Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2009 (09/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de noviembre de 2009

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29432
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA LA EJECUCION DE LA OBRA MORDAZA DE LOS CUATRO SUYOS, UBICADA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA MORDAZA, PROVINCIA DE HUAMANGA, DEPARTAMENTO DE MORDAZA, Y AUTORIZA LA EXPROPIACION DEL INMUEBLE AFECTADO POR DICHA OBRA
Articulo 1º.- Declaracion de necesidad publica Declarase de necesidad publica la ejecucion de la obra denominada MORDAZA de los Cuatro Suyos. Articulo 2º.- De la expropiacion Autorizase la expropiacion del bien inmueble de dominio privado ubicado en el lote cuatro (4) de la manzana A del Barrio de MORDAZA Pata (hoy San Melchor) del distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, que tiene un area de 530,00 m2, descrito en el articulo 3º. Articulo 3º.- Del inmueble a expropiar El inmueble objeto de expropiacion es propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tiene un area de 530,00 m2, con Ficha Registral num. 20910 e inscrito en la Partida Electronica num. 2006514 del Registro de Predios del Registro de la Propiedad Inmueble de Ayacucho. Articulo 4º.- De la justificacion y finalidad de la expropiacion El MORDAZA de expropiacion materia de esta Ley tiene el objeto de viabilizar la construccion de la obra MORDAZA de los Cuatro Suyos en el Barrio de MORDAZA Pata (hoy San Melchor), distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. La razon de necesidad publica que se establece en la presente Ley responde a que la obra servira de recreo y esparcimiento para los pobladores del distrito de San MORDAZA MORDAZA, y coadyuvara al ordenamiento de la MORDAZA de Ayacucho. Articulo 5º.- Del sujeto activo de la expropiacion La Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, es el sujeto activo de la expropiacion materia de la presente Ley, facultandosele para que inicie los tramites correspondientes al MORDAZA de expropiacion, de conformidad con la Ley num. 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 6º.- Del pago de la indemnizacion justipreciada El pago de la indemnizacion justipreciada que se establezca a consecuencia del trato directo, procedimiento judicial o arbitral correspondiente es asumido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA y debe ser abonado en efectivo y en moneda nacional, previa tasacion del Departamento de Valuaciones de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 7º.- Del plazo para iniciar la expropiacion El sujeto activo tiene un plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, para iniciar el MORDAZA de expropiacion necesario para la ejecucion de la obra a que se contrae la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tercer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

LEY QUE PRORROGA LOS ALCANCES DE LA CUARTA DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL DE LA LEY NUM. 29022, LEY PARA LA EXPANSION DE INFRAESTRUCTURA EN TELECOMUNICACIONES, PARA ESTIMULAR LA INVERSION PRIVADA EN LA EJECUCION DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA EN SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES
Articulo 1º.- Prorroga de plazo Prorrogase, por dos (2) anos a partir de su vencimiento, el plazo establecido en la cuarta disposicion transitoria y final de la Ley num. 29022, Ley para la Expansion de Infraestructura en Telecomunicaciones. Articulo 2º.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

420048-1

LEY Nº 29433
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: