Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 1998 (26/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

Iha, lunes 26 de oduhn: de 1998 vandose MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 3".- Los recursos que capte el BANCO DE CREDITO DEL PERU con la emision de los valores a que se refiere el Articulo 1" de la presente resolucion, seran utilizados para la adquisicion de bienes de activo fijo destinados al arrendamiento financiero, con sujecion alas normas vigentes. Articulo 4".- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica, debera sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emision y a lo establecido en la presente resolucion. Articulo 5".- La colocacion de los bonos a que se refiere el Articulo 1" de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogables hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Articulo 6".- El BANCO DE CREDITO DEL PERU queda obligado a presentara esta Comision Nacional la informacion a que se refiere el Articulo 13" del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEVN"906-91-EF/94.10.0 y modificada por Resolucion CONASEV W 393-95EF/ 94.10,yelArticulo39"delReglamentodeRegistroPublico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N" 079-97-EF/94.10. Asimismo, tan pronto culmine la colocacion de la oferta publica de bonos, la empresa emisora debera poner el hecho en conocimiento de la CONASEV. Articulo 7".- El BANCO DE CREDITO DEL PERU queda obligado a insertar el texto de esta resolucion en la escritura publica de emision de bonos que se otorgue, por la presente emision, asi como remitir a CONASEV el correspondiente testimonio dentro de los treinta (30) dias siguientes a su otorgamiento. Articulo Su.- La inscripcitin aquese refiere el Articulo 1" de la presente resolucion, no implica que CONASEV recomiende la inversion en los mencionados valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 9".- Transcribase la presente resolucion a BANCO DE CREDITO DEL PERU, al Banco Sudamericano en su calidad de representante de los obligacionistas, ala Superintendencia de Banca y Seguros, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General 12167

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aprobado por Decreto Supremo W 009-93-EM y sus modificatorias, a lo dispuesto en la Resolucion Directoral N" lOl-97-EIWDGE y a lo senalado en el Articulo MORDAZA de la Resolucion N" 022-97 P/CTE; y, CONSIDERANDO: Que, Electro Sur Medio mediante Oficio No GG-24998, solicito la clasificacion del MORDAZA sistema electrico Ingenio - Changuillo; Que, el MORDAZA sistema electrico Ingenio- Changuillo ha sido conformado por la interconexion de los sistemas aislados Ingenio, Changuillo y 15 nuevas localidades que se abastecen desde la Subestacion Electrica de Llipata; Que, en tanto Electro Sur Medio no remita la informacion definitiva de los consumos de las 15 nuevas localidades pertenecientes al MORDAZA sistema electrico Ingenio Changuillo, se procedera a realizar una clasificacion temporal por un periodo de un ano; Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesion N" 025-98 de fecha 7 de octubre de 1998; RESUELVE: Articulo Primero.-Fijese la clasificacion del sistema electrico Ingenio- Changuillo, perteneciente a la Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A., como sector tipico 3. Articulo Segundo.- Al termino de un ano de entrada en vigencia la presente resolucion, se efectuara la clasiticacion definitiva del Sistema Electrico Ingenio- Changui110, para lo cual la empresa concesionaria Electro Sur Medio S.A. debera remitir ala Comision de Tarifas Electricas la informacion correspondiente. Articulo Tercero.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de noviembre de 1998. Articulo Cuarto.-Dejase en suspenso las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZOLEZZI MORDAZA Presidente Comision de Tarifas Electricas 12331

Modifican articulo de resolucion que define periodos de facturacion de los excesos de energia reactiva
RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS W 025-98 P/CTE MORDAZA, 23 de octubre de 1998 LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS VISTOS: El Informe SEG/CTE W 028-98 elaborado por la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Tarifas Electricas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N" 25844, Ley de Concesiones Electricas y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 009-93-EM y sus modificatorias; Con la facultad establecida en el Articulo 22", inciso h) del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; y, Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su Sesion N" 026-98 de fecha 23 de octubre de 1998; RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituyase el numeral 9 del Articulo 1" de la Resolucion de la Comision de Tarifas Electricas N" 015-95 PXTE modificado por las Resoluciones N" 022-95 P/CTE y N" 03-96 PKTE de la siguiente forma:

COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS
Fijan clasificacion del sistema electrico Ingenio Changuillo, perteneciente a empresa concesionaria
RESOLUCION DE LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS N" 024-98 P/CTE MORDAZA, 22 de octubre de 1998 LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS Visto el Informe SEDXTE N" 048-98 elaborado por la Division de Distribucion de la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Tarifas Electricas (CTE) y el Informe N'ALDC-074-98 de la Asesoria Legal; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N" 25844, Ley de Concesiones Electricas y su reglamento