Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2009 (12/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de noviembre de 2009

se ha determinado que el solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y demas normas complementarias, por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 1115-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y demas normas complementarias; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-10601-CM, otorgado mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 0562000-CTAR-LAMB/DRPE, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto y el recurso sardina con destino al consumo humano, de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El permiso de pesca a que se refiere al Articulo 1º de la presente Resolucion debera ejercerse conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-10601-CM, otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 056-2000-CTARLAMB/DRPE. Articulo 4°.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula PL-10601-CM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo del mismo al senor MORDAZA MORDAZA BELLO. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 420966-1

RESOLUCION DIRECTORAL N° 840-2009-PRODUCE/DGEPP 27 de octubre de 2009 Vistos en los escritos de Registro N° 00067064-2009 y adjunto 1, 2 y 3, de fechas 25 de agosto, 22 de septiembre, 13 y 16 de octubre del 2009, presentado por los senores MORDAZA ROMY MORDAZA CORBACHO y su conyugue MORDAZA MORDAZA MORDAZA FARJE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORBACHO y su conyugue MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DAVILA. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 003-99-CTAR-LAMB/DRPE de fecha 27 de enero de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "DON ROLO" de matricula PL-4326-BM, con 38.00 m3 de capacidad de bodega, utilizando como sistema de preservacion MORDAZA con hielo, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano directo e indirecto, utilizando red de cerco como tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm) en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 235-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de agosto del 2003, se amplio el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 003-99-CTAR-LAMB/ DRPE al armador MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "DON ROLO" de matricula PL-4326-CM, de 38.00 m3 de capacidad de bodega, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, empleando como arte de pesca red de cerco con longitud minima de malla de 1½ pulgada (38 mm), para la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de noviembre de 2007, se caduco el permiso de pesca, entre otros, de la embarcacion pesquera "DON ROLO" de matricula PL-4326-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; Que, los articulos 1º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano; Que, a la fecha la embarcacion pesquera "DON ROLO" de matricula PL-4326-CM de 38.00 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto; Que, mediante los escritos del visto, los senores MORDAZA ROMY MORDAZA CORBACHO y MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORBACHO, solicitaron el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "DON ROLO" de matricula PL-4326-CM, sustentando su derecho de propiedad sobre la citada embarcacion a traves del Certificado Compendioso de Dominio de