Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 1998 (26/10/1998)
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TEXTO DE LA PÁGINA 3
MORDAZA, lunes 26 de octubre de 199X
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premo medidas destinadas a restringir o impedir el libre flujo de mercancias en las importaciones y exportaciones, en materia de sanidad de la MORDAZA y fauna del MORDAZA, de conformidad con la Resolucion Legislativa W 26407 y demas acuerdos internacionales de comercio, suscritos, ratificados y/o aprobados por el Peru; Que, las enfermedades conocidas como Mancha Negra de los Citricos Guignardia citricarpa Kiely, Sarna del Naranjo MORDAZA Elsinoe uustralis Bitancourt & Jenkins y Cancro de los CitricosXanthomonas axonopodis pv. citri (Hasse) Dye, constituyen plagas de importancia cuarentenaria, no presentes en el MORDAZA, cuya introduccion y establecimiento causaria perdidas economicas considerables a la citricultura nacional y restricciones fitosanitarias a la exportacicin; Que, de conformidad con su Reglamento de Organizacicin y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N" 2495-AG, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, orienta sus actividades, entre otros objetivos, a la apertura de nuevos mercados de exportacion para los productos wgetalcs, y es a traves de su Programa Citrus Survey que viene promoviendo la participacion del sector privado y desarrollando para el caso, acciones de prospecci6n y diagnostico en las zonas productoras de citricos del MORDAZA, a tin dc lograr el reconocimiento internacional de la ausencia de estas tres enfermedades, y de otras plagas, en el territorio nacional; Que, mediante la Resolucion Ministerial N" 0504-94AG se prohibe la importacion de citricos (Citrus spp.) provenientes de MORDAZA, Bolivia, Brasil, Ecuador, MORDAZA y Uruguay, paises afectados por las enfermedades MORDAZA mencionadas; Que, en la actualidad los reportes contenidos en las bases de datos de Organizaciones Internacionales de Proteccion Fitosanitaria como la Comunidad MORDAZA de Naciones ((`AN,, la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO) y la Organizacion Europea y Mediterranea de Proteccion Vegetal (EPPO), informan sobre la presencia de estas tres enfermedades y otras de importancia cuarentena-
1998, paralos fines mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo Z".- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion estaran a cargo del Presupuesto deEDITORAPERU, porconceptode viaticosUS$ l,lOO.OO. Articulo 3".- La presente Resolucion no da derwho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros
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Suspenden otorgamiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de citricos procedentes de paisesafectados por diversas enfermedades y plagas
DECRETO SUPREMO N" 019-98-AG EL PRESIDENTE DE LA REPLJBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1" de la Ley N" 26558 permite al Ministerio de Agricultura dictar mediante Decreto Su.
`ilJ,"jjJS ~l*[L)~L~L'[Q~ t:l'~C:QC"l1'L~~ Ll(` L.L'!2Q'L'[LQS (=Ll 1s ~lLlp[`L"~~~ <5> ' ( J ) iComo los enfrentan las empresas?
i s_l/ < . < ( / ) gomo los interpreta la SUNAT? ( J ) iComo podria resolver el Tribunal Fiscal? ( J ) fQue hacer en estos casos? *ServicIos prestados en el exterior. *Temas vinculados a la reorQanizacion de empresas. @Valor de mercado. l Dlvidendos provenientes del exterior. l Inicio de operaciones para efectos del IMR e IEAN. l Prestamo para adquisicion de acciones. l Flnanclamlento proveniente del exterior. l Entre otros.
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FECHA Y HORA LUGAR ,j / & _ INVERSION INFORMES : Jueves 5 de noviembre de 6:00 a 9:00 p.m. : El MORDAZA Hotel, salon MORDAZA I - Jr. Independencia 141, Mlraflores. Estaclonamlento disponible : Suscriptores solo confirmar. No suscriptores USS141.60 (inc. KV) : Jr. Recavarren No 382. Of. 501, Mlraflores, Tel. 445-2847 / 446-3720 Fax. 241-2388 / e - mail: escuela2155@chavin.rcp.net.pe