Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 1998 (26/10/1998)


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MORDAZA, lunes 26 de octubre de 1998

El recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Richarzon contra la Resolucion Directoral Ejecutiva N" 347-95-AG-PETl', de 19 de octubre de 1996, expedidaporlaDireccionEjecutivadc1 ProyectoEspeci:dTitulacion de Tierras y Catastro Rural. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Direct.oral Ejecutiva N' 347-95 AG-PETT, la Direccion Ejwutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural adjudictl a titulo oneroso a favor de don MORDAZA MORDAZA Richarzon la parcela de Unidad Catastral N" 10165, de 1 ha. .1,000 m2 de extension, del predio MORDAZA "San Jorge", ubicado en el distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima; Queposteriormente asolicituddelintererado. IaDireccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural mediante Resolucion Directoral Ejecutiva N" OS-96-AG-PETT, de 5 de febrero de 1996 rectifico el apellido MORDAZA de don -Juan MORDAZA Richarzon. senalando que el nombre correcto correspondls a MORDAZA MORDAZA Richazon; Que mediante escrito de 5 de marzo de 1997, don MORDAZA MORDAZA Richarzon, Interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Ejecutiwc W 34795-AG-PETT, manifestando que es el posesionario legitimo del predio "San Jorge" de una extension de 13 ha., de la que cedio 1.4 ha. a don -Juan MORDAZA Richazon unicamente como MORDAZA economico temporal, no obstante lo cual ha solicitado la adjudicacion infringiendose ademas lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 653 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 04%!jl-AG, al fraccionarse una parcela en extension inferior ala Unidad MORDAZA Familiar; Que de acuerdo al Informe Tecnico N" 03%95.AGPETT-DT-CPR, de 11 de enero de 1995, obrante a fojas 55 del Expediente N" R-167, don MORDAZA MORDAZA Richarzon (Richazon) conduce directamente desde 1989 l:i parcela de Unidad Catastral W 10165 del predio "San Jorge", Lote 5 "A", que forman parte del area expropiada por la ex Direccion General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, pendiente de adjudicacion, por lo que tr:ltandose de una superficie perteneciente al dominio del Ikado su adjudicacion a quien lo conduw dlrectamente SIS encuentra arreglada a ley: Que desde el 19 de MORDAZA de 1995 se encuentra en vigencia la Ley N" 26505 que no admite restricciones al derecho de propiedad sobre tierras rusticas distintas a las contenidas en el Codigo Civil y la referida MORDAZA legal, no habiendose incluido limites minimos o maximos a la propiedad de la tierra; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridicayde confortnidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Richarzoncontra la Resolucion Directoral Ejecutiva N" 347-95. AG-PETT, de 19 de octubre de 1995, expedida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, la que se confirma. por cuanto la adjudicacion de la parcela de Unidad Catastral N 10165 del predio MORDAZA "San
Amplian plazo otorgado a empresas productoras ylo comercializadoras de insumos de uso veterinario para la renovacion de registros
RESOLUCION JEFATURAL W 121-98-AG-SENASA MORDAZA, 22 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" 015-9&AG, se aprueba el MORDAZA reglamento sobre Registro y Comercializacion de productos de uso veterinario y alimentos para animales; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 18" del Decreto Supremo N" 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Direccion General de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones las de establecer mecanismos de control, registro y fiscalizacion respecto de insumos de uso animal, asi como biologicos y farmacos, asi como conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que,conMemorandumN"lO&98-AG-SENASA-DDZDGSA, de fecha 1 de octubre de 1998, la Direccion de Defensa Zoosanitaria de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, manifiesta la necesidad de otorgar un plazo ampliatorio de manera unica y excepcional, a las empresas que esten efectuando la renovacion de sus registros, para efectos de adecuarse al Decreto Supremo N" 015-98-AG; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 10" del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA? aprobado por Decreto Supremo N" 24.95.AG; y, con las vwaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoria Julodica; SE RESUELVE: Articulo l".- Otorgar una ampliacion de noventa I 90) dias habiles contados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion para que las empresas puedan complementar la informacion tecnica en sus respectivos expedientes, a efectos de la RENOVACION de sus registros ante la Direccion General de Sanidad Animal. Articulo 2".- La Direccion General de Sanidad Animal oficiara a las Coordinaciones del SENASA. a nivel nacional, remitiendose la lista de los productos comprendidos en los alcances del articulo precedente, a fin de que se tomen en cuenta al momento de la fiscalizacion posregistro. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 12276

RELACIONES EXTERIORES
Designan comitiva que acompanar6 ai Presidente de la Republica en visita oficial a Canada
RESOLUCION SUPREMA No 474-9%RE MORDAZA, 24 de octubre de 1998