Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2008 (21/11/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

383828

PROYECTO
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2008

(3) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,0% y 7,7% correspondientes a los anos 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable. ANEXO N° 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EPS SEMAPA BARRANCA S.A. para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES

b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a mas 0a8 8 a mas 0,280 0,301 0,452 0,280 0,301 0,452 0,295 0,317 0,476 0,295 0,317 0,476 0,295 0,317 0,476 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (4) Ano 2 Ano 3 (4) Ano 4 Ano 5

NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a mas 0 a mas 0 a mas 0,768 0,768 0,376 0,768 0,768 0,376 0,808 0,808 0,396 0,808 0,808 0,396 0,808 0,808 0,396

(4) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,0% y 5,2% correspondientes a los anos 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Domestico 10 Comercial(1) 20 30 Industrial 30 Estatal 30

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, presion, continuidad, relacion de trabajo y conexiones activas de agua, el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:
ICI = (ValorObtenido - ValorAnoBase) (ValorMetaGestion - ValorAnoBase) x100

(1) Categoria Comercial a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 30 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. b. Vigencia de Asignacion de consumo - La Asignacion de Consumo de 30 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 20 m3. B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 90° del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD1, o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 90° del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD2, o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el

Para el caso de la evaluacion de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividira el valor acumulado de las nuevas conexiones obtenido por la empresa en los anos previos al establecido para el incremento tarifario o al ano de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion, entre el valor acumulado previsto de esta Meta de Gestion en la presente resolucion para el mismo periodo.
ICI = ( # Nuevas Conex Obtenidasi / # Nuevas Conex Metai ) x100
i =1 i =1 n n

Para el caso de la evaluacion de la meta de actualizacion de catastro se procedera a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta.

ICI = ValorObtenido ValorMetaGestion x100
Este calculo de Indices de Cumplimiento Individual se realizara con respecto a las Metas de Gestion para el ano anterior al incremento tarifario. Si el ICI resulta mayor al 100%, se considerara un cumplimiento individual de 100%. De caso contrario, si el ICI resulta menor a 0%, se considerara un cumplimiento de 0%. II.- Incrementos Tarifarios La verificacion por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestion previstas en el ano

1 2

Publicado el 5 de Febrero de 2007 en el diario "El Peruano" Ibid