Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2000 (10/07/2000)
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TEXTO DE LA PÁGINA 10
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NORMAS LEGALES
MORDAZA, lunes 10 de MORDAZA de 2000
6.AGO.99; y posteriormente volvio a inasistir a sus labores del 27.SET al 15.OCT.99, y del 4.ENE. al 17.MAR.2000, formulandose consecuentemente los Partes respectivos; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido el procesado ha presentado su descargo correspondiente, adjuntando documentacion que confirma encontrarse en mal estado de salud fisica y mental, que devino en extraviarse prolongadamente desde el 27.DIC.99 hasta el 17.MAR.2000; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolucion, concluyendo que no se ha establecido la responsabilidad del procesado en el cargo imputado, recomendando su absolucion; Que, de conformidad a lo establecido en los Arts. 168º, 169º, 170º y 171º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 06-2000-COPEPROAD-PNP de 30.MAR.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Absolver al EC AC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del cargo imputado mediante R.D. Nº 7373-DIPER-PNP de 7.DIC.99. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior
Que, el Banco de Credito del Peru - Sucursal MORDAZA, siguio juicio contra MORDAZA JINORIO MORDAZA y otra, ante el 1er. Juzgado Mixto de Mariscal NietoMoquegua por pago de dolares, Exp. Nº 449-93 - Secretario MORDAZA MORDAZA, sin conocimiento, ni notificacion alguna a la entidad posesoria del predio MORDAZA MORDAZA citado; Que, dicho Juzgado recortando el derecho de defensa del Estado, con fecha 19.ABR.2000 despojo de la posesion del referido inmueble a la SUBREGION PNP - MORDAZA, sin admitir recurso alguno aduciendo que no era parte del proceso; consecuentemente no ha mediado MORDAZA legal previo para el despojo de la posesion ni acceder al ejercicio del derecho del poseedor contenido en el Art. 920º del Codigo Civil, por lo que es procedente recobrar la posesion sobre dicho inmueble iniciando las acciones legales correspondientes; Que, estando a las razones expuestas y de conformidad con el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales contra el representante legal del Banco de Credito del Peru - Sucursal MORDAZA, con el objeto de recuperar la posesion del predio "La Bodeguilla". Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 7815
JUSTICIA
Autorizan viaje de representantes de la Secretaria Tecnica de Concilia7422 cion del Ministerio para realizar paAutorizan a procurador iniciar proce- santias en la Escuela de Mediacion so judicial contra empresa para recu- de MORDAZA RESOLUCION MINISTERIAL perar posesion de inmueble incautado Nº 188-2000-JUS por trafico ilicito de drogas
MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2000 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0835-2000-IN/0103 MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2000 Visto, el Oficio Nº 1465-2000-IN-1201 de 20.JUN.2000, mediante el cual el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, solicita la expedicion de la Resolucion Ministerial Autoritativa para iniciar las acciones legales. CONSIDERANDO: Que, el predio denominado "La Bodeguilla" ubicada en el MORDAZA La Rinconada (altura del km. 1145.5 de la carretera Panamericana Sur - provincia de Mariscal Nieto-Moquegua), fue incautado con fecha 22.SET.95 por Trafico Ilicito de Drogas a la banda "Los Nortenos" que lidero MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAREDES; correspondiendo la administracion de dicho inmueble a la OFECOD, de conformidad con la Ley Nº 22095 modificada por Decreto Ley Nº 22926 (Ley General de Drogas); Que, la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), con fecha 25.OCT.95 asigno en uso el citado predio a la SUBREGION PNP de MOQUEGUA; Que en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica Intrarregional suscrito en el Gobierno Peruano y el Gobierno de la Republica MORDAZA, a traves del proyecto ATN/ SF-6704-PE "Creacion de la Escuela de Conciliacion y Formacion de Capacitadores", se ha incluido la realizacion de pasantias del personal del Ministerio de Justicia en la Escuela de Mediacion de la Republica Argentina; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a las funciones de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, se ha autorizado y acreditado como Conciliadores Extrajudiciales a los Funcionarios y Servidores, que asistiran a las pasantias en la Escuela de Mediacion de la MORDAZA, los mismos que han seguido satisfactoriamente el Curso de Formacion y Capacitacion en Conciliacion; Que, la doctora Jennie MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria Tecnica de Conciliacion y la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo I de la Secretaria Tecnica de Conciliacion del Ministerio de Justicia, han sido designadas para participar en las