Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2009 (12/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

405966

PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de noviembre de 2009

de Adjudicacion y de su ingreso esperado en el MORDAZA de Corto Plazo por su Inyeccion Neta.

SMCek ,t
Donde: t INek,t TAk ICMek,t

INek ,t TA ICMek ,t

: indicador de mes, 1 para MORDAZA, 2 para junio y asi sucesivamente : Inyeccion MORDAZA esperada del Adjudicatario k en el mes t : Tarifa de Adjudicacion del Adjudicatario k : Ingreso esperado en el MORDAZA de Corto Plazo del Adjudicatario k en el mes t. Incluye ingresos esperados por Potencia Firme.

4.5 Se determina la Prima de cada Adjudicatario como la suma de su Liquidacion y su Saldo por Prima Estimado. 4.6 El Cargo por Prima de cada Adjudicatario se obtendra de dividir su correspondiente Prima entre la demanda utilizada para determinar el Peaje Unitario por Conexion al Sistema Principal de Transmision. Este valor no podra ser menor que cero. Articulo 5º.- REAJUSTE TRIMESTRAL DEL CARGO POR PRIMA 5.1 Periodicamente el COES remitira a la GART un Informe Tecnico que contenga el reajuste de la Liquidacion y el Saldo por Prima Estimado considerando la informacion a que se refiere el numeral 6.3 del Procedimiento y una estimacion de los SMCk,t y SMCe k,t para los meses restantes del Periodo de Vigencia del Cargo por Prima. El citado Informe debera ser remitido a mas tardar el MORDAZA miercoles del mes previo al reajuste trimestral a que se refiere el parrafo siguiente. 5.2 El reajuste trimestral del Cargo por Prima sera publicado en los plazos establecidos en la Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD, Resolucion que aprueba la MORDAZA "Precios a Nivel de Generacion y Mecanismos de Compensacion entre Usuarios Regulados". Articulo 6º.- TRANSFERENCIAS MENSUALES DE LO RECAUDADO 6.1 Utilizando el mecanismo establecido en el numeral 8.2 del Procedimiento Tecnico N° 23 del COES, los Generadores recaudaran, mensualmente, los montos correspondientes al Cargo por Prima, en base a sus contratos de suministro de energia con Distribuidores, Usuarios Libres que no son MORDAZA Usuarios y MORDAZA Usuarios; ademas, esta recaudacion incluira aquella que corresponda a las empresas que realizan retiros sin contratos de suministros, de acuerdo con la asignacion establecida por el COES, en cumplimiento de la Resolucion OSINERGMIN N° 025-2008-OS/ CD o de la disposicion legal que pudiera expedirse al respecto. A esta recaudacion se le adicionara los aportes provenientes de los demas participantes del MORDAZA de Corto Plazo por concepto del Cargo por Prima. 6.2 Los montos recaudados por Cargo por Prima seran transferidos por los Generadores y demas participantes del MORDAZA de Corto Plazo dentro de los siete (7) dias calendario siguientes a la notificacion de la liquidacion mensual practicada por el COES. 6.3 El COES es el encargado de llevar el control mensual de la diferencia entre la valorizacion de la Energia Inyectada con la Tarifa de Adjudicacion y la valorizacion de la Energia Inyectada en el MORDAZA de Corto Plazo; asi como de registrar los montos recaudados por Cargo por Prima e ingresos por Potencia Firme. El registro incluira el detalle de los eventuales recalculos efectuados por el COES que devienen en Notas de Credito y/o Debito. Articulo 7º.- ASPECTOS GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DEL MORDAZA 7.1 El COES comunicara los incumplimientos de los Agentes a la presente MORDAZA, a fin de aplicarse las sanciones correspondientes, de ser el caso, de conformidad con lo dispuesto en la Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN. 7.2 Asimismo, los incumplimientos del COES al Procedimiento seran sancionados de conformidad con lo dispuesto en la Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN. 421333-1

4.2 Los montos calculados en el paso anterior se agregan aplicando la siguiente formula, para obtener el Saldo por Prima Estimado (SPE) de cada Adjudicatario:
12

SPEk
t 1

SMCek ,t
t 1 12

(1

)

Donde: : Tasa a que se refiere el Articulo 79° de la LCE

4.3 Para cada mes (t) del Periodo de Liquidacion, y por cada Adjudicatario (k), se determina el Saldo Mensual a Compensar (SMC) como la diferencia de valorizar su Inyeccion MORDAZA registrada con su correspondiente Tarifa de Adjudicacion y de sus ingresos registrados en el MORDAZA de Corto Plazo por su Inyeccion MORDAZA y lo recibido por la aplicacion del Cargo por Prima, de acuerdo con el Articulo 7° del Procedimiento. Ambos ingresos expresados es moneda extranjera haciendo uso del MORDAZA de Cambio del mes t.
SMCk ,t IN k ,t TA ICM k ,t Rk ,t

Donde: t INk,t TA ICMk,t Rk,t : indicador de mes, 1 para MORDAZA, 2 para junio y asi sucesivamente : Inyeccion MORDAZA real del Adjudicatario k en el mes t. : Tarifa de Adjudicacion del Adjudicatario : Ingreso en el MORDAZA de Corto Plazo del Adjudicatario k en el mes t. Incluye ingresos por Potencia Firme. : Ingreso del Adjudicatario k en el mes t por aplicacion del Cargo por Prima.

De igual modo se procede para los meses de marzo y MORDAZA (meses 11 y 12) a incluirse en la liquidacion, pero sobre la base de estimaciones. 4.4 Los montos calculados en el paso anterior se agregan aplicando la siguiente formula, para obtener la Liquidacion de cada Adjudicatario:
12

Liquidacionk
t 1 1

SMCk ,t

12 t

(1
Donde:

) 12

: Tasa a que se refiere el Articulo 79° de la LCE