Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2020 (05/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 5 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Cajaruro, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2019/JYCHA/ARQL°/ DDC-AMA/MC, el Informe N° 000029-2020-DSFL-JER/ MC, el Informe N° 000147-2020-DSFL/MC, y el Informe Nº 000070-2020-DGPA-LRS/MC, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE MEJÍA HUAMÁN Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1861277-1

del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Richar Alex Ruiz Moreno en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1861796-2

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2020-MIDIS Lima, 2 de marzo de 2020 VISTOS: El Informe N° 47-2020-MIDIS/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 26-2020-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe N° 64-2020-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, el Informe N° 19-2020-MIDIS/SG/ OGPPM/OM de la Oficina de Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, definiéndolo como un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y que constituye pliego presupuestal; Que, con Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social con una nueva estructura orgánica; facultándose a este Sector en la Primera Disposición Complementaria Final, para que, mediante resolución ministerial, emita disposiciones necesarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por tal dispositivo legal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 046-2020-MIDIS, se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con el Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS, conteniendo la nueva estructura orgánica y organigrama del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Resolución Ministerial N° 105-2019-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco del anterior Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que a través de Directiva emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2020-MIDIS Lima, 4 de marzo de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, se creó el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para otorgar subvenciones económicas a los adultos a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad que se encuentren en condición de extrema pobreza al momento de acceder al programa y que cumplan con los requisitos de acceso y permanencia establecidos por la indicada norma; Que, de acuerdo con el artículo 1 del citado Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" contará con un Director Ejecutivo designado por Resolución Suprema; Que, mediante Resolución Suprema N° 009-2018-MIDIS se designó al señor Julio Mendigure Fernández en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; Que, la mencionada persona ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar a la persona que desempeñará tal cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, Decreto Supremo que crea el Programa Social denominado Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Julio Mendigure Fernández al cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"