Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2020 (08/06/2020)


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El Peruano / Lunes 8 de junio de 2020

NORMAS LEGALES

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como adoptar toda medida orientada a salvaguardar la integridad y la salud de los funcionarios y servidores a su cargo. - Los Coordinadores Nacionales de las Fiscalías Especializadas: Son responsables de definir las acciones pertinentes para la aplicación del trabajo remoto, presencial o mixto a nivel nacional. En consideración a la proximidad territorial con el Distrito Fiscal de Lima, estarán a cargo de la implementación de lo dispuesto en el presente protocolo; así como de adoptar toda medida orientada a salvaguardar la integridad y la salud de los funcionarios y servidores a su cargo. - Coordinadora Nacional de la Unidad Central de Asistencia a Víctimas y Testigos y Coordinadora Nacional del Programa de Prevención Estratégica del Delito: Son responsables de definir las acciones pertinentes para la aplicación del trabajo remoto, presencial o mixto - La Oficina de Seguridad y Defensa Nacional: Es responsable de adoptar las acciones necesarias para tomar las medidas preventivas y evitar la aglomeración de personas en los alrededores y en los ambientes internos de las sedes del Ministerio Público - Fiscalía de la Nación. - El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Sub Comités a nivel nacional: Son responsables de adoptar medidas complementarias a nivel nacional, propiciando un ámbito de trabajo que prevenga la propagación del COVID-19, identificando situaciones de riesgo, informando de las mismas a los niveles jerárquicos respectivos. 7. RETORNO PROGRESIVO A LAS ACTIVIDADES LABORALES 7.1 CONSIDERACIONES GENERALES 7.1.1. Durante el periodo de transición, continuará el servicio de turno y posturno en las fiscalías provinciales penales, de familia, prevención del delito y especializadas, con excepción de las fiscalías de extinción de dominio. 7.1.2. La atención al público queda suspendida durante la etapa de transición. 7.1.3. Durante este período, para el retorno progresivo a las actividades laborales se realizarán las siguientes medidas prioritarias en todas las sedes institucionales: - Evaluar los servicios brindados por los despachos fiscales, órganos y unidades orgánicas para establecer el trabajo remoto, presencial o mixto. - Implementar y habilitar medios tecnológicos, para la atención no presencial al público. - Evaluar los espacios físicos para cumplir la medida de distanciamiento social, aforo, señalización, entre otros. - Ejecutar medidas de salubridad: limpieza, desinfección y fumigación de los ambientes, oficinas y despachos; entre otros. - Otras medidas complementarias que dispongan las áreas o unidades competentes. Para el cumplimiento de estas medidas prioritarias, el responsable del despacho fiscal, órgano o unidad orgánica deberá coordinar las acciones pertinentes, pudiendo hacerlo de forma presencial, para dicho efecto, puede contar con el apoyo de un máximo de dos servidores adicionales. 7.1.4. El responsable del despacho fiscal, órgano o unidad orgánica, en el citado periodo, debe evaluar y seleccionar dentro del grupo de servidores que no presenta factores de riesgo, a un mínimo indispensable para realizar las funciones correspondientes de manera presencial, debiendo tener presente que el número total de servidores que laboren mediante la modalidad presencial, no debe exceder la mitad del aforo en el espacio físico de cada oficina. 7.1.5. Los funcionarios y servidores que estén contemplados en los grupos de factores de riesgo para el COVID-19, realizarán prioritariamente trabajo remoto,

para lo cual se podrán asignar funciones distintas a las desempeñadas habitualmente. El cambio de funciones, no es aplicable para los fiscales y personal forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 7.1.6. Con la finalidad de evitar la aglomeración de personas en el espacio de trabajo como medida preventiva de contagio del COVID-19 y, que la provisión de los servicios esenciales, no se vea afectada, los funcionarios y servidores que no están contemplados en el turno y posturno cumplirán la jornada laboral regular bajo la modalidad de trabajo mixto. 7.2 TRABAJO PRESENCIAL - En los despachos fiscales, órganos o unidad orgánica, se debe observar necesariamente una distancia social entre trabajadores de dos (2) metros como mínimo. - El responsable del despacho fiscal, órgano o unidad orgánica, deberá formular el listado general de funcionarios y servidores que laborarán bajo la modalidad presencial y remitir el mismo a la Oficina General de Potencial Humano o quien haga sus veces en el Distrito Fiscal o Unidad Ejecutora. - Los funcionarios y servidores que realicen trabajo en la modalidad presencial deberán suscribir la Declaración Jurada - Ficha de Sintomatología Covid-19 para el Regreso al Trabajo (Anexo Nº 1), dicho documento será remitido a la Oficina General de Potencial Humano o quien haga sus veces en el Distrito Fiscal o Unidad Ejecutora. - Con el fin de reforzar las medidas de seguridad y salubridad, no se prevé horario de refrigerio durante la jornada laboral. 7.2.1 Jornada Laboral a) Funcionarios y servidores bajo cualquier régimen laboral
Mientras dure la emergencia sanitaria y con el fin de evitar la aglomeración de personas durante el ingreso y salida de las sedes, como medida preventiva de contagio del COVID-19, se establece la jornada laboral diaria e interdiaria desde las 7.30 hasta las 14.00 horas con horarios escalonados y diferenciados, para evitar que el íntegro del personal asista a laborar simultáneamente y se reduzca el uso de transporte público sobre todo en horas de mayor demanda. Dichos horarios se establecerán conforme a los siguientes cuadros: CUADRO Nº 1
Nº 1 2 3 4 TURNO DIARIO (TD) LUNES A VIERNES LUNES A VIERNES LUNES A VIERNES LUNES A VIERNES HORARIO DE INGRESO Y SALIDA (ESCALONADOS) 07:30 a.m. a 12:30 p.m. 08:00 a.m. a 1:00 p.m. 08:30 a.m. a 1:30 p.m. 09:00 a.m. a 2:00 p.m.

CUADRO Nº 2
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 TURNO INTERDIARIO (TI) LUNES, MIERCOLES Y VIERNES LUNES, MIERCOLES Y VIERNES LUNES, MIERCOLES Y VIERNES LUNES, MIERCOLES Y VIERNES MARTES, JUEVES, SÁBADO MARTES, JUEVES, SÁBADO MARTES, JUEVES, SÁBADO MARTES, JUEVES, SÁBADO HORARIO DE INGRESO Y SALIDA (ESCALONADOS) 07:30 a.m. a 12:30 p.m. 08:00 a.m. a 1:00 p.m. 08:30 a.m. a 1:30 p.m. 09:00 a.m. a 2:00 p.m. 07:30 a.m. a 12:30 p.m. 08:00 a.m. a 1:00 p.m. 08:30 a.m. a 1:30 p.m. 09:00 a.m. a 2:00 p.m.

Los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores, determinarán la jornada laboral diaria o interdiaria conforme a las necesidades del servicio fiscal según los horarios establecidos. - La modalidad elegida deberá ser comunicada a la Oficina General de Potencial Humano o quien haga sus veces en el Distrito Fiscal o Unidad Ejecutora.