Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2011 (27/08/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

449127

Articulo Cuarto.- FORMA DE PAGO Los contribuyentes que tengan deuda por tributos vencidos correspondientes a periodos anteriores al ejercicio 2011, podran acogerse a la presente Ordenanza, mediante las siguientes formas de pago: a) Pago al Contado Los contribuyentes que realicen el pago de su deuda bajo esta modalidad, gozaran de la condonacion del 100% de intereses moratorios y reajustes de la deuda materia de beneficio, actualizada hasta la fecha de acogimiento. b) Pago Fraccionado Los contribuyentes que opten por acogerse a la presente Ordenanza bajo esta modalidad, se sujetaran a los siguientes requisitos: b.1 El monto minimo a fraccionar debe ser mayor o igual al 10% de la UIT. b.2 Cancelar una cuota inicial minima de 20% del total de la deuda a fraccionar. b.3 El saldo podra ser fraccionado de la siguiente manera: Cuotas de Fraccionamiento Hasta 06 cuotas De 07 a 12 cuotas De 13 a 18 cuotas % de Condonacion de intereses de la Deuda a Fraccionar 100% 75% 50%

del procedimiento de ejecucion coactiva. No podran acogerse aquellos deudores que teniendo deuda en etapa coactiva, esta MORDAZA sido parcialmente cancelada al haberse hecho efectiva una medida cautelar. Articulo Setimo.- DESISTIMIENTO Para acogerse a la presente Ordenanza, cuando la deuda se encuentre impugnada, el administrado debera adjuntar MORDAZA del escrito de desistimiento presentado ante el organo competente respectivo. El acogimiento al presente beneficio, implica el reconocimiento de la deuda y el desistimiento automatico de la reconsideracion, reclamacion y/o apelacion que pudiera existir, segun sea el MORDAZA de deuda. Para aquellos casos que se encuentren con demanda en un MORDAZA contencioso administrativo, el deudor debera previamente presentar el desistimiento de su pretension ante el organo jurisdiccional competente, debiendo remitir una MORDAZA certificada ante la Procuraduria Publica Municipal de la Municipalidad de La Molina. El pago constituye el reconocimiento expreso de la obligacion, en consecuencia, no procede la MORDAZA de reclamos futuros respecto de la deuda materia del presente Beneficio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los fraccionamientos otorgados al MORDAZA de la presente Ordenanza, seran regulados por el Reglamento del Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias, aprobado con Decreto de Alcaldia N° 015-2011, en lo que resulte aplicable. Segunda.- Los pagos efectuados por los contribuyentes MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, por los conceptos que se mencionan en esta MORDAZA legal, tienen caracter de cancelatorios, por tanto, no podran ser reclamados, devueltos, ni objeto de compensacion. Tercera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para determinar y aprobar la prorroga de su vigencia. Cuarta.- Encarguese a la Subgerencia de Recaudacion y Control, Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria, Subgerencia de Control y Sanciones, Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, asi como, a la Ejecutoria Coactiva Administrativa y a la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria, el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Quinta.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion la publicacion en la pagina Web de la Municipalidad www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 683168-2

Las cuotas de fraccionamiento MORDAZA descritas no incluyen la cuota inicial y la Cuota MORDAZA respectiva. La Cuota MORDAZA estara constituida por los intereses moratorios y/o reajustes generados por la deuda tributaria materia de beneficio, actualizada a la fecha de la solicitud de fraccionamiento, los cuales seran condonados en los porcentajes previstos en el presente articulo; siempre que el deudor tributario no incurra en causal de perdida de fraccionamiento, segun el Reglamento de Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias. De incurrir en causal de perdida del fraccionamiento, se procedera a emitir la resolucion respectiva, con la cual, a la MORDAZA cuota del fraccionamiento se le adicionara la Cuota MORDAZA MORDAZA indicada. Articulo Quinto.- BENEFICIOS NO TRIBUTARIOS DE LA MORDAZA Otorguese descuentos y facilidades de pago a los administrados de la Municipalidad de La MORDAZA que tengan deudas pendientes de pago por multas administrativas con la condicion que se desistan de cualquier MORDAZA de recurso administrativo que hubieran interpuesto. El descuento en el monto a pagar de multas administrativas se otorgara en funcion a la oportunidad del pago y monto total cancelado. El alcance del beneficio es el siguiente: 5.1 Pago al Contado: 50% de descuento sobre el importe total de la multa administrativa, siempre que el pago se realice con anterioridad al inicio del procedimiento de ejecucion coactiva. 5.2 Pago Fraccionado: 30% de descuento sobre el importe total de la multa administrativa, siempre que el pago se realice con anterioridad al inicio del procedimiento de ejecucion coactiva y se fraccione en tres cuotas como maximo. El pago de la multa administrativa segun lo dispuesto por la presente Ordenanza no exime al administrado del cumplimiento de las sanciones no pecuniarias de acuerdo a lo establecido en el Articulo Nº 6 de la Ordenanza Nº 200, las cuales seguiran vigentes en tanto no MORDAZA regularizadas o subsanadas de acuerdo al MORDAZA de sancion. Articulo Sexto.- DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Para acogerse al presente Beneficio, el deudor tributario debera cancelar al contado las costas y gastos

Aprueban Bases del Concurso Publico de Meritos para la Seleccion de un Ejecutor Coactivo Tributario y dos Auxiliares Coactivos Tributarios en la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 068-2011 La MORDAZA, 23 de agosto de 2011