Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2008 (21/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2008

numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 46. AMANCO DEL PERU S.A. Mediante Resolucion N° 2982-2008-TC-S3 de 16.10.2008, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2671-2008-TCS3 de 22.09.2008, reformando el periodo de sancion de ocho (8) a seis (6) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 47. SISTELEC SERVICIOS S.A.C. Mediante Resolucion N° 3008-2008-TC-S3 de 17.10.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2735-2008-TCS3 de 26.09.2008, que le sanciona con tres (3) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 48. MORDAZA MACHINERY PARTS S.A.C. Mediante Resolucion N° 3009-2008-TC-S3 de 17.10.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2700-2008TC-S3 de 24.09.2008, que le sanciona con dieciseis (16) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 49. DISTRIBUIDORA MORDAZA MONCHRIST S.A.C. (DISCAMO S.A.C.) Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3018-2008-TC-S3 de 20.10.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 50. MORDAZA REPRESENTACIONES GENERALES E.I.R.L. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3020-2008-TC-S3 de 20.10.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 51. GLOBALINK TRAVEL SERVICE S.A.C. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3083.2008-TCS3 de 27.10.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 52. AISTEC SERVICIOS GENERALES S.R.L. Mediante Resolucion N° 3104-2008-TC-S3 de 28.10.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2755-2008-TC-S3 de 30.09.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

53. MORDAZA JOY MORDAZA MORDAZA Mediante Resolucion N° 3105-2008-TC-S3 de 28.10.2008, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2782-2008-TC-S3 de 30.09.2008, que le sanciona con once (11) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 54. CAJILIMA'S S.A.C. Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3106- 2008-TC-S3 de 28.10.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 55. AMERICANA GLOBAL SERVICIOS GENERALES S.A.C. Inhabilitacion por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3109- 2008-TCS3 de 28.10.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 56. SOLFARMA S.A.C. Mediante Resolucion N° 3153-2008-TC-S3 de 30.10.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2927-2008-TC-S3 de 14.10.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 57. GLOBALTEK PERU S.A.C. Mediante Resolucion N° 3160-2008-TC-S3 de 31.10.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2758-2008-TC-S3 de 30.09.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 58. CORPORACION INDUSTRIAL FERRETERIA LIRIOS S.A.C. (CIFL S.A.C.) Mediante Resolucion N° 3204-2008-TC-S3 de 04.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2957-2008-TC-S3 de 15.10.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 59. HIDROEQUIPOS DE SERVICIOS TECNICOS S.A. Mediante Resolucion N° 3205-2008-TC-S3 de 04.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2881-2008-TC-S3 de 09.10.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion de Plataforma ­ SEACE incorpore la relacion de inhabilitados