Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2011 (27/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

449125

Baldosa de Concreto y 4,125 bolsas de pegamentos para ceramico para la realizacion de dicha obra; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe del visto se detallan circunstancias que justifican juridicamente lo requerido, por cuanto se configura efectivamente la situacion prevista en el Art. 23º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado al solicitar la adquisicion de 15,600.00 m2 de Baldosa de Concreto y 4,125 bolsas de pegamentos para ceramico para la realizacion de la obra denominada Mejoramiento del talud del Malecon Gran MORDAZA del Peru MORDAZA Grau MORDAZA ya que nos encontrariamos ante una situacion de emergencia derivada de situaciones que suponen grave peligro, como es la estabilidad del area mencionado, aunado a ello nos encontramos con el requerimiento formulado por el 10º Juzgado Constitucional, quien ha requerido a la Municipalidad de Chorrillos para que en el plazo de dos dias cumpla con restaurar las veredas para el MORDAZA peatonal, reposicion de cesped y construccion de muros de contencion para sostener la plataforma del Malecon Grau; Que, en efecto a traves de los informes de INDECI (Oficio Nº 1208-2005/INDECI/16.0.4) y la Autoridad del Proyecto Costa MORDAZA (Oficio Nº 091-2010-MML-APCVSTP) se manifesto el alto riesgo de Desprendimiento Del Talud Del Malecon MORDAZA MORDAZA Grau, siendo que ademas la Autoridad del Proyecto Costa MORDAZA senalo respecto de la obra Mejoramiento del Talud del Malecon MORDAZA Grau, que se trata de un proyecto de emergencia dado que se observa la presencia de desprendimientos en la base de la via superior del acantilado lo que podria ocasionar desestabilizacion en el area, lo expresado anteriormente compromete en forma directa la seguridad y MORDAZA de las personas que transitan por dicha, mas aun si tenemos en cuenta que el 10º Juzgado Constitucional de MORDAZA ha otorgado un plazo perentorio de dos dias para la culminacion de dicha obra, siendo por dicha circunstancia extraordinaria e imprevisible que se debe actuar de manera inmediata tal y como precisa el Art. 23º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado. Que, de los analisis efectuados tanto por la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, la Gerencia de Administracion y Finanzas como de la Gerencia de Asesoria Juridica, se infiere las causas que han propiciado declarar la

situacion de emergencia y que son netamente ajenas a su responsabilidad; Que, dichos dispositivos legales aunados y en concordancia con los procedimientos a que hacen referencia el Art. 20º y 23º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado posibilitan lo requerido por las gerencias MORDAZA indicadas; Que, lo solicitado se enmarca en lo dispuesto por el Inciso b) el Art. 20º del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el Art. 21º del mismo cuerpo legal donde se expresa que la exoneracion de un MORDAZA de seleccion esta permitido ante situaciones de emergencia debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal, Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, sus modificatorias y contando con el MORDAZA UNANIME del Concejo Municipal. ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion declarando en Situacion de Emergencia a la obra denominada Mejoramiento del talud del Malecon Gran MORDAZA del Peru MORDAZA Grau MORDAZA para la adquisicion de 15,600.00 m2 de Baldosa de Concreto y 4,125 bolsas de pegamentos para ceramico para la realizacion de dicha obra. Articulo Segundo.- Aprobar la adquisicion para que se realice a traves de la Sub Gerencia de Logistica de la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas para que remita MORDAZA del presente Acuerdo y del Informe Legal y Tecnico a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos previstos en la Ley, igualmente realice la publicacion del presente Acuerdo en el SEACE dentro de los plazos establecidos en el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017. Articulo Cuarto: Encargar a la Secretaria General del Concejo la responsabilidad de publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 683207-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION