Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2019 (24/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Martes 24 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Con el objetivo de levantar las observaciones realizadas en el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó información adicional a través de los oficios N° 449-2017-R/UNAC del 19 de julio de 2017, N° 612-2017-R/UNAC del 5 de octubre de 2017, N° 621-2017-R/UNAC del 10 de octubre de 2017, N° 118-2018-OSG del 27 de febrero de 2018, N° 0862018-R/UNAC del 2 de marzo de 2018 y N° 196-2018-R/ UNAC del 21 de mayo de 2018. El 29 de junio de 2018, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 063-2018-SUNEDU/CD, que aprobó las "Disposiciones para culminar la evaluación de las condiciones básicas de calidad en marco del licenciamiento institucional de las universidades" estableciendo que los indicadores 4, 6, 8 y 52 del Modelo se evaluarían en la etapa de verificación presencial. Luego, mediante los oficios N° 377-2018-R-UNAC del 29 de agosto de 2018 y N° 026-2019-R-UNAC del 14 de enero de 2019, la Universidad presentó información adicional. El 27 de febrero de 2019, mediante Oficio N° 0732019/SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de Trámite N° 5 del 18 de febrero de 2019 que, a fin de recabar información respecto al cumplimiento de los indicadores de las CBC, aprobó llevar a cabo una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP) los días 4, 5 y 6 de marzo de 2019 (en adelante, DAP 2019-I), en sus locales académicos: i) SL01 ubicado en Av. Juan Pablo II N° 300-306, Urbanización Bellavista, distrito de Bellavista, ii) SL02 ubicado en Jirón Gamarra N° 740, Chucuito, distrito de Callao; ambos en la Provincia Constitucional del Callao; y, iii) FL01 ubicado en La Candelaria, distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima; todos conducentes a grado académico y título profesional. Posteriormente, mediante los oficios N° 254-2019-R-UNAC del 24 de mayo de 2019, N° 266-2019-R-UNAC del 27 de mayo de 2019, N° 268-2019-R-UNAC del 28 de mayo de 2019, N° 278-2019-R-UNAC del 30 de mayo de 2019 y N° 296-2019-R-UNAC del 13 de junio de 2019, la Universidad remitió información complementaria para su evaluación. El 23 de julio de 2019, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD, que modifica los artículos 15, 26, 27 y 28 del Reglamento de Licenciamiento aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD. Mediante los oficios N° 402-2019-R-UNAC del 19 de agosto de 2019 y N° 420-2019-R-UNAC del 26 de agosto de 2019; la Universidad presentó información adicional. El 10 de octubre de 2019, mediante Oficio N° 4442019/SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de Trámite N° 6 de la misma fecha, mediante la cual aprobó llevar a cabo otra DAP los días 16, 17 y 18 de octubre de 2019 (en adelante, DAP 2019-II), en sus locales académicos: i) SL01 ubicado en Av. Juan Pablo II N° 300-306, Urbanización Bellavista, distrito de Bellavista; y, ii) SL02 en Jirón Gamarra N° 740, Chucuito, distrito de Callao, ambos en la Provincia Constitucional del Callao. Posteriormente, mediante los oficios N° 569-2019-R-UNAC y N° 579-2019-R-UNAC, ambos del 24 de octubre de 2019, N° 596-2019-R-UNAC del 4 de noviembre de 2019, N° 786-2019-VRA/UNAC del 5 de noviembre de 2019 y N° 601-2019-R/UNAC del 7 de noviembre de 2019, la Universidad presentó información complementaria. El 12 de noviembre de 2019, la Universidad presentó información adicional mediante los oficios N° 604-2019-R/ UNAC y N° 607-2019-R/UNAC. Asimismo, se incorporó al expediente administrativo de licenciamiento la información complementaria remitida el mismo día vía correo electrónico4. El 13 de noviembre de 2019, la Dilic emitió el Informe de revisión documentaria N° 198-2019-SUNEDU-DILICEV, con resultado favorable. En atención a ello, mediante Oficio N° 536-2019-SUNEDU-02-12 notificado el 15 de noviembre de 2019, se comunicó a la Universidad el resultado favorable de la etapa de revisión documentaria, el inicio de la etapa de verificación presencial, la programación de la visita correspondiente los días 21, 22

y 25 de noviembre de 2019, así como la conformación de la Comisión de Verificación a cargo. Al respecto, mediante Oficio N° 617-2019-R-UNAC del 18 de noviembre de 2019, la Universidad comunicó su conformidad con las fechas programadas para la realización de la visita de verificación presencial, así como la relación de las personas que facilitarían la información y el acceso a los ambientes de la Universidad. Los días 21, 22 y 25 de noviembre de 2019, se realizó la visita de verificación presencial en el local SL01 declarado por la Universidad como conducente a grado académico y título profesional, recabándose información complementaria y actualizada. Asimismo, la Universidad presentó información adicional mediante correo electrónico del 29 de noviembre de 20195. El 2 de diciembre de 2019, se emitió el Informe de verificación presencial N° 210-2019-SUNEDU-DILIC-EV, el cual concluyó con resultado favorable, en tanto se verificó el cumplimiento de las CBC. Mediante oficios N° 648-2019-R/UNAC del 2 de diciembre de 2019, N° 653-2019-R/UNAC y N° 649-2019R/UNAC del 3 de diciembre de 2019, N° 657-2019-R/ UNAC del 4 de diciembre de 2019, N° 660-2019-R/UNAC del 5 de diciembre de 2019 y N° 664-2019-R/UNAC del 6 de diciembre de 2019, la Universidad presentó información complementaria para su evaluación. El 11 de diciembre de 2019, la Dilic emitió el Informe técnico de licenciamiento N° 061-2019-SUNEDU-02-12 con resultado favorable, iniciándose la tercera etapa del procedimiento de licenciamiento. II. Cuestiones previas 2.1 Desistimiento de oferta y locales académicos Mediante Oficio N° 529-2019-R/UNAC del 29 de octubre de 2019, la Universidad solicitó el desistimiento de dos (2) programas de estudio conducentes a grado de maestro6. Asimismo, como parte de la documentación entregada al cierre de la visita de verificación presencial, el 25 de noviembre de 2019, la Universidad presentó resoluciones de su Consejo Universitario que aprueban el desistimiento de cuatro (4) programas de pregrado7. Cabe precisar que, del total de programas de estudio desistidos, solo los dos (2) conducentes a grado académico de maestro fueron declarados con fines de registro de grados y títulos8. Ahora bien, respecto de los programas desistidos con fines del registro de grados y títulos, se precisa que, conforme a la Resolución de Asamblea Universitaria N° 020-2019-AU del 25 de octubre de 2019, el desistimiento de los programas es consecuencia de la falta de funcionamiento de los programas de estudio, en tanto, solo fueron ofertados hasta el semestre académico 2016B9; y, en relación a los programas desistidos sin fines de
Se incorporó al Expediente N° 2931-2017-SUNEDU-TD mediante Resolución de Trámite N° 7 del 12 de noviembre de 2019. Se incorporó al Expediente N° 2931-2017-SUNEDU-TD mediante Resolución de Trámite N° 8 del 29 de noviembre de 2019. La Universidad presentó la Resolución de Asamblea Universitaria N° 0202019-AU del 25 de octubre de 2019, desistiéndose de dos (2) programas de posgrado (maestrías), declarándolas para el registro con fines de grado y título: Investigación y Docencia Universitaria con mención en Investigación Científica y Tecnológica, e Investigación y Docencia Universitaria con mención en Docencia Universitaria. La Universidad presentó la Resolución de Asamblea Universitaria N° 021-2019-AU del 19 de noviembre de 2019, desistiéndose de cuatro (4) programas de pregrado: Medicina Humana, Nutrición, Odontología y Química-Farmacia. Mediante Memorando N° 1382-2019-SUNEDU-02-12 del 10 de diciembre de 2019 y Memorando N° 1385-2019-SUNEDU-02-12 del 11 de diciembre de 2019, el desistimiento de los referidos programas fue puesto en conocimiento de la Dirección de Supervisión, para la ejecución de las acciones correspondientes en el ámbito de sus competencias. Cabe señalar que de acuerdo a lo comunicado por la Universidad en el "Informe de desistimiento de programas de estudio" durante el periodo en el que estuvieron vigentes los programas de maestría desistidos contaron con trescientos ochenta y tres (383) alumnos, de los cuales solo cincuenta y seis (56) han obtenido el grado de maestro; mientras que, trescientos veintisiete (327) tienen pendiente la obtención del referido grado.

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