Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2004 (06/07/2004)


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TITULO V

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2004

OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL CAPITULO I DURACION DEL MANDATO Articulo 43º.- Vigencia del mandato.Los representantes de la sociedad civil son elegidos por un periodo de dos (2) anos, contados desde la fecha de la instalacion del respectivo Consejo de Coordinacion Local. En caso de vacancia de un representante de la sociedad civil, se incorporara al Consejo de Coordinacion Local, mediante designacion por Resolucion de Alcaldia, al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final. Dicha designacion sera hasta completar el periodo correspondiente. CAPITULO II OBLIGACIONES Y DERECHOS Articulo 44º.- Obligaciones.Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local se encuentran obligados a: a) Asistir a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias. b) Coordinar con sus representados las propuestas que se presentaran en el Consejo. c) Coordinar entre si para informar de las propuestas u opiniones que se presentaran en las sesiones y concertar propuestas conjuntas. d) Presentar al Consejo, las propuestas concertadas efectuadas por las organizaciones a la que representan. e) Presentar colectivamente informes anuales sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato conferido. f) Otras que establezca el Reglamento Interno del Consejo. Articulo 45º.- Derechos.Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local tienen derecho a: a) Convocar a los representantes de las organizaciones de la sociedad civil a reuniones de coordinacion e informacion. b) Solicitar y recibir informacion de la Municipalidad en temas relacionados con el ejercicio de sus funciones. c) Presentar su renuncia ante el Consejo, a seguir ejerciendo el mandato de representacion conferido. d) Otros que establezca el Reglamento Interno del Consejo. CAPITULO III VACANCIA Articulo 46º.- Causales de vacancia.El cargo de representante de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local, vaca por las siguientes causales: a) Muerte. b) Renuncia. c) Incapacidad fisica o mental permanente que impida el desempeno de sus funciones. d) Cambio de domicilio fuera del distrito. e) Condena judicial consentida o ejecutoriada por delito doloso. f) Inasistencia injustificada a dos sesiones ordinarias consecutivas o no consecutivas. g) Por sobrevenir alguno de los impedimentos establecidos en los articulos 29º y 30º del presente Reglamento, despues de la eleccion.

Articulo 47º.- Procedimiento.El Consejo de Coordinacion Local resolvera los pedidos de vacancia en una Sesion expresamente convocada para tal fin. La resolucion que se expida es inapelable. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES: Primera.- Incorporar en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, el procedimiento de inscripcion en el Libro de Registros de Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de San Isidro. Segunda.- Por unica vez, las organizaciones vecinales podran solicitar su inscripcion en el Libro de Registros de organizaciones de la sociedad civil del distrito de San MORDAZA sin acreditar el requisito de los 3 anos de actividad institucional, siempre y cuando sus representantes hayan sido elegidos democraticamente por acto electoral convocado por la Municipalidad. Tercera.- Dentro del plazo MORDAZA de 15 dias de publicada la presente Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldia debera efectuarse la primera convocatoria de elecciones de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local del distrito de San MORDAZA, la cual debera contemplar un plazo no mayor de 45 dias calendario entre la convocatoria y la fecha de eleccion. Cuarta.- El primer Consejo de Coordinacion Local del distrito de San MORDAZA sera convocado por el MORDAZA en un plazo no mayor de 10 dias habiles despues de haber sido elegidos los representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local del distrito de San Isidro. 12559

Autorizan viaje de MORDAZA, regidor y funcionarios a Ecuador para participar en la Feria de Gobernabilidad Local "Experiencia Guayaquil - Modelos de Soluciones para Servicios Eficientes"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2004-MSI

San MORDAZA, 30 de junio de 2004 EL CONCEJO DE SAN MORDAZA Vistos, en Sesion Ordinaria de la fecha, la Carta 06387704, del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, mediante la cual comunican que entre el 7 y 9 de MORDAZA de 2004, se llevara a cabo la Feria de Gobernabilidad Local "Experiencia Guayaquil - Modelos de Soluciones para Servicios Eficientes", en la MORDAZA de Guayaquil- Ecuador; y CONSIDERANDO: Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - UNDP, ha distinguido a la MORDAZA de Guayaquil al reconocerla oficialmente como una experiencia exitosa en gobernabilidad y desarrollo local en el ambito latinoamericano, durante los ultimos doce anos, destacandose especialmente en Regeneracion MORDAZA, Accion Social, Eficiencia Institucional y Movilidad; Que, dicho evento promovera la celebracion de acuerdos de cooperacion internacional entre ciudades y otras partes interesadas, con miras a fortalecer lazos de cooperacion y redes de conocimiento aplicado en toda Latinoamerica; Que, en tal sentido resulta conveniente considerar la participacion de la Municipalidad de San MORDAZA en el citado evento, habida cuenta que los mismos trataran temas relacionados al quehacer municipal, desde la optica corporativa, con lo cual se fortalece la institucionalidad de la