Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2005 (25/11/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 25 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 304937

quien habria protagonizado un accidente de MORDAZA con el referido vehiculo, poniendo en riesgo el patrimonio del Poder Judicial; h) Ocultamiento de la denuncia formulada por el Vocal Superior Provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Vocal Superior Provisional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar dirigiendo un lobby dentro del Poder Judicial a favor del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, denuncia que no se encuentra registrada en los archivos de la Presidencia de la Corte ni en los registros de la secretaria de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Poder Judicial; i) No haber puesto en conocimiento del Ministerio Publico la comision del presunto delito cometido por el magistrado Fredy Vengoa MORDAZA y no haber ordenado que se MORDAZA investigacion disciplinaria contra el mismo por haber faltado a la verdad, en el MORDAZA disciplinario seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por supuestos cobros indebidos; j) Por haber efectuado pagos de honorarios por concepto de servicios de seguridad a su yerno, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con dinero que recibia del Estado por gastos operativos; k) Por haber contratado irregularmente a la menor de edad MORDAZA Oyarce MORDAZA para que trabaje como auxiliar administrativo, sin concurso publico y sin contar con autorizacion de la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial para cubrir dicha plaza y suscribir el contrato laboral; Que, con relacion al cargo contenido en el literal a), el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA afirma que, si bien designo a la CODICMA por Resolucion Administrativa Nº 010-2004-P-CSJMD/PJ, ello no significa que se hubiera desprendido totalmente de la responsabilidad por las investigaciones que se ordenaban, tanto mas que el Presidente de la CODICMA participo en la organizacion del affaire contra el juez MORDAZA MORDAZA, no quedando en el citado organo de control magistrados de nivel superior para investigar al juez procesado, por lo que asumio dicha investigacion, no con la finalidad de favorecer al doctor MORDAZA MORDAZA, sino con la finalidad de llegar a la verdad, fin supremo de la justicia; Que, el procesado, por Resolucion Administrativa Nº 010-2004-P-CSJMD/PJ de 20 de enero de 2004, cuya MORDAZA corre a fojas 97 y 98, establecio que los integrantes de la Comision de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, doctores MORDAZA Fredy MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Lechuga MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realizaran todas las acciones de control necesarias para la buena marcha institucional, disciplina y probidad, de acuerdo a la competencia que la ley concede; por Resolucion Administrativa Nº 066-2004-P-CSJMD/PJ, de 30 de marzo de 2004, obrante a fojas 100, dio por concluida la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del Juzgado Mixto de la provincia de MORDAZA, con sede en Huepetuhe; y, por Resolucion Nº 1 de 1 de MORDAZA de 2004, de fojas 1901, abrio MORDAZA disciplinario al juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las presuntas irregularidades que habia cometido; Que, la competencia es la capacidad o aptitud de un organo para ejercer una funcion con exclusion de otros organos, a fin de que los justiciables tengan el deber y el derecho de recibir justicia del organo especificamente predeterminado y no de otro; Que, de los medios probatorios MORDAZA expuestos se establece que el procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no obstante haber emitido la Resolucion Administrativa Nº 010-2004-P-CSJMD/PJ de 20 de enero de 2004, confiando a los integrantes de la Comision de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA las acciones de control para la buena marcha institucional, por resolucion Nº 1 de 1 de MORDAZA de 2004, abrio MORDAZA disciplinario de oficio al juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA, infringiendo flagrantemente la normativa sobre competencias contenida en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la OCMA, lo que le genera responsabilidad disciplinaria, por atentar gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial; Que, con relacion al cargo contenido en el literal b), el procesado sostiene que este es falso, porque no podia aplicar la medida cautelar de abstencion al juez MORDAZA MORDAZA, que es inconstitucional e ilegal, ademas de ser una aberracion juridica y linguistica; Que, la estrecha amistad existente entre el juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el vocal MORDAZA MORDAZA se acredita por el hecho de que los dos senalan el mismo domicilio real, en MORDAZA Cuzco 734, como consta de sus declaraciones

juradas de bienes, ingresos y rentas, las mismas que obran a fojas 1073 y a fojas 1075, respectivamente, y con la declaracion del vocal MORDAZA MORDAZA, corriente a fojas 47, ante el Jefe de la ODICMA de Puerto MORDAZA, en que reconoce ser amigo del juez MORDAZA MORDAZA, a quien dijo conocer desde hace aproximadamente quince anos; Que, el procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 30 de marzo del 2004, dio por concluida la designacion como magistrado de su amigo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para abrirle MORDAZA disciplinario el 1 de MORDAZA de 2004, con el fin de evitar imponerle la medida cautelar de abstencion en el cargo, por lo que ha incurrido en responsabilidad disciplinaria que compromete la dignidad del cargo; Que, en lo atinente al cargo imputado en el literal c), el doctor MORDAZA MORDAZA afirma que tambien es falso, porque el doctor MORDAZA MORDAZA jamas residio en su domicilio, sino en Huepetuhe, solicitandole su autorizacion para consignar su domicilio para efectos de presentar algunos documentos ante la administracion tributaria; ademas, precisa que compartir domicilio real es residir juntos en un inmueble, lo cual jamas sucedio, y que no entiende por que se le imputa haber descalificado las actuaciones del Ministerio Publico; Que, si bien no esta probado que el procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA compartian el mismo domicilio real, si lo esta que los dos, dado el grado de amistad que existia entre ellos, senalaron la misma direccion ubicada en el MORDAZA Cuzco Nº 734, para fines de MORDAZA de declaraciones juradas de bienes y rentas; Que, el procesado pone de manifiesto su interes de favorecer al inculpado MORDAZA MORDAZA, cuando afirma en su escrito de fojas 1222 que los cargos por corrupcion atribuidos al doctor MORDAZA MORDAZA son absolutamente falsos y que todo obedece a un complot urdido por el vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el congresista MORDAZA Salhuana Cavides; los mismos argumentos los reitera en su informe dirigido al Presidente de la Comision de Fiscalizacion del Congreso de la Republica que obra a fojas 1567; sin embargo, en los actuados obra el acta de intervencion de fecha 30 de marzo de 2004, suscrita por el Fiscal Adjunto Superior, MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y los comisionados de la Defensoria del Pueblo, que acredita indubitablemente que el juez MORDAZA MORDAZA recibio 500 nuevos soles del litigante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a lo que se suma la confesion sincera del juez MORDAZA MORDAZA admitiendo su responsabilidad; Que, el procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha infringido su deber de buscar la verdad y no tratar de desvirtuarla, al pretender descalificar al fiscal por su actuacion en la diligencia de intervencion del 30 de marzo del 2004, pretendiendo hacer creer que todo fue un complot contra su amigo, el juez MORDAZA MORDAZA, por lo que ha incurrido en responsabilidad disciplinaria; Que, en lo referido al cargo imputado en el literal d), el procesado senala que ha existido control suficiente y los problemas ocurridos entre los vocales MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA se han superado, y que fueron generados por este ultimo, Jefe de la CODICMA, siguiendo instrucciones del congresista Salhuana Cavides, quien es el interesado en que se le remueva del cargo por defender a las comunidades nativas y la ecologia, lo que choca con los intereses economicos del citado parlamentario; Que, el vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA manifesto en su declaracion, de fojas 4785, ante el Consejero Ponente de la Comision Permanente de Procesos Disciplinarios, que puso en conocimiento del Presidente de la Corte Superior de MORDAZA de MORDAZA, vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el enfrentamiento que tuvo con el vocal MORDAZA MORDAZA, el MORDAZA 25 de enero de 2004, por lo que el Presidente, el lunes a primera hora, les llamo la atencion, pidiendoles que se abstuvieran de este MORDAZA de hechos, exhortandolos a que el trabajo continue sin dificultad, lo que sucedio hasta la fecha en que se produjo su abstencion; Que, el vocal MORDAZA Fredy MORDAZA MORDAZA, sostuvo en su declaracion ante la OCMA, corriente a fojas 2627, realizada el 8 de junio de 2004, que comunico el incidente con el Vocal MORDAZA MORDAZA el mismo dia MORDAZA 25 de enero de 2004, al vocal MORDAZA MORDAZA, quien le recomendo que no hiciera ninguna denuncia porque se