Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 1998 (24/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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Capitulo I del Decreto Legislativo Nº 882. Contiene necesariamente los principios institucionales, la estructura academica, la estructura de gobierno, la organizacion administrativa, el regimen economico, los regimenes de los profesores y de los estudiantes y las normas de la coordinacion interuniversitaria. PERFIL DE LA ORGANIZACION ADMINISTRATIVA Modelo de la organizacion administrativa que decida adoptar la institucion con descripcion de los diversos organos y cargos componentes, los rangos de autoridad atribuidos y las funciones que les corresponde. PLAN DE ADECUACION Programa que propone la entidad peticionaria para llevar a cabo el procedimiento de adecuacion, con el cronograma puntual de todos los actos. PLAZOS PARA LA ADECUACION Existen tres plazos para la adecuacion establecidos en el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 001-98-DE: a) 120 dias habiles, a partir de la fecha de presentada la solicitud, para que el CONAFU fije los procedimientos de adecuacion (Tercera Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 882). b) 120 dias calendario, a partir de la resolucion que expida el CONAFU, para que la Universidad con autorizacion provisional de funcionamiento ejecute el procedimiento de adecuacion (segundo paragrafo del Art. 10º del Decreto Supremo Nº 001-98-DE). c) El que fijara en cada caso el CONAFU para las universidades con asamblea universitaria (tercer paragrafo del Art. 10º del Decreto Supremo Nº 00198-ED). COMISION JURIDICA PERMANENTE Cuerpo de letrados establecido por el CONAFU para informar y dictaminar en los asuntos concernientes a la adecuacion de universidades y emitir opinion sobre las solicitudes que se acogen al Cap. I del Decreto Legislativo Nº 882. COMISION TECNICA Grupo de analisis informante, designado para cada caso de solicitud de adecuacion, encargado de revisar los aspectos involucrados en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 882. ESTATUTO SOCIAL El que corresponde al modelo societario adoptado para regirse conforme al Decreto Legislativo Nº 882. ESTATUTO UNIVERSITARIO El que rige en las universidades que tienen autorizacion de funcionamiento definitivo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 5523

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex registradora publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 196-98-ORLC/JE MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1998 Vistos, el Oficio Nº 274-98-ORLC-GPI del 31 de marzo de 1998 del Gerente de Propiedad Inmueble Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Hoja Informativa Nº 03898-ORLC/AI del 18 de MORDAZA de 1998 de la Oficina de Auditoria Interna; CONSIDERANDO: Que, con el Oficio Nº 274-98-ORLC-GPI, el Gerente de Propiedad Inmueble Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA remitio a esta Jefatura el Informe Nº 08-98-ORLC-CLP del 16 de febrero de 1998 emitido por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Registrador Publico de la Cuarta Seccion de Publicidad, quien solicitaba la determinacion de la autenticidad del asiento 3-c de la Ficha Nº 331280 en razon de que al solicitarse una MORDAZA literal del Titulo archivado Nº 135878 del 12 de diciembre de 1989, se habia constatado que este no guardaba relacion con el acto registrado en los asientos 2-b y 2-c de la ficha indicada; Que, en asiento 2-b de la Ficha Nº 331280, concerniente al inmueble ubicado en la MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, Sublote 1-B de la manzana K del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, se inscribio una fabrica con fecha 10 de enero de 1990, figurando una firma y sello con el nombre de la Dra. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA, ex Registradora Publica, como la funcionaria que suscribio dicho asiento, senalando que la MORDAZA y derechos eran los mismos del asiento 2-c de la aludida ficha, que tambien MORDAZA y sello al extenderlo el 10 de enero de 1990 en merito del Titulo Nº 135878 del 12 de diciembre de 1989 inscribiendo la transferencia de propiedad a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA Espinoza; Que, el Titulo Nº 135878 del 12 de diciembre de 1989 corresponde al contrato de compraventa y de mutuo hipotecario celebrado por la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA con don MORDAZA Naranjo MORDAZA y su esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendiguren Eyzaguirre de Naranjo, con intervencion de la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA, elevado a escritura publica ante el Notario Dr. MORDAZA MORDAZA Ferreyros, el cual, luego de ser observado el 26 de diciembre de 1989 quedo inscrito el 19 de enero de 1990 por el ex Registrador Publico Dr. Estuardo MORDAZA Arroyo; Que, de lo expuesto en el considerando anterior se evidencia que el Titulo Nº 135878 del 12 de diciembre de 1989 que figura en el asiento 2-c de la Ficha Nº 331280 y que se menciona en asiento 2-b de la misma ficha, en realidad corresponde al titulo que dio merito a la emision de los asientos 3b, 2-c y 3-d, de la Ficha Nº 92934 del Registro de la Propiedad Inmueble; Que, mediante la Hoja de Tramite Nº 9965 del 29 de MORDAZA de 1998 la Notaria Publica del Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, informo que en su Protocolo Notarial obra la escritura publica de compraventa de fecha 18 de MORDAZA de 1987 celebrada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, agregando que tal instrumento se encuentra inscrito en el asiento 2-c de la Ficha Nº 331280 del Registro de Propiedad, con fecha 10 de enero de 1990 y que los partes respectivos fueron ingresados a Registros Publicos el 23 de junio de 1987; Que, los partes enviados por la Notaria del Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran relativo a la compra-