Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2020 (07/05/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Jueves 7 de mayo de 2020

NORMAS LEGALES

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mayor de noventa (90) días calendario contados a partir de la publicación del presente Decreto de Supremo, establece las metas al 31 de diciembre del año 2020 que los Gobiernos Locales deben cumplir en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2020. La determinación de dichas metas se realiza en coordinación con las entidades públicas involucradas al Programa, quedando para dicho efecto, exoneradas excepcionalmente de los Lineamientos referidos al proceso regular para el diseño de metas del Programa. Quinta. Diseño de metas correspondientes al año 2021 Las propuestas de metas a ser incorporadas para el año 2021 en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, deben ajustarse a los fines y fases que para dicho efecto defina la Dirección General de Presupuesto Público, pudiendo prescindir excepcionalmente, de ser necesario, de los Lineamientos para la presentación de propuestas de metas que regulan el proceso formal para el diseño de metas del referido Programa. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. Derogación de la Primera, Segunda y Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 362-2019-EF Derógase la Primera, Segunda y Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 362-2019EF. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de mayo del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción VÍCTOR ZAMORA MESÍA Ministro de Salud ANEXO 1 PROCEDIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE METAS Y LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL DEL AÑO 2020 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Finalidad Establecer los "Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2020", en el marco de lo dispuesto en el literal d) del numeral 19.1 del artículo 19 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y en el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 047-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para reducir el impacto de las medidas de aislamiento social obligatorio en la situación fiscal de los Gobiernos Locales y garantizar la continuidad de los servicios para atender la emergencia sanitaria, entre otras medidas.

Artículo 2. Objetivos El PI es una herramienta de Incentivos Presupuestarios diseñada en el marco del Presupuesto por Resultados (PpR) con la finalidad de mejorar la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional. El PI tiene como objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales. Los objetivos específicos del PI son los siguientes: a) Mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. b) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales. Artículo 3. Ámbito de aplicación El PI es de aplicación a todas las municipalidades provinciales y distritales del país. Artículo 4. Financiamiento para el año 2020 4.1 Las metas establecidas al 31 de diciembre del año 2019 del PI se financia en el año 2020 con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 800 000 000,00 (OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 19.1 del artículo 19 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. La transferencia de dichos recursos se autoriza mediante Decreto Supremo, refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados. 4.2 Las metas establecidas al 15 de junio del año 2020 del PI se financia en el año 2020 con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 300 000 000,00 (TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), conforme a lo establecido en el numeral 5.3 del artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 047-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para reducir el impacto de las medidas de aislamiento social obligatorio en la situación fiscal de los Gobiernos Locales y garantizar la continuidad de los servicios para atender la emergencia sanitaria, y otras medidas. La transferencia de dichos recursos se autoriza mediante Decreto Supremo, refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados. Artículo 5. Clasificación de municipalidades para el año 2020 La clasificación de municipalidades que utiliza el PI para las metas correspondientes al año 2020 es la siguiente: Clasificación de municipalidades
Nombre del grupo Municipalidades pertenecientes ciudades principales a Provincial Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E Distrital Tipo F 509 122 42 129 378 Jurisdicción Abreviatura Tipo A N° 74

Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales Municipalidades de Lima Metropolitana Municipalidades pertenecientes a otras ciudades principales Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con más de 70% de población urbana Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con población urbana entre 35% y 70% Municipalidades no pertenecientes a ciudades principales, con menos de 35% de población urbana TOTAL

Tipo G

620 1874