Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2001 (20/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2001
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 207-2001-PRES MORDAZA, 11 de junio del 2001

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 309-2001-GG-PRES-INFES, del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y el Informe Nº 3202001-AL-PRES-INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, suscrito el 18 de noviembre de 1996, el INFES contrato con la empresa SPEED SERVICE CONTRATISTAS GENERALES S.A. para la ejecucion de las obras de infraestructura en el Instituto Superior Tecnologico "Max Planck", ubicado en el distrito y provincia de Ambo, departamento de MORDAZA, materia de la Licitacion Publica Nº 082-96-PRES-INFES, por un monto ascendente a S/. 576 760,91, a ejecutarse dentro del plazo de 162 dias calendario; Que, por Resolucion de Gerencia General Nº 14491998-PRES-INFES del 22 de diciembre de 1998, se aprobo la liquidacion final del contrato, estableciendose un saldo deudor a cargo de la Contratista de S/. 5 225,25, derivado de la aplicacion de la multa, prevista contractualmente, por atraso en la entrega de la obra, y por pagos efectuados en exceso, los que fueron compensados en parte, con el Fondo de Garantia, quedando como remanente el citado saldo deudor; Que, del Informe Nº 320-2001-AL-PRES.INFES se desprende que la responsabilidad de la Contratista esta acreditada, considerando el Informe Nº 518-98-GO-ULPRES-INFES, Liquidacion del contrato en el que se aprecia que existio un atraso de 64 dias calendario en la entrega de la obra a los que se sumaron 250 dias calendario por el atraso en subsanar las observaciones formuladas por la Comision de Recepcion, aplicandose en dicho caso lo dispuesto en el 5.11.4 del RULCOP, vigente a la fecha de celebracion del contrato, que determina que el monto total de la multa no excedera del 5 por ciento del monto del contrato vigente y lo dispuesto en la Clausula 6.0 Del Plazo, numeral 6.2 del Contrato de Obra; Que el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, notifico la Resolucion de Gerencia General Nº 1449-1998-PRES-INFES a la empresa SPEED SERVICE CONTRATISTAS GENERALES S.A., mediante Oficio Nº 070-1999-GO-PRES-INFES del 8 de enero de 1999, habiendo sido recepcionada el 13 del mismo mes y ano, segun cargo de recepcion, sin que MORDAZA sido materia de impugnacion, por lo que ha quedado consentida; Que, en atencion a los considerandos precedentes es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judiciales que correspondan contra la empresa SPEED SERVICE CONTRATISTAS GENERALES S.A. quien tuvo a cargo la ejecucion de las obras de infraestructura en el Instituto Superior Tecnologico "Max Planck"; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738; Con la visacion del Viceministro de Infraestructura y la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de la Presidencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos del caso al Procurador Publico mencionado, para los fines a los que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 25554

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de ocasionar danos economicos a la Direccion Regional de Pesqueria La MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 209-2001-PRES MORDAZA, 13 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 401-2001-PRE de la Presidencia Ejecutiva del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR La MORDAZA, el Informe Legal Nº 0882001-ST.GARJ/SGAJ, y el Informe Especial Legal Nº 004-2000-CTAR-LL/GRCI/NWPR, que contiene el Examen a la Direccion Regional de Pesqueria La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Especial Legal Nº 0042000-CTAR-LL/GRCI/NWPR, del 16 de junio de 2000, que contiene el Examen a la Direccion Regional de Pesqueria - La MORDAZA, se senala en el numeral 1) que al personal de la DIREPE-LL durante el ano de 1997, se le efectuo el pago de viaticos por comisiones de servicios, efectuados en los mismos dias de asistencia a su centro de labores en la Sede de Pesqueria por un monto de S/. 1 397,08; en el numeral 2) se indica que al personal de la DIREPE-LL, se le pago viaticos por concepto de comisiones de servicios, por labores ejecutadas en los mismos dias de asistencia a su centro de labores por el monto de S/. 625,50, y en el numeral 3) se establece que al funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la DIREPE-LL, se le efectuo duplicidad en pagos por comision de servicios del 21 hasta el 24 de agosto de 1991, generandose un pago indebido por un monto de S/. 361,35; Que, se ha establecido que los servidores y funcionarios que se encuentran involucrados en dicho Informe de Control deben asumir Responsabilidad Civil por haber ocasionado dano economico a la Direccion Regional de Pesqueria La MORDAZA, siendo exigible a estos la obligacion de resarcir los danos y perjuicios; Que, con Oficio Nº 537-2000-ST/GRAJ y Oficio Nº 6242000-ST/GRAJ dirigidos a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se solicito la devolucion de S/. 414,00 y S/. 361,35 (Cuatrocientos catorce y 00/1000 Nuevos Soles) y (Trescientos Sesenta y Uno y 35/100 Nuevos Soles), respectivamente; Que, por Oficio Nº 248-2001-ST-GRAJ del 29 de marzo de 2001 la Gerencia Regional de Asesoria Juridica solicito a la Subgerencia de Contabilidad y Tesoreria del CTAR la MORDAZA, que se informe si don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha cumplido en devolver la suma solicitada en los Oficios Nºs. 537-2000-ST/GRAJ y 624-2000-ST/GRAJ; Que, del Oficio Nº 131-2001-GRA/SGCONT, se desprende que de los funcionarios mencionados en el tercer considerando, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA es el unico funcionario que no ha cumplido con depositar suma alguna en la Oficina de Tesoreria del CTAR La Libertad; Que, resulta necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el funcionario anteriormente mencionado; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y el Decreto Supremo Nº 01196-PRES del 2 de MORDAZA de 1996; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines a los que se contrae la presente Resolucion.