Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2001 (11/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2001

enlaces de comunicacion dedicados, no conmutados y, eventualmente, aquellos que permiten tener un ancho de banda flexible (circuitos virtuales), se han considerado los siguientes indicadores: Tasa de cumplimiento de fechas de instalacion. Este indicador mide el grado de cumplimiento que el operador ha alcanzado en los compromisos adquiridos con el usuario para la instalacion del circuito en una fecha o plazo determinado. Permite al usuario conocer los perfiles de cumplimiento de plazos de instalacion de los diferentes operadores que brindan el servicio. Tasa de averias. Este indicador mide en porcentaje, el promedio de averias reportadas durante el periodo de observacion. Muestra, en cierta medida, el grado de confiabilidad de la infraestructura de red que utiliza el arrendador para brindar el servicio. Tiempo medio de reparacion de averias. Este indicador mide el tiempo medio de duracion de las averias que han sido reportadas por los usuarios y validados por el propio operador. Permite medir el soporte operativo de que dispone el arrendador para la gestion de su red y su capacidad para que, en caso de averia, el servicio que brinda retorne a sus condiciones de operacion normal de forma tal que los usuarios no tengan el servicio interrumpido por tiempos que resulten excesivos. Tasa de averias con duracion mayor a 8 horas. Este indicador mide la cantidad de averias cuya reparacion ha excedido las 8 horas, tiempo considerado como excesivo para los fines de disponibilidad del servicio. 26814

Que, en la citada Ley, se indica que las referidas Comisiones Especiales deberan estar integradas por representantes de las entidades y de los trabajadores, precisandose en el Decreto Supremo Nº 021-2001-TR que establece disposiciones para la conformacion y funcionamiento de las mismas- que corresponde al Titular de la entidad efectuar la designacion, considerando para ello que la Comision debera estar integrada por no mas de tres personas, una de las cuales, necesariamente, sera escogida entre las propuestas formuladas por los trabajadores; De conformidad con lo establecido en las normas indicadas, y en uso de las facultades conferidas en los incisos l) y m) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/ SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a los funcionarios y trabajadores que se indican a continuacion, como Miembros de la Comision Especial encargada de revisar los ceses colectivos de personal que se hubieran producido en la SUNAT, como consecuencia de procesos de evaluacion de personal amparados en el Decreto Ley Nº 26093 o en el MORDAZA del MORDAZA de reorganizacion autorizado mediante Decreto Legislativo Nº 639: - MORDAZA MORDAZA Iannacone MORDAZA, Gerente de Reclamos de la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes. - MORDAZA MORDAZA Arque, Profesional Especializado de la Asesoria de Alta Direccion. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesional de la Gerencia Penal Tributaria de la Intendencia Nacional Juridica, como Representante de los Trabajadores. La Gerencia de Recursos Humanos actuara como Secretaria Tecnica de la Comision Especial. Articulo 2º.- La Comision Especial, a que se refiere el articulo anterior, desempenara sus funciones de conformidad con las disposiciones y plazos establecidos en la Ley Nº 27487 y en el Decreto Supremo Nº 0212001-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 26910

SUNAT
Designan Comision Especial encargada de revisar ceses colectivos de conformidad con la Ley Nº 27487
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 078-2001/SUNAT MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 26093 se establecio la obligacion de los Ministerios y de las Instituciones Publicas Descentralizadas de efectuar, semestralmente, programas de evaluacion de personal, facultandolas a disponer el cese por causal de excedencia del personal que no calificara en dichas evaluaciones; Que, por otra parte, en MORDAZA de 1991 y a traves del Decreto Legislativo Nº 639, se declaro en Reorganizacion a esta Superintendencia Nacional, y se le autorizo a adoptar las medidas necesarias de reestructuracion organica y de racionalizacion de recursos; Que, por Ley Nº 27487 se ha derogado el Decreto Ley Nº 26093 y se ha establecido que las instituciones y organismos publicos deberan conformar Comisiones Especiales que se encargaran de revisar los ceses colectivos de personal que se hubieran efectuado, tanto al MORDAZA de esa MORDAZA como dentro del MORDAZA de cualquier MORDAZA de reorganizacion autorizado por MORDAZA legal expresa;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Condecoran con la Medalla Civica de la "Orden MORDAZA Apostol" a diversas personalidades
ACUERDO DE CONCEJO Nº 34-2001-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, en atencion a la propuesta presentada por la Comision Especial de la "ORDEN MORDAZA APOSTOL" mediante Dictamen Nº 01-2001, para designar a las personalidades a ser condecoradas