Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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l) Coordinar con los demas Ministerios, gobiernos locales, regionales, y organismos nacionales e internacionales, las acciones correspondientes al Sector; m) Aprobar y suscribir convenios y contratos relativos al Sector, de conformidad con las normas legales vigentes; n) Delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su cargo de Ministro de Estado; y, o) Ejercer las demas funciones y atribuciones inherentes a su cargo de Ministro de Estado. DEL DESPACHO VICEMINISTERIAL Articulo 11º.- El Viceministro es la autoridad inmediata al Ministro, formula, dirige y ejecuta por encargo de este la politica sectorial. Dirige, coordina y supervisa las actividades de los organos de linea del Ministerio de Justicia y de la Secretaria Tecnica de Conciliacion; asi como orienta y supervisa las actividades de los Organismos Publicos Descentralizados del Sector, de conformidad con las directivas senaladas por el Ministro. Articulo 12º.- Son funciones del Viceministro: a) Dirigir, coordinar, controlar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las politicas sectoriales y emitir disposiciones y directivas para su cumplimiento; b) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, de los organos de linea y de los Consejos y Comisiones del Ministerio; orientar y supervisar las actividades de los Organismos Publicos Descentralizados del Sector; c) Informar al Ministro sobre las actividades del Sector; d) Expedir resoluciones viceministeriales en asuntos administrativos de su competencia; e) Coordinar con la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros y con la Secretaria del Consejo de Ministros sobre proyectos de normas legales vinculados al Sector; f) Someter a consideracion del Ministro los planes, programas y proyectos de los Organismos Publicos Descentralizados del Sector; y, g) Las demas que le asigne el Ministro y las que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. DE LA SECRETARIA GENERAL Articulo 13º.- El Secretario General colabora directamente con el Ministro y Viceministro en las tareas tecnico-administrativas del Sector, dirige, coordina y supervisa, las actividades de los organos de asesoramiento y apoyo del Ministerio; y ejecuta las acciones que se le encomiende. Articulo 14º.- Son funciones del Secretario General: a) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de los organos de asesoramiento y apoyo del Ministerio de Justicia; b) Someter a consideracion del Ministro los planes administrativos, financieros y tecnologicos que requieran su aprobacion; c) Proponer las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de los organos que conforman el Ministerio; d) Coordinar y supervisar la administracion de los recursos presupuestales; e) Administrar el registro, publicacion y archivo de la documentacion oficial y dispositivos legales que emanen del Ministerio; f) Coordinar con otros organismos de la Administracion Publica y Privada los asuntos que esten dentro de su competencia; g) Coordinar con las autoridades de los Organismos Publicos Descentralizados del Sector las acciones delegadas. h) Coordinar con el Viceministro las acciones del Despacho Ministerial; i) Expedir resoluciones de Secretaria General en materias de su competencia o en aquella que le MORDAZA sido delegada;

j) Emitir comunicados oficiales de los organos del Ministerio, asi como coordinar y supervisar los que emitan los organismos publicos descentralizados del Sector; k) Autenticar las copias de las resoluciones del Ministerio y en su caso suscribir las transcripciones oficiales; y, l) Las demas funciones que le asignen el Ministro y Viceministro. DE LA ASESORIA TECNICA Articulo 15º.- La Asesoria Tecnica es el organo encargado de asesorar a la Alta Direccion en asuntos de caracter tecnico-legal; elaborar informes y emitir opinion en materias que esta le encomiende. Esta integrada por asesores especializados. Cuenta con un Jefe de Gabinete, quien se desempenara como coordinador de los asesores de la Alta Direccion. Articulo 16º.- Son funciones de la Asesoria Tecnica: a) Elaborar informes, opiniones y recomendaciones en asuntos que MORDAZA puestos a su consideracion; b) Formular los proyectos de normas que le encomiende la Alta Direccion; c) Analizar y opinar sobre las politicas del Sector; d) Preparar los documentos tecnicos necesarios que requiera la Alta Direccion; e) Coordinar la participacion de sus asesores en representacion del Ministerio de Justicia, en las comisiones que la Alta Direccion disponga; y, f) Las demas funciones que le asigne la Alta Direccion. CAPITULO III DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS DE LA COMISION CONSULTIVA DE JUSTICIA Articulo 17º.- La Comision Consultiva de Justicia es la encargada de emitir opiniones, recomendaciones y proyectos con caracter ilustrativo y confidencial al Ministro de Justicia quien la preside; estara integrada por no menos de seis ni mas de doce miembros. Sus integrantes seran profesionales o especialistas de reconocida capacidad y experiencia. Los cargos son honorarios y de confianza y no inhabilitan para el desempeno de ninguna funcion o actividad publica o privada. Articulo 18º.- Son funciones de la Comision Consultiva de Justicia: a) Emitir opinion en los asuntos que le MORDAZA solicitados por el Ministro; b) Informar al Ministro sobre las misiones encomendadas; c) Elaborar los proyectos de dispositivos legales que le MORDAZA encomendados; d) Proponer al Ministro las medidas legislativas y las acciones de politica sectorial que juzgue conveniente; e) Aprobar su reglamento interno; y, f) Las demas funciones que le asigne el Ministro. DEL COMITE EJECUTIVO DEL SECTOR JUSTICIA Articulo 19º.- El Comite Ejecutivo del Sector Justicia es el organo encargado de coordinar, analizar y proponer alternativas de solucion a la problematica institucional de los Organismos Publicos Descentralizados del Sector Justicia. Esta conformado por: - El Viceministro de Justicia, quien lo preside. - El Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario. - El Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. - El Jefe del Archivo General de la Nacion. - El Jefe del Registro Predial Urbano. - El Coordinador Nacional de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal.