Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2019 (22/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 22 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Dan por concluida reclasificación temporal, como Ruta Departamental o Regional con código temporal N° PU-134, de Trayectoria Emp. 3S (Pucará) -Pte Pucará - Tirapata - Asillo - Emp. PE-34 B (Villa Chuctani), la misma que retoma su condición como parte integrante de la Ruta Nacional PE-3S H del departamento de Puno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2019 MTC/01.02 Lima, 20 de febrero de 2019 VISTO: El Memorándum N° 218-2019-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley; así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, en adelante el Reglamento, establece los criterios de clasificación de vías destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de éstas en función de los roles que establece; Que, los artículos 5 y 6 del Reglamento, establecen que la Jerarquización Vial es el ordenamiento de las carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en niveles de jerarquía, debidamente agrupadas en las tres redes sobre la base de su funcionalidad e importancia, siendo estas: i) la Red Vial Nacional; ii) la Red Vial Departamental o Regional; y, iii) la Red Vial Vecinal o Rural; Que, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0122013-MTC, que aprueba la actualización del Clasificador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasificador, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede disponer, a petición de las autoridades competentes, la reclasificación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial, con fines de posibilitar intervenciones que permitan mejorar sus características físicas y operativas, la misma que tiene vigencia hasta la conclusión de los proyectos viales que ejecuten las autoridades competentes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 550-2009MTC/02, se dispone reclasificar temporalmente la Ruta Nacional PE-3S H (ramal), con Trayectoria Emp. 3S (Pucará) -Pte Pucará ­ Tirapata ­ Asillo ­ Emp. PE-34 B (Villa Chuctani), de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal N° PU-134; Que, con Oficio N° 806-2018-GRPUNO/GR, el Gobierno Regional de Puno, comunica al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la culminación de la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Variante Calapuja ­ Pucara ­ Choquehuanca ­ Asillo: Tramo III: Choquehuanca ­ Asillo" (Ruta Departamental PU -134) informando que la obra fue transferida a Provias Nacional mediante Acta de Transferencia de fecha 07 de setiembre de 2018; Que, con Memorándum N° 218-2019-MTC/14, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles brinda su conformidad al Informe No 041-2019-MTC/14.07, a través del cual la Dirección de Caminos señala que la reclasificación temporal de la Ruta Nacional PE-3S H (ramal), ha cumplido con el objetivo en el marco de la normativa legal anteriormente señalada y teniendo en cuenta la información recibida del Gobierno Regional

Puno y de PROVIAS NACIONAL, se concluye que la reclasificación temporal de la Ruta Departamental o Regional de código temporal PU-134, ha cumplido con su objetivo de mejorar la Variante Calapuja - Pucara -Choquehuanca ­ Asillo; Tramo III: Choquehuanca ­ Asillo, por lo que es pertinente dar por concluida la Reclasificación Temporal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones; y el Decreto Supremo N° 0172007-MTC que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la reclasificación temporal, como Ruta Departamental o Regional con código temporal N° PU-134, de Trayectoria Emp. 3S (Pucará) -Pte Pucará ­ Tirapata ­ Asillo ­ Emp. PE-34 B (Villa Chuctani), de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignándosele el Código Temporal N° PU-134, dispuesta por Resolución Ministerial N° 550-2009-MTC/02, la misma que retoma su condición como parte integrante de la Ruta Nacional PE-3S H, del departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1743534-1

Autorizan a Revisiones Técnicas Líder Sur E.I.R.L. como centro de inspección técnica vehicular - CITV para operar líneas de inspección, en local ubicado en el distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 4588-2018-MTC/15 Lima, 11 de octubre de 2018 VISTO: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-163487-2018 presentada por la empresa REVISIONES TÉCNICAS LIDER SUR E.I.R.L. así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante El Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-163487-2018 de fecha 14 de junio de 2018, la empresa "REVISIONES TÉCNICAS LIDER SUR E.I.R.L.", en adelante la Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular­ CITV Fijo con dos (02) Líneas de Inspección, una (01) Línea de Inspección Tipo Mixta, y una (01) Línea de Inspección Tipo Menor, en el Predio Rustico denominado "Experimental Córdova" ubicado en la Av. Andrés Avelino Cáceres S/N, Sector La Pastora, Km. 6.5 de la Carretera Maldonado a Quincemil , distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios;