Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2009 (12/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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ANEXO

PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de noviembre de 2009

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° .........-2009-OS/CD MORDAZA, .... de .............. de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1002 (en adelante "DL 1002") que tiene por finalidad promover el aprovechamiento de los Recursos Energeticos Renovables ("RER") para mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion y proteger el medio ambiente, mediante la promocion de la inversion en la produccion de electricidad; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 050-2008EM, se aprobo el Reglamento de la Generacion de Electricidad con Energias Renovables (en adelante "Reglamento RER"), que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion del DL 1002 a fin de promover el desarrollo de actividades de produccion de energia electrica en base al aprovechamiento de RER; Que, el Articulo 5° del DL 1002 y el 19º del Reglamento RER senalan que al Generador RER Adjudicatario de un MORDAZA de licitacion, se le remunera su energia electrica via dos conceptos: i) la valorizacion de sus inyecciones netas de energia a Costo Marginal de Corto Plazo, y ii) un monto por concepto de Prima, determinado como la diferencia entre la valorizacion de sus inyecciones netas de energia a la correspondiente Tarifa de Adjudicacion de la licitacion y la valorizacion referida en i); Que, asimismo, el Articulo 7° del DL 1002 y el Articulo 21° del Reglamento RER disponen que OSINERGMIN establecera anualmente un Cargo por Prima que pagaran los Usuarios a traves del Peaje por Conexion, el cual sera calculado sobre la base de la Prima a que se refiere el Articulo 19°. Es decir, se requiere establecer un procedimiento para determinar tanto la Prima como el Cargo por Prima a que se refiere el Reglamento RER; Que, la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento RER establece que OSINERGMIN debera aprobar los procedimientos necesarios para la aplicacion de dicho reglamento; entre los cuales se encuentra la necesidad de aprobar un procedimiento para el calculo de la Prima aplicable a generacion con RER; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° XXX2009-OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el ... de ............ de 2009, y en el MORDAZA de lo dispuesto por el DL 1002, OSINERGMIN dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba la MORDAZA "Procedimiento de Calculo de la Prima para la Generacion con Recursos Energeticos Renovables", contribuyendo de ese modo a garantizar la transparencia, cognoscibilidad y predictibilidad de las acciones que el organismo regulador adopte en el cumplimiento del encargo asignado; Que, la Resolucion OSINERGMIN N° XXX-2009OS/CD otorgo un plazo de quince (15) dias calendario, contados desde la fecha de su publicacion, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias al proyecto de MORDAZA prepublicada a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria; Que, los comentarios y sugerencias presentados al proyecto de MORDAZA publicado, han sido analizados en el Informe N° ...-2009-GART acogiendose aquellos que contribuyen con el objetivo de la MORDAZA, correspondiendo la aprobacion final de los "Procedimiento de Calculo de la Prima para la Generacion con Recursos Energeticos Renovables";

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Legislativo N° 1002 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; y en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la MORDAZA "Procedimiento de Calculo de la Prima para la Generacion con Recursos Energeticos Renovables", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La presente Resolucion y la MORDAZA deberan ser publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" y consignadas en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. EXPOSICION DE MOTIVOS Con fecha 02 de MORDAZA de 2008, se publico en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo Nº 1002 (en adelante "DL 1002") que tiene por finalidad promover el aprovechamiento de los Recursos Energeticos Renovables ("RER") para mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion y proteger el medio ambiente, mediante la promocion de la inversion en la produccion de electricidad. Asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 0502008-EM, publicado el 02 de octubre de 2008, se aprobo el Reglamento de la Generacion de Electricidad con Energias Renovables (en adelante "Reglamento RER"), que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion del DL 1002 a fin de promover el desarrollo de actividades de produccion de energia electrica en base al aprovechamiento de RER. Al respecto, el Articulo 5° del DL 1002 y el 19º del Reglamento RER senalan que al Generador RER Adjudicatario de un MORDAZA de licitacion, se le remunera su energia electrica via dos conceptos: i) la valorizacion de sus inyecciones netas de energia a Costo Marginal de Corto Plazo, y ii) un monto por concepto de Prima, determinado como la diferencia entre la valorizacion de sus inyecciones netas de energia a la correspondiente Tarifa de Adjudicacion de la licitacion y la valorizacion referida en i). Complementariamente, el Articulo 7° del DL 1002 y el Articulo 21° del Reglamento RER disponen que OSINERGMIN establecera anualmente un Cargo por Prima que pagaran los Usuarios a traves del Peaje por Conexion, el cual sera calculado sobre la base de la Prima a que se refiere el Articulo 19°. Es decir, se requiere establecer un procedimiento para determinar tanto la Prima como el Cargo por Prima a que se refiere el Reglamento RER. En este sentido, la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento RER establece que OSINERGMIN debera aprobar los procedimientos necesarios para la aplicacion de dicho reglamento; razon por la cual, y en atencion a la normatividad citada en los parrafos precedentes corresponde se apruebe la MORDAZA "Procedimiento de Calculo de la Prima para la Generacion con Recursos Energeticos Renovables". Por las razones senaladas precedentemente, la resolucion materia de la presente exposicion de motivos cumple con los objetivos indicados.