Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2019 (18/05/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 25
El Peruano / Sábado 18 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
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De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Eva Linda Del Pilar Calderón Aguirre en el cargo público de Directora de la Oficina de Servicios de Tecnologías y Comunicaciones de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1770442-2
Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 719-2019-IN Lima, 17 de mayo de 2019 VISTOS, el Oficio N° 604-2019-SUBCOMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001219-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Múltiple N° 12653-2019-SBS de fecha 02 de abril de 2019, el Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones traslada a la Dirección General contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, la invitación formulada por la Secretaría Ejecutiva del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) para que un funcionario participe del Curso Subregional "40 Recomendaciones del GAFI", a realizarse del 20 al 24 de mayo de 2019, en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 143-2019-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 09 de mayo de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú César Augusto Conde Cárdenas, del 19 al 25 de mayo de 2019, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia para que participe en el curso antes citado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que significa un espacio de formación para favorecer las capacidades de las autoridades en materia de combate y prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, así como el conocimiento sobre los criterios de cumplimiento de cada una de las recomendaciones del GAFI y sus resultados inmediatos, lo que beneficiará a la División de Investigación de Lavado de Activos de la Policía Nacional del Perú y a la sociedad; Que, la experiencia a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes
referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 2012-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE de fecha 09 de mayo de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N° 1267 establece en su artículo 5 que "El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (...)"; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú