Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2005 (12/09/2005)
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TEXTO DE LA PÁGINA 27
MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2005
NORMAS LEGALES
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Visto, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional de fecha once de agosto del dos mil cinco, el Dictamen numero cero siete del dos mil cinco presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Social, por el cual recomiendan que se amplie el periodo de emergencia decretado mediante Ordenanza Regional para la MORDAZA de Vacunacion Antiamarilica de Prevencion Contra la Fiebre Amarilla en la Jurisdiccion del Gobierno Regional, hasta el veinte de setiembre del dos mil cinco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo expresan los articulos dos, cuatro y cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, mediante Ordenanza Regional numero cero uno del dos mil cinco - E-CR-GRH de fecha veinte de marzo del dos mil cinco Aprueban la Obligatoriedad en la MORDAZA de Vacunacion de la Fiebre Amarilla dentro de la Jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, a partir del uno (1) de MORDAZA hasta el treinta y uno (31) de MORDAZA del 2005; y advirtiendose que resulta necesario ampliar el periodo de declaratoria de emergencia, ya que si bien es MORDAZA se ha logrado vacunar a un noventa punto cero siete por ciento de la poblacion del departamento de MORDAZA, existiendo una diferencia de nueve punto tres por ciento que falta ser vacunado, por lo que es necesario que se amplie dicho periodo de emergencia a fin de que se cumpla con total exito la MORDAZA de vacunacion decretada; Que, conforme lo precisa el literal "a" y "c" del articulo cuarenta y nueve de la Ley Organica de Gobiernos, son funciones del Gobierno Regional en materia de salud, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, asi como de coordinar las acciones de salud integral en el ambito regional, dentro de este contexto es menester aprobar la emision de la MORDAZA regional correspondiente que amplie el periodo de la MORDAZA de Vacunacion de la Fiebre Amarilla dentro de la Jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, decretado mediante Ordenanza Regional numero cero uno del dos mil cinco E-CR-GRH, hasta el veinte de septiembre del dos mil cinco; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos quince, treinta y siete, y treinta y ocho de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ORDENA: Articulo Primero.- AMPLIAR el periodo de duracion de la MORDAZA DE VACUNACION DE LA FIEBRE AMARILLA DENTRO DE LA JURISDICCION DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, hasta el veinte (20) de septiembre del dos mil cinco, debiendo la Direccion Regional de Salud, de proceder conforme a los parametros senalados en la Ordenanza Regional numero cero uno del dos mil cinco - E - CR- GRH; en merito a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- PUBLICAR la presente ordenanza conforme a lo previsto en el articulo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 15479
GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan viaje de funcionarios a Costa Rica para asistir a audiencias del Caso Nº 12084-SITRAMUN, a realizarse en la Corte Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 763
MORDAZA, 8 de setiembre de 2005 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre de 2005, el Memorando Nº 803-2005-MML-GM de la Gerencia Municipal de fecha 8 de setiembre de 2005, mediante el cual solicita rectificacion de la Resolucion de Concejo Nº 713 de fecha 25 de agosto del ano en curso. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Concejo Nº 713, de fecha 25 de agosto del ano en curso, se autorizo el viaje de los funcionarios doctores MORDAZA MORDAZA FernandezDirectora General de la Oficina de Asuntos Juridicos y MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Procurador Publico Municipal, para que asistan los dias 20 y 21 de setiembre del ano en curso, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a las Audiencias del Caso Nº 12084-SITRAMUN, a realizarse en la MORDAZA de San MORDAZA de Costa Rica. Que, la citada Resolucion adolece de errores materiales en cuanto se refiere al periodo de estadia y montos de pasajes, viaticos e impuesto de salida al exterior, por lo que es necesario dejarla sin efecto en todos sus terminos, emitiendose una nueva Resolucion. De conformidad con el articulo 9º inciso 11) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESOLVIO: Articulo Primero.- Dejar sin efecto en todos sus terminos la Resolucion de Concejo Nº 713, de 25 de agosto de 2005. Articulo Segundo.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de San MORDAZA de Costa Rica, de los funcionarios doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Directora General de la Oficina de Asuntos Juridicos y MORDAZA MORDAZA Ruiz-Procurador Publico Municipal, para que asistan los dias 19 al 22 de setiembre del ano en curso, a las Audiencias del Caso Nº 12084-SITRAMUN a realizarse en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene como sede esa ciudad. Ar ticulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, afectandose al Centro de Costos de la Direccion General de Asuntos Juridicos y de la Procuraduria Publica Municipal, respectivamente, debiendo rendir cuenta documentada de acuerdo al siguiente detalle:
PASAJES VIATICOS NUMERO TOTAL TARIFA DE US$ POR DIA DE DIAS DE VIATICOS AEROPUERTO US$ US$ US$ Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr.Licurgo MORDAZA MORDAZA 930.16 930.16 200.00 200.00 2+1 2+1 600.00 600.00 28.24 28.24
Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derechos por liberacion de tributos aduaneros, cualquiera fuese su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 15625