Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2019 (27/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 27 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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con fecha 23 de mayo del 2019, el Programa suscribe con la Universidad Nacional de Piura, el Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 001-2019, con el objetivo de ejecutar la capacitación técnica básica, intermediación e inserción laboral que se brindará a los beneficiarios de los departamentos de La Libertad, Lambayeque, Lima y Piura; Que, la Cláusula Sétima del convenio antes señalado, establece que el Programa financia el costo de la actividad hasta por el monto total de S/ 1 257 506,00 (UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SEIS CON 00/100 SOLES); Que, en ese contexto, la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales del Programa a través del Informe Técnico N° 011-2019/MTPE/3/24.3/CE/UGCC, solicita iniciar los trámites de la transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de Piura, por el monto de S/ 1 257 506,00 (UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SEIS CON 00/100 SOLES), acorde a lo establecido en el mencionado convenio; Que, con el Informe N° 272-2019-MTPE/3/24.3/ CE/UGP, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, opina favorablemente sobre la tramitación de la referida transferencia financiera y remite la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 156-2019, correspondiente al monto del convenio a desembolsar a favor de la Universidad Nacional de Piura; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 001-2019MTPE/3/24.3/CE/UGCC-UL, la Asesoría Legal de la Coordinación Ejecutiva del Programa señala que en el Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 0012019 se han establecido todos los mecanismos legales y técnicos vigentes para garantizar la ejecución del 100% de la prestación del servicio por parte de la Universidad Nacional de Piura, y opina favorablemente sobre la tramitación de la referida transferencia financiera; Que, mediante Oficios N° 327-2019/MTPE/3/24.3/CE, 409-2019/MTPE/3/24.3/CE y 433-2019/MTPE/3/24.3/CE, la Coordinación Ejecutiva del Programa Impulsa Perú, solicita continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial que autoriza la mencionada transferencia financiera a la Universidad Nacional de Piura, en el marco de lo dispuesto en el literal i) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, a través del Memorando N° 623-2019-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, adjunta el Informe Técnico N° 062-2019-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto, en el cual emite opinión favorable y recomienda continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, mediante Informe N° 1537-2019-MTPE/4/8, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina sobre la emisión del acto administrativo solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014TR y modificatoria; y el literal i) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades

Laborales "Impulsa Perú" a favor de la Universidad Nacional de Piura, hasta por la suma total de S/ 1 257 506,00 (UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SEIS CON 00/100 SOLES), correspondiente al monto total establecido en el Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 001-2019, de conformidad con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución ministerial y su anexo se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob. pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción, el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1782756-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Transferencia Financiera a favor del Comité Paralímpico Internacional - IPC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 487-2019 MTC/01 Lima, 25 de junio de 2019 VISTOS: El Oficio N° 787-2019-MTC/34 del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos y el Memorando N° 12252019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1335, Decreto Legislativo que modifica la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los "XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos - Lima 2019", dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos (en adelante, el Proyecto Especial), para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano; Que, el 11 de octubre de 2013, se suscribe el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, entre la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA) y el Comité Olímpico Peruano (COP), con la intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), a través del cual se definieron las condiciones bajo las que se realizará la preparación y desarrollo de los referidos Juegos; y, el 14 de setiembre de 2017 se suscribe la Adenda correspondiente al mencionado Acuerdo; Que, el literal d) de la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a aprobar transferencias financieras a favor de la Organización Deportiva Panamericana (ODEPA), y otros organismos internacionales, para atender, entre otras actividades, el pago de boletos aéreos y gastos de traslado de bienes y equipamiento deportivo, necesarios para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, en el marco de