Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2001 (11/07/2001)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

Pag. 206560

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2001

MTC
Aprueban Acta de la Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica de Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 281-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 Visto el Informe y la documentacion remitida por la Direccion General de Aeronautica Civil, correspondiente a la Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica de Colombia, celebrada en la MORDAZA de MORDAZA, Peru, los dias 22 y 23 de marzo del 2001. CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Reunion de Consulta celebrada en la MORDAZA de MORDAZA, Peru, los dias 22 y 23 de marzo del 2001, las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y la Republica de Colombia han suscrito un Acta que contiene los acuerdos adoptados, los cuales deben ser aprobados por Resolucion Ministerial para entrar en vigencia. De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27261 y el Decreto Supremo Nº 05488-TC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Acta de la Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas de la Republica del Peru y la Republica de Colombia, celebrada en la MORDAZA de MORDAZA, Peru, los dias 22 y 23 de marzo del 2001, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 26836

Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senala que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 99º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que el servicio de radiodifusion educativa es prestado por personas juridicas sin fines de lucro, cuya naturaleza tienen las asociaciones; siendo la solicitante una asociacion; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 051-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 264-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE, cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida asociacion la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion educativa por television en la banda de VHF, en el distrito de Cochas, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BC-TV : Video : 199.25 MHz Audio : 203.75 MHz : 11 : OCS-4D : Video : 25.0 w. Audio : 2.5 w. : Video : C3F Audio : F3E : H24

Otorgan a asociacion autorizacion y permiso de instalacion para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion educativa por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 442-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la ASOCIACION CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE, para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion educativa por television en la banda de VHF, en el distrito de Cochas, provincia de Yauyos, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion;

Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : Plaza Principal, distrito de Cochas, provincia de Yauyos, departamento de Lima. Coordenadas: L.O. 76° 09' 17" L.S. 12° 17' 33"