Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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Otorgan permiso de operacion provisional aAERO CONTINENTE S.A. para prestar servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 093-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 18 de junio del 2001 Vista la solicitud de AERO CONTINENTE S.A. sobre Permiso de Operacion Provisional para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 072-98-MTC/ 15.16 del 12 de junio de 1998, modificada por Resolucion Directoral Nº 106-99-MTC/15.16 del 23 de junio de 1999, Resolucion Directoral Nº 120-99-MTC/15.16 del 16 de MORDAZA de 1999 y Resolucion Directoral Nº 232-99-MTC/ 15.16 del 10 de noviembre de 1999, se otorgo a AERO CONTINENTE S.A., Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cinco (5) anos; Que, con Documento de Registro Nº 2000-002262 del 8 de noviembre del 2000, MORDAZA con Documentos de Registros Nº 018451 del 13 de diciembre del 2000 y 001516 del 10 de enero del 2001, solicita la Modificacion del Permiso de Operacion otorgado, en el sentido de ampliar las rutas y frecuencias a ser servidas, adicionales a las que le fueron otorgadas. Posteriormente, con Documentos de Registros Nºs. 005729, 007278, 2001-003275, 2001-003879, 019157, 2001-004278 del 2 de febrero del 2001, 12 de febrero del 2001, 28 de marzo del 2001, 17 de MORDAZA del 2001, 24 de MORDAZA del 2001 y 30 de MORDAZA del 2001 respectivamente, amplio su pedido de Modificacion del Permiso de Operacion, en el mismo sentido; Que, con Memorandum Nº 0331-2000-MTC/15.16.02 emitido por la Oficina de Asesoria Legal, Memorandum Nº 241-2001-MTC/15.16.07 emitido por la Direccion de Infraestructura Aeroportuaria, Memorandum Nº 5372000-MTC/15.16.06 y Memorandum Nº 542-2000-MTC/ 15.16.06 emitidos por la Direccion de Seguridad Aerea, Memorandum Nº 508-2000-MTC/15.16.05.2 y Memorandum Nº 559-2000-MTC/15.16.05.3 emitidos por la Subdireccion de Aeronavegabilidad y Subdireccion de Operaciones, respectivamente; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, Decreto Supremo Nº 054-88-TC y sus modificatorias; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, con Documento de Registro Nº 022963 del 17 de MORDAZA de 2001, AERO CONTINENTE S.A. requiere se le conceda Permiso de Operacion Provisional para la prestacion del servicio contenido en su solicitud de modificacion de su Permiso de Operacion, respecto de las rutas y frecuencias que no han sido materia de oposicion por otras lineas aereas; Que, AERO CONTINENTE S.A. cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aereos Nº 002 y sus Especificaciones de Operacion - OSPECS respectivas; Que, la Administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, el Estado viendo la necesidad de atender la demanda aerocomercial y a la vez cubrir las exigencias de los usuarios del servicio de transporte aereo, estima conveniente disponer con caracter provisional determinados derechos aerocomerciales; Que, de acuerdo a la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, se mantiene en vigencia el Reglamento de la derogada Ley Nº 24882, D.S. Nº 054-88-TC, cuyo Articulo 171º permite el otorgamiento de Permisos de Operacion Provisionales para Servicios de Transporte Aereo, a peticion expresa del solicitante y cuando MORDAZA cumplido con acreditar la

capacidad legal, capacidad tecnica y capacidad financiera, tal como es el presente caso; De conformidad con la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 054-88-TC; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AERO CONTINENTE S.A., Permiso de Operacion Provisional por el plazo de un (1) ano para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, contado a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, bajo las siguientes condiciones: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: FOKKER 28-MK 1000. BOEING 727-100. BOEING 737-100. BOEING 737-200.

BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" MORDAZA Callao. SUBBASE DE OPERACIONES: Aeropuerto Aeropuerto Aeropuerto Aeropuerto Aeropuerto Aeropuerto Aeropuerto de de de de de de de Arequipa. Cusco. Chiclayo. Iquitos. Pucallpa. Tacna. Tumbes.

RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: A. ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA: - De conformidad con lo senalado en el Acapite B de la Seccion 1 del Anexo I del "Acuerdo de Transporte Aereo" celebrado entre el Gobierno del Peru y el de los Estados Unidos de MORDAZA, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA Y MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MIAMI y/o FORT LAUDERDALE y/o NUEVA MORDAZA y/o LOS MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - MIAMI y/o FORT LAUDERDALE y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - NUEVA MORDAZA y/o LOS MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA - MIAMI y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - MORDAZA y/o GUAYAQUIL - MIAMI y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - PANAMA y/o MANAGUA y/o TEGUCIGALPA y/o SAN MORDAZA DE COSTA RICA y/o SAN MORDAZA DE PUERTO RICO y/o MANAGUA y/o GUATEMALA y/o SAN MORDAZA y/o LA HABANA y/o PUERTO MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA y/o KINGSTON y/o BELICE y/o NASSAU - MIAMI y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - CARACAS - NUEVA MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - CARACAS - MIAMI y vv., con siete (7) frecuencias semanales. - MORDAZA - PANAMA y/o TEGUCIGALPA - MIAMI y vv., con siete (7) frecuencias semanales.