Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 25511

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001

Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra servidores del FONCODES por presuntas irregularidades en la construccion del MORDAZA peatonal Carapongo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2001-PRES MORDAZA, 13 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 461-2001-CG/DC, de la Contralora General de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, producto de una Accion de Control Programada en el Plan Anual de Auditoria de la Gerencia de Control de Proyectos de Inversion de la Contraloria General de la Republica, se emite el Informe Especial Nº 03-2001-CGB320, "Examen Especial al Fondo de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES", el cual buscaba determinar si los recursos asignados al FONCODES para atender el Subprograma de Inversion Social, habian sido utilizados conforme a los planes y objetivos previstos y en concordancia de la normatividad aplicable; Que, el Informe Especial citado en el parrafo precedente fue elaborado con sujecion a las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas - NAGAS, MORDAZA de Auditoria Gubernamental - NAGU y el Manual de Auditoria Gubernamental - MAGU; Que, la accion de control comprendio la revision y analisis de la informacion y documentacion existentes en los archivos de FONCODES generados por el otorgamiento de financiamiento para proyectos de inversion social solicitados por la comunidad a traves de los denominados Nucleos Ejecutores, asi como la inspeccion fisica de las obras, revision de la consistencia del expediente tecnico, revision de desembolsos efectuados para la ejecucion de obra durante el periodo enero de 1997 a diciembre de 2000; Que, en tal sentido, se establecio que la estructura del MORDAZA peatonal Carapongo, situado sobre el rio MORDAZA a la altura del kilometro 14 de la Carretera Central, cuyo costo a precios de setiembre de 1992 ascendio a S/. 142 100,00, colapso debido entre otros, a que el Expediente Tecnico que lo sustenta carece de estudios basicos, tales como suelos, geotecnicos, hidraulicos e hidrologicos, lo que no ha permitido contar con informacion suficiente para definir el nivel de socavacion, su ubicacion, el MORDAZA de estructura, la profundidad de cimentacion y la definicion de obras complementarias como defensas riberenas; Que, en merito a lo expuesto en el Informe Especial Nº 03-2001-CG-B320, se puede inferir que los presuntos responsables por los hechos descubiertos son: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Evaluador de la Gerencia de Programas y Proyectos; Ing. MORDAZA Sahuinco MORDAZA, Evaluador Interno de la Gerencia de Programas y Proyectos; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Evaluadora I; Ing. MORDAZA MORDAZA Martijena, Gerente de Programas y Proyectos; e Ing. Eddy Scipion Pinella, Inspector de Obra; Que, de conformidad con lo prescrito por el Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162, los Informes y/o Dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones legales a que hubiere lugar; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con la Ley Nº 17537 de Representacion de Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667;

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por los hechos y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Publico del Sector, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 25512

Autorizan a procurador iniciar acciones correspondientes contra empresas por presuntas deficiencias de construccion del Estadio San MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 212-2001-PRES MORDAZA, 13 de junio del 2001 Visto el Informe Nº 007-00/PRES-IG de la Oficina de Auditoria General y el Informe Nº 040-2001/PRES/OGA de la Direccion General de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, por disposicion de la Alta Direccion del Ministerio de la Presidencia, la Inspectoria General del Sector practico una accion de control a la Obra "Estadio San MORDAZA I, II, III y IV Etapa", encaminada a precisar si las deficiencias de construccion presentadas en las estructuras de los modulos de servicios higienicos, palco presidencial y pavimentacion, se deben a causa del Estudio efectuado o a las deficiencias en el procedimiento constructivo, producto de lo cual se emitio el Informe Nº 007-00/ PRES-IG; Que, dicho Informe se llevo a cabo de conformidad con las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas NAGA, Normas de Auditoria Gubernamental y disposiciones legales aplicables; Que, conforme el punto II del referido Informe se ha determinado que las deficiencias tecnicas y fallas, presentadas en los modulos de servicios higienicos, palco presidencial, grietas en el pavimento asfaltico han sido producidas durante el MORDAZA constructivo, debido entre otros a la falta de compactacion de suelos, obteniendose resultados muy por debajo del minimo establecido para garantizar la estabilidad de la superficie; Que, de conformidad con el numeral 3 y 4 del punto IV del Informe en mencion se recomienda a la Direccion General de Administracion disponer las acciones administrativas y, de ser el caso, legales para cuantificar la refaccion de las deficiencias tecnicas y obras no ejecutadas por la firma Corporacion de Ingenieria Civil S.A. (CICSA) durante la realizacion de la II Etapa, consideradas en el Expediente Tecnico de la IV Etapa; asi como disponer las acciones administrativas y, de ser el caso, legales para que el Servicio de Ingenieria del Ejercito efectue la subsanacion de las observaciones presentadas en el pavimento asfaltico del area de circulacion exterior; Que, con la finalidad de aplicar las recomendaciones 3 y 4 se solicito a la Universidad Nacional de Ingenieria, remita a la Direccion General de Administracion, el presupuesto del "Acondicionamiento de obras del Estadio Olimpico de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA - IV Etapa", fraccionado por sectores y metas, debido a que en esta etapa se refacciono las deficiencias tecnicas de las obras que se ejecutaron en las etapas I, II y III, con la finalidad de contar con un instrumento tecnico que permita visualizar el costo por cada meta ejecutada en la IV Etapa;