Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2005 (25/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de noviembre de 2005

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Destituyen a magistrados por su actuacion como Presidente y Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA y Juez Mixto de Huepetuhe
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 043-2005-PCNM P.D. Nº 004-2005-CNM San MORDAZA, 19 de setiembre de 2005 VISTO; El MORDAZA disciplinario numero 004-2005-CNM, seguido contra los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Merime MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus actuaciones como Presidente y Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA y Juez Mixto de Huepetuhe, y el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 024-2005-PCNM, de 11 de MORDAZA de 2005, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario a los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de Dios; MORDAZA Merime MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Vocal Superior de dicha Corte; y, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez Mixto de Huepetuhe; Que, se imputa al juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, haber incurrido en inconducta funcional, al solicitar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA la suma de S/. 1,000.00 nuevos soles, en el MORDAZA penal que se les seguia por delito de lesiones, en agravio del menor MORDAZA Hilaquita Cuarite, quienes le habrian entregado la suma de S/. 500.00 nuevos soles como adelanto y posteriormente, el 30 de marzo de 2004, el saldo, momento en el cual intervino la Defensoria del Pueblo y el Ministerio Publico, encontrando en el bolsillo derecho de su pantalon la cantidad de S/. 500.00 nuevos soles, en billetes que previamente fueron fotocopiados y cuyos numeros de serie coincidieron con la relacion que aparece en el acta de intervencion fiscal; Que, segun refiere el procesado en su descargo, de 3 de junio de 2005, los inculpados MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se quejaron a la Defensoria del Pueblo de Puerto MORDAZA el 15 de marzo del 2004, aduciendo que les estaba pidiendo dinero, por lo que la Defensoria y el Presidente de CODICMA, Vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acordaron intervenir el Juzgado el 19 de marzo de 2004, pero no lo hicieron, porque alguien les aviso que en esa fecha el no estaria por ser su onomastico, realizandose la intervencion el 30 del indicado mes y ano, participando dos encargados de la Defensoria del Pueblo, el Fiscal Adjunto Superior de MORDAZA de MORDAZA y dos policias, pero no el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ha planificado estos hechos falsos para perjudicarlo, por haber dictado sentencia condenatoria en contra de su amigo MORDAZA Martinez; asimismo, indica que el doctor MORDAZA MORDAZA sabia que en el Juzgado Mixto de Huepetuhe se venden aranceles judiciales, cedulas, se reciben montos por conceptos de alimentos, cauciones y otros, por no existir agencia del Banco de la Nacion, siendo oneroso para los litigantes viajar a Puerto Maldonado; ademas, expresa que, como aparece de la declaracion de los dos policias, el dinero fue dejado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA encima del escritorio y solo las personas interesadas sostienen que se encontro en el bolsillo de su pantalon; Que, el procesado agrega que el Fiscal Adjunto Superior y los Comisionados de la Defensoria del Pueblo

han mentido al consignar en el acta de intervencion supuestos cobros de dinero para favorecer a los inculpados MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que dicha intervencion fue orquestada por el ex Vocal MORDAZA MORDAZA, los representantes de la Defensoria del Pueblo y el Fiscal Adjunto Superior, haciendo aparecer como que todo se ideo el mismo dia 30 de marzo de 2004, fecha en que se produjo la intervencion; asimismo, expresa que los denunciantes han sostenido que los billetes fueron fotocopiados al lado de la oficina de la Defensoria, cuando dicha entidad no tiene oficina en Huepetuhe, por lo que, segun el, el fotocopiado de los billetes se habria producido en Puerto Maldonado; Que, el doctor MORDAZA MORDAZA manifiesta que el oficio de 19 de marzo de 2004, dirigido al Fiscal Superior, esta firmado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Defensoria del Pueblo en Puerto MORDAZA, quien no se encontraba en Huepetuhe el dia de la intervencion; ademas, sostiene que el Comisionado de la Defensoria, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha manifestado que es en Puerto MORDAZA donde los quejosos se presentaron denunciandolo por el supuesto cobro de dinero y no en Huepetuhe, como indica el Fiscal Superior Adjunto, y que no MORDAZA el acta de intervencion, habiendo senalado en la misma que el dinero no fue encontrado en el bolsillo de su pantalon; Que, de las pruebas que obran en el expediente se aprecia que si bien los policias Memory MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sus declaraciones prestadas ante la Fiscalia Mixta de Huepetuhe, obrantes a fojas 146 y 147, senalan que al momento de ingresar observaron una cantidad de dinero puesta sobre la mesa, tambien es verdad que el policia MORDAZA MORDAZA dijo que ingreso en ultimo lugar al despacho del juez, por haberse demorado en su traslado, en vista que se encontraban en pleno servicio policial; Que, el representante de la Defensoria del Pueblo de MORDAZA de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su declaracion ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, corriente de fojas 34 a 36, manifiesta que estuvo presente en el operativo en su condicion de comisionado de la Defensoria del Pueblo, y pudo presenciar la intervencion efectuada al juez MORDAZA MORDAZA en flagrancia, no solo de inconducta funcional sino tambien de delito de corrupcion de funcionario, y que en dicho operativo el representante del Ministerio Publico conmino al doctor MORDAZA MORDAZA para que sacara el dinero que momentos MORDAZA el litigante MORDAZA MORDAZA le habia entregado, por lo cual el citado magistrado introdujo la mano derecha en el bolsillo derecho de su pantalon MORDAZA MORDAZA, extrayendo un fajo de billetes que arrojo en el escritorio de su despacho; Que, el representante de la Defensoria del Pueblo, don Guimo MORDAZA MORDAZA Munoz, quien tambien se encontraba presente en la intervencion de 30 de marzo de 2004, sostuvo en su manifestacion ante la OCMA, obrante a fojas 38 y 39, que estuvo presente en dicho operativo, presenciando que el juez MORDAZA MORDAZA extrajo del bolsillo derecho de su pantalon color MORDAZA MORDAZA un fajo de billetes y lo arrojo encima de su escritorio; Que, en el acta de intervencion, corriente de fojas 122 a 124, consta que el 30 de marzo de 2004 se realizo un operativo en el Juzgado Mixto de Huepetuhe, con la intervencion de los miembros de la Policia Nacional, el representante del Ministerio Publico, los denunciantes y los comisionados de la Defensoria del Pueblo, encontrandose en el bolsillo derecho del pantalon del juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA la cantidad de S/. 500.00 nuevos soles, que el procesado tiro al costado del banderin nacional, pretendiendo negar haberlo recibido, pese a haber sido visto por los intervinientes; Que, de fojas 4081 a 4085, obra MORDAZA certificada del acta de ampliacion de la declaracion instructiva del juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA seguido en su contra por el delito de corrupcion de funcionarios y otro, en agravio del Estado, en la que, prestando confesion sincera, MORDAZA que los primeros dias del mes de febrero se apersono a su despacho MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, indagando sobre el MORDAZA seguido en su contra, en el que se habia abierto instruccion con mandato de comparecencia y dispuesto el pago de una caucion de S/. 500.00 nuevos soles, momento en que le