Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2008 (03/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

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27433, siempre que no exista impedimento legal para ello, debiendo tenerse presente que el titulo original indebidamente cancelado, y que le otorgo la invocada investidura, nunca perdio su validez, habiendo recuperado la plenitud de su vigencia; Que, el Juez del MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, mediante resolucion Nº 26 del 12 de marzo del 2008, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura para que reincorpore al demandante en el cargo de Juez Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica, debido a la desactivacion de los Juzgados de Tierras, en el que haga sus veces o en otro de igual o similar categoria, conforme al articulo 2º de la Ley Nº 27433, siempre que no exista impedimento legal para ello; Que, de la informacion remitida mediante Oficio Nº 4864-2007-SG-CS-PJ del 6 de junio del 2007, e informacion de la Gerencia de Personal y Escalafon del Poder Judicial, recibida via fax el 3 de los corrientes, se advierte que a la fecha no existe plaza vacante de Juez Especializado Civil de Ica, en el Distrito Judicial del mismo nombre; sin embargo, en el citado Distrito Judicial se encuentra vacante la plaza de Juez Especializado Civil de Pisco; por lo que, de conformidad con la sentencia del Tribunal Constitucional y a la facultad conferida por el articulo 2º de la Ley Nº 27433, corresponde reincorporarlo en dicha plaza y expedir el titulo correspondiente; Que, asimismo, conforme a lo dispuesto en la sentencia del Tribunal Constitucional, que el titulo indebidamente cancelado del demandante nunca perdio su validez y que ha recuperado su plena vigencia, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura cancelar el titulo expedido a favor del doctor MORDAZA MORDAZA Pantigozo, de Juez Titular del MORDAZA Juzgado de Tierras de la Corte Superior de Justicia de Ica; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion del 17 de MORDAZA del 2008; y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE:

Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia del 15 de noviembre del 2007, declaro fundada la demanda de MORDAZA, seguida por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaida en el Expediente Nº 01458-2007-PA/TC; en consecuencia, inaplicable al demandante la Resolucion Nº 292-2003-CNM del 3 de MORDAZA del 2003; ordenando su reincorporacion en el cargo de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ancash; Que, el Juez del Quincuagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante resolucion Nº 01 del 18 de marzo del 2008, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura el cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Constitucional; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º de la Resolucion Nº 037-2003-CNM del 19 de MORDAZA de 2003, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura declarar la vigencia del titulo que en su oportunidad le fuera expedido a favor del demandante; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion del 17 de MORDAZA del 2008, y de conformidad con las facultades conferidas por el 37° incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, recobrando vigencia su titulo de nombramiento. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 195459-2

Primero.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA PANTIGOZO, en el cargo de Juez Especializado Civil de MORDAZA del Distrito Judicial de Ica. Segundo.- Cancelar el titulo expedido a favor del doctor MORDAZA MORDAZA PANTIGOZO, de Juez Titular del MORDAZA Juzgado de Tierras de la Corte Superior de Justicia de Ica. Tercero.- Expedir el titulo a favor del doctor MORDAZA MORDAZA PANTIGOZO, de Juez Especializado Civil de MORDAZA del Distrito Judicial de Ica. Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 195459-1

Disponen expedir titulo de Juez del Juzgado de la Investigacion Preparatoria del Modulo Basico de Justicia de La MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 088-2008-CNM MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2008 VISTO: El Oficio Nº 2143-2008-CE-PJ, del 14 de MORDAZA del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la

Reincorporan a magistrado en el cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 086-2008-CNM MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2008 VISTO: La resolucion Nº 01 del 18 de marzo del 2008, expedida por el Juez del Quincuagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; y,