Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2011 (01/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA N° 032-2011 ESTABLECEN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS A CARGO DEL TRIBUNAL FISCAL
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Fiscal como MORDAZA instancia administrativa en materia tributaria a nivel nacional, afronta una elevada carga procesal, debido al incremento de quejas contra las distintas Administraciones Tributarias asi como de las apelaciones relativas a tributos recaudados por el Gobierno Central y Gobiernos Locales; Que, si bien en el ano 2010 se han atendido mas de 18 000 expedientes y se ha revertido la tendencia creciente del pasivo de expedientes, esta es gradual, por lo que resulta insuficiente para que se resuelva oportunamente como lo requieren los contribuyentes y las Administraciones Tributarias ya que se mantiene un ingreso sostenido de 16 000 expedientes anuales; Que, un porcentaje relevante del ingreso de expedientes esta constituido por quejas contra las distintas Administraciones Tributarias, las que por tener plazos sumarios deben ser resueltas por las MORDAZA Especializadas en forma prioritaria frente a las apelaciones vinculadas a controversias tributarias, afectando la oportunidad de estas ultimas ; Que, tal situacion afecta el clima de certeza que requieren los contribuyentes y agentes economicos en general a fin que las oportunidades de inversion y la competitividad del MORDAZA tengan efectos positivos sobre la actividad economica; Que, a fin de impulsar la resolucion oportuna de controversias tributarias y dar certeza a los administrados respecto de sus obligaciones tributarias asi como a las Administraciones en relacion a la deuda materia de cobro, es de interes nacional dictar medidas extraordinarias y transitorias de caracter economico y financiero que permitan durante el ejercicio 2011 que el Tribunal Fiscal implemente mecanismos para agilizar la resolucion de controversias tributarias; Que, en ese sentido, es necesario permitir que los Vocales del Tribunal Fiscal puedan resolver como organo unipersonal aquellas materias de menor complejidad que MORDAZA aprobadas por Acuerdo de Sala Plena; Que, asimismo con el fin de descongestionar a las MORDAZA Especializadas del Tribunal Fiscal de los expedientes de queja, para que puedan agilizar la resolucion de las controversias tributarias resulta imperativo permitir que la resolucion de quejas contra las distintas Administraciones Tributarias que deben ser resueltas en un plazo de 20 dias habiles esten a cargo de la Oficina de Atencion de Quejas, que operara en el mismo Tribunal Fiscal; Que las medidas propuestas tienen un efecto importante en la economia ya que al atenderse con mayor celeridad las controversias donde se discute deuda tributaria, permitira que tanto el Estado como los contribuyentes, segun sea el caso, puedan disponer de recursos economicos oportunos para el financiamiento del gasto publico y actividades con un efecto positivo en el dinamismo de la economia, respectivamente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Establecer con caracter extraordinario y urgente medidas transitorias de caracter economico y financiero

destinadas a mejorar la prestacion de los servicios publicos y dar celeridad a la resolucion de expedientes a cargo del Tribunal Fiscal, a traves del funcionamiento de una Oficina encargada exclusivamente de la atencion de Quejas y la aprobacion de materias de menor complejidad que los Vocales puedan resolver en forma unipersonal. Articulo 2º.- Oficina de Atencion de Quejas La Oficina de Atencion de Quejas del Tribunal Fiscal estara encargada de atender y emitir pronunciamientos respecto de las quejas que formulen los administrados relativas a las actuaciones de las Administraciones Tributarias conforme al Codigo Tributario y las demas que MORDAZA de competencia del Tribunal Fiscal conforme al MORDAZA normativo aplicable. Articulo 3º.- Organos unipersonales Las materias consideradas de menor complejidad, aprobadas mediante Acuerdo de Sala Plena del Tribunal Fiscal, podran ser resueltas por los vocales del Tribunal Fiscal como organos unipersonales. Articulo 4º.- Suspension de disposiciones legales Dejese en suspenso las disposiciones legales que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia, o limiten su aplicacion. Articulo 5º.- Refrendo y vigencia El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas y regira hasta el 31 de diciembre de 2011. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA UNICA.- Atencion de quejas Las MORDAZA Especializadas del Tribunal Fiscal continuaran atendiendo las quejas hasta que la Oficina de Atencion de Quejas del Tribunal Fiscal inicie su funcionamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 659809-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la MORDAZA de la MORDAZA Palcacocha, ubicada en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 056-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 002-2011-PCM se declaro el estado de emergencia en la MORDAZA de la MORDAZA Palcacocha, ubicada en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, debido a la situacion de alto riesgo existente en dicha MORDAZA, en razon a que viene