Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2019 (17/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 17 de setiembre de 2019 /

El Peruano

aprobadas por la Autoridad, y publicadas en su portal institucional. El Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 058-2018-RCC/DE, se aprobaron las Bases Estándar para los procedimientos se selección de bienes, ejecución de obras, servicios en general, concurso oferta para obras, consultoría en general y consultoría de obra, a ser convocados en el marco del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 071-2018-PCM; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 068-2018-RCC/DE se modificó el Anexo 9 "Modelo de Carta de Referencia Bancaria" de las Bases Estándar para los procedimientos de selección de bienes, ejecución de obrar, servicios en general, concurso oferta para obras, consultoría en general y consultoría de obra a ser convocados en el marco del Decreto Supremo N° 0712018-PCM que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, que convoquen las entidades ejecutoras del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 084-2018-RCC/DE se modificó el contenido de las Bases Estándar para los procedimientos de selección mencionados en el considerando anterior, convocados en el marco de la Reconstrucción con Cambios; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios establece que en todo lo no regulado y siempre que no contravenga la Ley N° 30556 y el presente Reglamento, es de aplicación supletoria la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF y sus modificatorias; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 344-2018-EF, a través del cual se aprueba el nuevo Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, deroga expresamente el Decreto Supremo N° 350-2015-EF; Que, habiéndose modificado el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y siendo que las Bases Estándar de los procedimientos de selección convocados en el marco de la Reconstrucción con Cambios hacen referencia a disposiciones normativas del Decreto Supremo N° 350-2015-EF y sus modificatorias, resultó necesario adecuar las Bases Estándar al nuevo Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00007-2019-RCC/DE; Que, mediante Decreto Supremo N° 148-2019-PCM, se modifica el Reglamento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, por lo que resulta necesario adecuar las Bases Estándar conforme a las modificaciones realizadas a nuestra normativa especial; Que, mediante Decreto Supremo N° 155-2019-PCM, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se han modificado algunos artículos del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, los cuales regulan las "Modalidades de ejecución contractual" y la "Recepción y conformidad en bienes y servicios", a través su Única Disposición Complementaria Modificatoria, del referido Decreto Supremo; Que, el literal f) del numeral 4.1 del artículo 4 del TUO de la Ley N° 30556 establece la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios tiene como función emitir, dentro del marco de sus competencias, directivas de carácter vinculante para las Entidades Ejecutoras de los tres niveles de Gobierno, a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 088-2017-PCM se aprueban las Disposiciones que regulan la organización

y funcionamiento de la Autoridad, estableciéndose en el literal g) del artículo 4 que es función de la Autoridad emitir directivas, lineamientos, procedimientos y demás disposiciones e instrumentos, a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley; Que, en ese sentido, conforme a lo señalado en el Informe N° 638-2019-RCC/GL de la Gerencia Legal, resulta necesario modificar las Bases Estándar para los procedimientos de selección a convocarse en el marco del Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 148-2019-PCM; De conformidad con el TUO de la Ley N° 30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, el Decreto Supremo N° 148-2019PCM, el Decreto Supremo N° 155-2019-PCM y el Decreto Supremo N° 088-2017-PCM que aprueba las Disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar las Bases Estándar para los procedimientos de selección de bienes, ejecución de obras, servicios en general, concurso oferta para obras, consultoría en general y consultoría de obra, a ser convocados en el marco del Decreto Supremo N° 0712018-PCM, que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, modificado por el Decreto Supremo N° 148-2019-PCM y el Decreto Supremo N° 155-2019PCM, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Comunicación Estratégica la publicación de la presente Resolución y las Bases Estándar en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www. rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3.- Encargar a la Gerencia Administrativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON CHUI MEJIA Director Ejecutivo Autoridad para la Reconstrucción con Cambios 1807854-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Modifican la R.S. N° 005-2002-AG mediante la cual se constituyó el Consejo Nacional del Café
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2019-MINAGRI Lima, 16 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 005-2002-AG, se constituye el Consejo Nacional del Café, encargado de identificar, analizar y proponer el marco legal y los lineamientos de política, para el corto, mediano y largo plazo para el desarrollo de la actividad cafetalera; Que, el artículo 2 de la citada Resolución Suprema N° 005-2002-AG, establece que el Consejo Nacional del Café estará conformado por el(la) Ministro(a) de Agricultura y Riego o su representante, quien la preside,