Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2005 (12/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 12 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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comprobar la autenticidad de firmas y documentos de identidad de ciudadanos, de acuerdo al literal o) del articulo 7º de su Ley Organica Nº 26497, modificada por Ley Nº 27706; Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha realizado la verificacion de firmas de adherentes de la accion de inconstitucionalidad contra la Ordenanza Municipal Nº 001-2005-MDR-PM de la Municipalidad Distrital de Razuri, promovida por la ciudadana Marita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emitiendo dicho organismo el Certificado de Cotejo de Registro de Inscripcion Nº 0542005-GAE/RENIEC, suscrito por el Gerente de Actividades Electorales, precisando que dicha solicitud ha alcanzado noventa (90) registros validos de adherentes; El MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Poner en conocimiento del Tribunal Constitucional y de la ciudadana Marita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que el MORDAZA Nacional de Elecciones hace suya la certificacion de noventa (90) registros validos de adherentes, otorgada por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil en la accion de inconstitucionalidad contra la Ordenanza Municipal Nº 0012005-MDR-PM de la Municipalidad Distrital de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, promovida por dicha ciudadana, para los efectos del numeral 5) del articulo 203º de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 15628

Articulo Unico.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la organizacion politica nacional Union por el Peru - Frente Amplio, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Chapimarca, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgarsele la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 15629

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 865-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 17 de agosto de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1318-2005-GP/RENIEC, los Informes Nº 019 y 256-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nº 362 y 364-2005-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 902-2005-GAJ/RENIEC de fecha 3 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos REMIL MORDAZA MORDAZA o MORDAZA REMIL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARBULU o MORDAZA MORDAZA ARBULU y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ARUCUTIPA, obtuvieron Inscripcion en el Registro Provisional de Identidad, acreditando su identidad con declaracion jurada de dos testigos calificados y Par tida de Nacimiento, respectivamente; Que, los referidos ciudadanos realizaron dichas inscripciones en el Registro Provisional de Identidad, el cual fue creado al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 837, pudiendo inscribirse en el mencionado Registro, aquellos ciudadanos que carecieran de un documento de identidad como consecuencia de la desaparicion, destruccion o inhabilitacion de los Libros de Actas de las Oficinas de Registros de Estado Civil por hechos fortuitos o actos delictivos vinculados a la accion subversiva. Asimismo, dicha MORDAZA establece que el mismo no es de aplicacion para aquellos ciudadanos inscritos en el Registro Electoral del Peru; Que, posteriormente los ciudadanos REMIL MORDAZA MORDAZA o MORDAZA REMIL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARBULU o MORDAZA MORDAZA ARBULU y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ARUCUTIPA, solicitaron irregularmente tramites de inscripcion, para lo cual adjuntaron como documentos sustentatorios declaracion jurada de dos testigos calificados y Partida de Nacimiento correspondiente; Que, se establece la presuncion que los ciudadanos citados en el considerando precedente, obtuvieron sus

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Chapimarca
RESOLUCION Nº 248-2005-JNE
Exp. Nº 287-2005 MORDAZA, 8 de setiembre de 2005 VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ante la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA Nunez, del Concejo Distrital de Chapimarca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que mediante acta de sesion extraordinaria de fecha 29 de diciembre de 2004, de fojas 5, el Concejo Distrital de Chapimarca acordo declarar la vacancia del cargo de regidor que ejercia don MORDAZA MORDAZA Nunez, en virtud de lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que preve la vacancia de los cargos de MORDAZA y regidor en caso de muerte; Que con el acta de defuncion de fojas 4 se acredita que don MORDAZA MORDAZA Nunez fallecio el 5 de diciembre de 2004; Que conforme lo dispone el numeral 2 del articulo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia de Regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun acta de proclamacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Aymaraes-Antabamba, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2002; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;