que ejerza las funciones de la Secretaria Tecnica; Con la opinion favorable de la Directora de la Oficina de Defensa Nacional y el Visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica y de la Secretaria General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, la Resolucion Ministerial Nº 276-2012-PCM, que aprueba la Directiva Nº 001-201-PCM/SINAGERD, sobre los Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno, la Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 031-2007-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Adecuar la conformacion del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres