Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2020 (07/02/2020)
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NORMAS LEGALES
Viernes 7 de febrero de 2020 /
El Peruano
su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Art. 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala lo siguiente: "Conforme a lo establecido por el numeral 4 del Articulo 195 y por el Articulo 74 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley."; Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal, entre otros, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que mediante Ordenanza Nº 322-2019/MLV se reguló la celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2020 en el distrito de La Victoria a realizarse el día domingo 16 de febrero de 2020; Que mediante Informe Nº 113 -2019-OAC-SG/MLV la Oficina de Asuntos Civiles señala que debido a temas presupuestarios en el presente año a fin de llevarse a cabo los actos previos a la celebración del matrimonio y a su vez al tener conocimiento que en esas fechas se realizarán trabajos de construccion del Metro de Lima en la Plaza Manco Capac y a fin de no exponer en peligro a los asistentes y público en general propone modificar la fecha de celebración del matrimonio civil comunitario para el día domingo 28 de junio de 2020, sin que varíe el costo ni demás formalidades ya aprobadas por la Ordenanza Nº 322-2019/MLV; Que mediante Informe Nº 595-2019-GAJ-MLV, la Gerencia de Asesoria Jurídica opina de manera favorable la modificación de la fecha de celebración del Matrimonio Civil Comunitario que estaba previsto para el día domingo 16 de febrero del 2020, siendo programada para el día domingo 28 de junio del mismo año, recomendando elevar la propuesta al Concejo Municipal para su deliberación y aprobación mediante ordenanza municipal; Informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante el Proveído Nº 1961-2019-GM; Estando a los considerandos precedentes y en ejercicio de sus facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores y con dispensa de lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 322-2019/MLV, QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2020 EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Modificar el artículo primero de la Ordenanza Nº 322-2019/MLV, conforme a los siguientes términos: "1º.- Autorizar la Celebración del Matrimonio Civil Comunitario 2020 a realizarse el día domingo 28 de junio de 2020, a horas 10:00 a.m., en el marco del Centenario de la creación del distrito de La Victoria." Artículo 2º.- Ratificar los demás extremos de la Ordenanza Nº 322-2019//MLV. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el Portal de la Entidad (www.munilavictoria.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1852587-1
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Prorrogan vigencia de plazos establecidos en la Ordenanza N° 514-CDLO, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito de Los Olivos durante el periodo 2020
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2020-MDLO Los Olivos, 31 de enero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Informe N° 060-2019-MDLO/GATyR/SGR de la Subgerencia de Recaudación, Informe Gerencial N° 003-2020-MDLO/GATyR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Informe Nº 035-2020/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído N° 131-2020 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 514-CDLO, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 20 de diciembre de 2019, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito de Los Olivos durante el periodo 2020; Que, el artículo 5° de la referida norma aprueba incentivos para el pago adelantado del total de Arbitrios Municipales del ejercicio 2020, disponiendo en el inciso a) un descuento del 15% por pronto pago, sobre la determinación anual de Arbitrios Municipales 2020, a condición de que se cancele el monto anual de los Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial Anual, hasta el 31 de enero del 2020; y en el inciso b) un descuento del 10% por pronto pago, sobre la determinación anual de Arbitrios Municipales 2020, a condición de que se cancele el monto anual de los Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial Anual, hasta el 29 de febrero de 2020; Que, la quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 514-CDLO faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar su vigencia; Que, de acuerdo a lo señalado en los informes del visto, se considera necesario prorrogar el beneficio por pronto pago dispuesto en los incisos a) y b) del artículo 5° de la Ordenanza N° 514-CDLO, a fin de continuar promocionando el pago adelantado de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020, toda vez que existen una gran afluencia de contribuyentes que vienen realizando sus pagos con dicho beneficio; Estando las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2020, la vigencia del plazo establecido en el inciso a) del artículo 5° de la Ordenanza N° 514-CDLO, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo en el distrito de Los Olivos durante el periodo 2020,