Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2019 (17/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 17 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Decreto Supremo que aprueba la Norma que regula la inscripción en el Registro de personas naturales y jurídicas habilitadas a realizar estudios teóricos y/o mediciones de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones
DECRETO SUPREMO Nº 031-2019-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones establecidos mediante Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, son un instrumento de gestión ambiental para prevenir y controlar la contaminación generada por actividades comprendidas en el subsector comunicaciones, sobre la base de una estrategia destinada a proteger la salud, mejorar la competitividad del país y promover el desarrollo sostenible; Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC establece que a efectos de complementar lo dispuesto en dicha norma y garantizar su cumplimiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitirá las normas técnicas y Directivas que sean necesarias, entre ellas, la Directiva para la habilitación del registro de empresas autorizadas para la realización de Estudios Teóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 534-2005MTC/03, se aprueba la Directiva para la habilitación del registro de personas autorizadas para la realización de Estudios Teóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes, la cual fue modificada por Resoluciones Ministeriales Nºs. 379-2006-MTC/03 y 136-2014-MTC/03; Que, la Directiva mencionada regula el procedimiento de inscripción en el Registro de Personas Habilitadas para realizar Estudios Teóricos de Radiaciones No Ionizantes y el procedimiento de inscripción en el Registro de Personas Habilitadas para realizar Mediciones de Radiaciones No Ionizantes, estableciendo requisitos, plazo de evaluación, órgano competente, entre otros aspectos; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía; Que, en tal sentido, corresponde aprobar mediante decreto supremo la Norma que regula la inscripción en el Registro de personas naturales y jurídicas habilitadas a realizar estudios teóricos y/o mediciones de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones, debiendo actualizar la misma e incluir modificaciones en virtud a normas aprobadas con posterioridad a su aprobación; De conformidad con lo establecido en el artículo 118 inciso 8 de la Constitución Política del Perú, Ia Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y Resolución Ministerial Nº 0152019 MTC/01; el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de Ia Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC que establece Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, y el Texto Único Ordenado de la Ley

Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Apruébese la Norma que regula la inscripción en el Registro de personas naturales y jurídicas habilitadas a realizar estudios teóricos y/o mediciones de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones, la misma que consta de doce numerales y dos Anexos, y forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. Derogación de la Resolución Ministerial Nº 534-2005-MTC/03 Deróguese la Resolución Ministerial Nº 534-2005MTC/03 y sus modificatorias, que aprueba la Directiva para la habilitación del registro de personas autorizadas para la realización de Estudios Teóricos y Mediciones de Radiaciones No Ionizantes. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones NORMA QUE REGULA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS HABILITADAS A REALIZAR ESTUDIOS TEÓRICOS Y/O MEDICIONES DE RADIACIONES NO IONIZANTES EN TELECOMUNICACIONES I. OBJETIVO La presente norma establece disposiciones que regulan los procedimientos para la inscripción en el Registro de personas naturales y jurídicas habilitadas a realizar estudios teóricos y/o mediciones de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones, así como los derechos y obligaciones de las personas inscritas en dicho registro. II. FINALIDAD La presente norma tiene por finalidad garantizar que las personas naturales y jurídicas que realicen estudios teóricos y/o mediciones de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones tengan experiencia y capacitación, y utilicen equipos debidamente calibrados y certificados, a efectos de fortalecer la prevención y control de la contaminación generada por actividades de telecomunicaciones, lo cual se enmarca en una estrategia del Estado orientada a proteger la salud, mejorar la competitividad del país y promover el desarrollo sostenible. III. ALCANCE La presente norma es aplicable para la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones (DGPPC), la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones (DGFSC) y para las personas naturales y jurídicas que estén o deseen estar inscritas en el Registro de personas naturales y jurídicas habilitadas a realizar estudios teóricos y/o mediciones de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones.