Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2008 (21/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2008

Setimo: Que, en Sesion Plenaria Ordinaria del Consejo Nacional de la Magistratura de 12 de junio de 2008, se acordo aprobar la Convocatoria N° 004­2008­CNM de los procesos de evaluacion y ratificacion, entre otros, del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la misma que fue publicada el 15 de junio de 2008. Siendo el periodo de evaluacion del magistrado desde el 6 de febrero de 1996 al 3 de setiembre de 2003, y desde su reingreso, el 2 de MORDAZA de 2007, a la fecha de conclusion del presente MORDAZA en que el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura sesiona para adoptar la decision final. Octavo: Que, conforme al articulo 146° inciso 3) de la Constitucion Politica del Peru, el Estado garantiza a los magistrados su permanencia en el servicio mientras observen conducta e idoneidad propias de su funcion. Bajo esta premisa, el Consejo Nacional de la Magistratura convoca a los jueces y fiscales de todos los niveles al MORDAZA de evaluacion y ratificacion, acorde con lo dispuesto por los articulos 29° y 30° de su Ley Organica N° 26397, y la Primera y MORDAZA Disposiciones Generales del Reglamento de Evaluacion y Ratificacion; a efectos de revisar y evaluar los parametros de conducta e idoneidad, observadas durante los siete anos computados desde su ingreso a la MORDAZA judicial o fiscal, con el objeto de determinar si corresponde renovarles o no la confianza en el cargo. Noveno: Que, siendo la naturaleza juridica del MORDAZA de evaluacion y ratificacion distinta a la de un MORDAZA disciplinario, el acto de renovar o no la confianza a un magistrado se fundamenta en la evaluacion de los parametros de conducta e idoneidad propias de su funcion; debiendo entenderse que la decision acerca de la permanencia en el ejercicio del cargo por otros siete anos, exige que el magistrado evidencie una conducta y actuacion caracterizadas por la verdad, lealtad, probidad, independencia, imparcialidad, diligencia, compromiso y dedicacion al trabajo funcional, decoro y rectitud, ademas de una capacitacion y actualizacion adecuadas, permanentes y constantes que denoten su calidad como magistrado; como tambien el fiel respeto y observancia a la Constitucion Politica del Peru y a las leyes de la Republica, todo lo cual persigue asegurar un desempeno acorde a las exigencias ciudadanas. Decimo: Que, concluidas las etapas del MORDAZA de evaluacion y ratificacion; habiendose entrevistado al evaluado en sesion publica llevada a cabo el 3 de setiembre de 2008, garantizandose el acceso previo al expediente e Informe final para su lectura respectiva, conforme al cronograma de actividades aprobado por el Consejo Nacional de la Magistratura, publicado el 22 de MORDAZA de 2008, y las actas de lectura de fojas 2139 y 2160, corresponde adoptar la decision final, con arreglo a lo dispuesto por los articulos 27° a 32° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico (Resolucion N° 1019­2005­CNM y sus modificatorias), concordante con el articulo 5° inciso 7 del Codigo Procesal Constitucional. Decimo Primero: Que, con relacion a la conducta del magistrado evaluado durante el periodo de evaluacion, de los documentos que forman el expediente de evaluacion y ratificacion se establece: a) Que, no registra antecedentes policiales, judiciales ni penales; b) Que, en su record de medidas disciplinarias registra solamente 4 apercibimientos, todos ellos referidos a asuntos de caracter jurisdiccional, por hechos que no revisten gravedad, a tenor de las resoluciones que obran en autos; c) Que, ante la Fiscalia Suprema de Control Interno del Ministerio Publico no registra quejas ni denuncias en su contra; d) Que, con relacion a las denuncias de participacion ciudadana, estas se refieren basicamente a cuestionar decisiones de caracter jurisdiccional, asi como su nombramiento como magistrado y el presunto favorecimiento a su hijo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los procesos que participa como abogado, advirtiendose que las imputaciones en su contra han sido absueltas a satisfaccion del Colegiado, asimismo que las denuncias presentadas carecen de medios probatorios y elementos objetivos que permitan acreditar las afirmaciones vertidas, debiendo senalarse que aquellas fueron materia de varias preguntas durante el acto de la entrevista personal, las mismas que fueron explicadas convincentemente por el evaluado. De otro lado, obran en su expediente de evaluacion escritos de apoyo suscritos por autoridades civiles, politicas y estudiantiles, que resaltan

sus meritos academicos y su trayectoria profesional, los cuales son valorados por este Colegiado con relacion a los demas parametros de evaluacion; e) Que, registra un MORDAZA judicial seguido con el Estado, referido a la accion de MORDAZA interpuesta contra el acto de su no ratificacion en el ano 2003, el mismo que a la fecha se encuentra archivado definitivamente; asimismo 4 acciones de MORDAZA interpuestas contra el Colegiado del cual forma parte, que han sido declaradas improcedentes; g) Que, en cuanto a su asistencia y puntualidad en el ejercicio de su funcion, de la informacion recabada se verifica que no registra tardanzas o ausencias injustificadas. Decimo Segundo: Que, respecto al patrimonio del doctor MORDAZA MORDAZA se desprende, de los documentos que obran en el expediente como sus declaraciones juradas y la informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y entidades del sistema financiero, que el magistrado es propietario de un inmueble ubicado en la Urbanizacion Ttio, Distrtio de Wanchaq, Provincia y Departamento del MORDAZA, que forma parte integrante de los bienes de la sociedad conyugal formada con su esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tamayo; asimismo, de dos vehiculos de placas PZ-2484 y RZ-5882, habiendo demostrado de sus declaraciones juradas obrantes en autos, asi como de la informacion sustentatoria del sistema financiero, solvencia suficiente y congruente que acreditan sus propiedades. El analisis de este rubro permite concluir que no se ha determinado un incremento desmesurado en su patrimonio, evidenciandose una situacion regular o compatible con sus ingresos y obligaciones, todo lo cual fue oportunamente declarado a su institucion. Decimo Tercero: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que cuente con capacidad para realizar bien su funcion de Vocal Superior, acorde con las delicadas responsabilidades inherentes al cargo. Decimo Cuarto: Que, en lo referente a la produccion jurisdiccional del evaluado, segun la informacion recibida del Poder Judicial, registra una produccion aceptable; observandose que durante la primera etapa de su periodo de evaluacion no se encuentra MORDAZA alguno pendiente de resolver; y, desde su reincorporacion denota una produccion MORDAZA en un promedio de 42 resoluciones por mes en el ano 2008. Decimo Quinto: Que, respecto a la calidad de sus resoluciones, el analisis formulado por el especialista califica diecisiete (17) como MORDAZA y solo uno (1) como deficiente, apreciandose en general un adecuado razonamiento y sustentacion de las decisiones, asi como claridad en la exposicion de los argumentos, lo que denota versacion del magistrado evaluado en los temas sujetos a su competencia, hecho que se encuentra corroborado con la absolucion satisfactoria a las diversas interrogantes formuladas en el acto de su entrevista personal, respecto de algunas de sus resoluciones y la tematica relacionada con ellas, por lo que este Colegiado considera que de manera integral este parametro de evaluacion se considere bueno; asimismo, cabe destacar que han sido evaluadas tres publicaciones de autoria del magistrado evaluado, que han merecido en dos casos la calificacion de buena y una aceptable. Decimo Sexto: Que, respecto a la capacitacion se ha verificado que el doctor MORDAZA MORDAZA, durante el periodo de evaluacion, acredita haber participado como ponente en 13 eventos academicos, 6 como panelista u organizador, y, como asistente en 27 certamenes, entre seminarios, congresos, conferencias, encuentro y cursos de caracter juridico; y 3 diplomados, fundamentalmente en temas de derecho procesal, y 16 cursos seguidos en la Academia de la Magistratura; asimismo, ha publicado articulos en un total de 3, en revistas y periodicos. Ademas, es egresado de la Maestria en Derecho con mencion en Docencia Universitaria de la Universidad San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, en este extremo de la evaluacion se recomienda al doctor MORDAZA MORDAZA desarrollar las acciones respectivas a fin de que opte satisfactoriamente el grado de magister; de otro lado, acredita haber sido declarado como apto para optar el grado de Doctor en Sociedad Democratica, Estado y Derecho, por el MORDAZA Examinador de la Universidad del MORDAZA Vasco ­ Espana; de